Padres en Ginebra: el gobierno los tiene, que los devuelva, si no quiere que sigamos

02/02/2015 - 9:15 am
Hilda Legideño y Bernabé Abraján, padres de normalistas desaparecidos, en la revisión de México ante la ONU. Foto: Tlachinollan
Hilda Legideño y Bernabé Abraján, padres de normalistas desaparecidos, en la revisión de México ante la ONU. Foto: Tlachinollan

Ginebra / Ciudad de México, 2 de febrero (SinEmbargo/EFE).– Los padres de dos estudiantes mexicanos desaparecidos el 26 de septiembre en Iguala asistieron a Ginebra en el marco del examen de México en el Comité de la ONU sobre Desapariciones Forzadas y aseguraron que sus hijos siguen vivos.

“Ellos están vivos, los tiene el Gobierno, no sabemos por qué. Si no quieren que sigamos, que nos los devuelvan”, dijo Hilda Legideño, madre de Jorge Tizapa Legideño de 20 años, uno de los 43 estudiantes desaparecidos de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa.

Legideño hizo el viaje desde México hasta Ginebra con el apoyo de organizaciones no gubernamentales junto a Bernabé Abraján, padre de otro alumno desaparecido. Ambos van a presenciar, en representación del resto de familiares, las explicaciones de la delegación oficial mexicana sobre las desapariciones forzadas y denunciarán lo que consideran la inacción y engaños de las autoridades sobre la suerte de los estudiantes.

“Hay inconsistencias en las investigaciones, se está tapando al gobierno porque fueron policías los que se llevaron a nuestros hijos, por qué no se les investiga”, aseguró Legideño. Consideró incomprensible que hasta ahora no se haya abierto un juicio al ex Gobernador de Guerrero Angel Aguirre, así como a otros involucrados, como José Luis Abarca, ex Alcalde de Iguala actualmente detenido.

La madre dijo que incluso “el Presidente [Enrique Peña Nieto] debería ser juzgado por omisión, porque no nos atienden y nadie nos da información adecuada”.
“Nos están haciendo daño moral y emocional. Al principio, la PGR (Procuraduría General de la República) nos dijo que nuestros hijos estaban en fosas, pero esto se desmintió con el apoyo de peritos argentinos. Nos querían entregar cuerpos que no eran de nuestros hijos”, denunció.

Agregó que las autoridades han repetido a las familias de los jóvenes desaparecidos que ellos serían los primeros informados de cualquier cosa, “pero no lo cumplen, siempre informan primero a los medios de comunicación”.

“Estamos aquí para que el Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos nos ayude a encontrar a nuestros hijos y se exija justicia por los que murieron el 26 de septiembre”, dijo por su parte Bernabé Abraján, padre del estudiante Adán Abraján de la Cruz. “Sabemos que nuestros hijos están vivos y los queremos encontrar”, declaró a los periodistas.

Sobre la respuesta de las autoridades mexicanas, sostuvo que nadie les da una solución: “Solo nos repiten lo mismo y lo mismo, que ya agarraron a más de noventa (detenidos) y que no encuentran a nuestros hijos”.

“Hoy decidimos venir aquí para que nos apoyen a que se haga justicia y que se acabe este tormento”, indicó.

El Jefe de la delegación mexicana ha ofrecido a ambos reunirse mañana por la tarde, cuando concluya en el Comité de la ONU la evaluación de México, Legideño y Abraján se mostraron sorprendidos. “Yo no sabía nada de esa invitación, pero si no tienen respuestas… para qué. Que nos digan donde están nuestros hijos y que haya justicia para los muchachos caídos”, dijo Abraján.

“Nosotros teníamos reuniones a nivel federal en México, pero las han ido cancelando, entonces por qué nos vienen a invitar aquí. Sólo es para quedar bien”, opinó Legideño.

Esta mañana, el Subsecretario de Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Juan Manuel Gómez Robledo, quien representa al gobierno de México en la comparecencia ante el Comité de la ONU sobre Desapariciones Forzadas, defendió la investigación realizada por la Procuraduría General de la República (PGR) en la desaparición de los normalistas de Ayotzinapa.

Gómez Robledo dijo que el caso de los estudiantes de Ayotzinapa ha llevado a la PGR a lanzar “una investigación criminal sin precedentes en la historia reciente de México”.

Aseguró que “la mirada externa y la crítica constructiva” son bienvenidas por el gobierno de Enrique Peña Nieto, pero dijo que si los foros internacionales de derechos humanos quieren que su labor de vigilancia tenga un efecto útil se debe “privilegiar el diálogo” y evitar “incurrir solo en la descalificación”.

El enviado del Gobierno mexicano reconoció retos que debe superar en la materia y pidió un minuto de silencio por los 43 estudiantes desaparecidos. “La desaparición forzada de los jóvenes de Ayotzinapa pone de manifiesto, una vez más, que debemos seguir atendiendo los problemas asociados a la pobreza, la exclusión y la corrupción, para hacer frente al crimen organizado y a la violencia que lo acompaña”.

Consideró que el Estado y la sociedad sólo podrán “pasar del dolor a la recomposición del tejido social” cuando se juzgue y sancione a todos los responsables de desapariciones forzadas y se acredite plenamente el paradero de los desaparecidos.

La sesión pública de Gómez Robledo se llevó a cabo después de la reunión privada entre expertos del Comité de Naciones Unidas (ONU) contra Desapariciones Forzadas y miembros de Organizaciones No Gubernamentales y de la sociedad civil dio inicio la revisión del informe de México que se extenderá hasta el día de mañana.

En la reunión además de miembros de la sociedad civil estaban presentes algunos de los padres de los 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural “Raúl Isidro Burgos”.

Este lunes y martes, por primera vez el Estado mexicano está siendo evaluado por el Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU, compuesto por una decena de expertos en derechos humanos y cuyo trabajo es monitorear la implementación de la Convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, ratificado por Mexico en 2008.

Luego de que los expertos que integran el Comité plantearan sus preguntas a la delegación de funcionarios mexicanos, la primera en tomar la palabra para responder fue la Subprocuradora de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad de la PGR, Eliana García, quien refirió que a nivel federal hasta ahora han sido consignadas 313 personas por el delito de desaparición forzada y existen 13 condenatorias.

García también dijo que existen 29 víctimas bajo protección del gobierno federal.

La funcionaria reconoció que el Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas no se ha implementado uniformemente en todas las entidades por lo que hay un subregistro, además de que persisten problemas como la duplicidad de casos.

En la sesión también habló el General José Carlos Beltrán Benites, director general de Derechos Humanos de la Secretaría de la Defensa Nacional, quien destacó la publicación de la reforma al Código de Justicia Militar (promulgada en junio de 2014) que limita la aplicación del fuero militar en casos de violaciones a derechos humanos.

Sin embargo, el militar no aclaró los cuestionamientos de los expertos sobre qué ocurre cuando las víctimas de violaciones a los derechos humanos son también militares: tampoco dio cifras sobre cuántos agentes de las Fuerzas Armadas han sido juzgados a partir de la promulgación de la reforma.

El General se limitó a decir que en la investigación, los militares tienen protegidos sus derechos, como cualquier persona acusada.

Tras la intervención de los funcionarios, los expertos nuevamente les formularon una serie de preguntas, que los representantes del gobierno mexicano tendrán que contestar tras el segundo receso del día.

Uno de los cuestionamientos hechos por los expertos es por qué el informe presentado por el gobierno mexicano no cuenta con cifras sobre personas víctimas de desaparición forzada y cuál es el procedimiento para investigar a instituciones militares, más que a individuos, en casos que involucren la participación de las Fuerzas Armadas.

México es uno de los 44 Estados que han ratificado la Convención y por tanto está obligado a presentar un informe para revisión del Comité. Compuesto por diez expertos independientes en derechos humanos de distintas nacionalidades, el Comité monitorea la implementación de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas.

Uno de los miembros del Comité es el mexicano Santiago Corcuera. Sin embargo, por cuestiones de reglamentos no podrá participar en la sesión debido a que por ser mexicano, solamente podrá intervenir como observador por ser nacional del país sometido a evaluación.

LOS CUESTIONAMIENTOS AL GOBIERNO

La comparecencia del Estado mexicano ante el Comité se da una semana después de que el Procurador General Jesus Murillo Karam declarara que en el caso de los 43 normalistas desaparecidos forzadamente por policías municipales en septiembre pasado, existían elementos suficientes para determinar que los estudiantes habían sido asesinados.

La versión oficial es rechazada por los padres de los normalistas, quienes llevaran el caso ante el Comité, acompañados por el Centro de Derechos Humanos de la Montana Tlachinollan.

En octubre pasado, el Comité emitió un listado de 25 cuestionamientos respecto al informe presentado por el gobierno mexicano en marzo de 2014. En la evaluación que comienza hoy, el Estado mexicano deberá exponer sus avances en la implementación de la Convención y responder a esos cuestionamientos, que figuran en el documento “Lista de cuestiones relativa al informe presentado por México en virtud del artículo 29, párrafo 1, de la Convención”.

Varias organizaciones civiles han enviado al Comité esbozos de respuesta a ese listado.

Entre ellas se encuentran el Centro de Derechos Humanos de la Montana Tlachinollan, el Centro de Derechos Humanos Agustin Pro Juarez, Fundar, Centro de Análisis e Investigación, Fuerzas Unidas por Nuestros Desaparecidos y la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos en Mexico, que el 9 de enero presentaron el Informe alternativo relacionado con la lista de cuestiones emitida por el Comité contra las Desapariciones Forzadas sobre Mexico.

Otro grupo de organizaciones, entre ellas la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, Track Impunity Always y la Casa del Migrante de Saltillo, Coahuila, enviaron en diciembre otro informe alternativo.

Ambos documentos contestan varios de los cuestionamientos del Comité.

En el contexto de la comparecencia del Estado mexicano ante dicha instancia, te presentamos las respuestas que, de manera alternativa, plantearon las organizaciones civiles sobre los esfuerzos del gobierno contra la desaparición forzada de personas.

2. Información detallada sobre las competencias de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en materia de desaparición forzada, así como acciones emprendidas:

Las organizaciones refieren que en el “grave contexto de desapariciones forzadas e involuntarias en el país, la CNDH no ha respondido de acuerdo a la magnitud del problema”.

Apuntan que pese al aumento que desde 2009 tuvo la CNDH en la cantidad de quejas recibidas y el cuantioso presupuesto que recibe, en toda su historia sólo ha emitido 10 recomendaciones por desaparición forzada y sólo ha investigado dos casos de violaciones graves de derechos humanos que no corresponden a desapariciones. Asimismo sólo ha publicado tres informes especiales sobre desapariciones, dos sobre los desaparecidos de las décadas de los setenta y ochenta del siglo pasado y uno sobre los feminicidios y desaparición de mujeres en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Entre 2010 y 2013, señalan las organizaciones, se presentaron 304 quejas por desapariciones forzadas e involuntarias ante la CNDH, que podían incluir a más de una víctima. Esas quejas derivaron en sólo ocho recomendaciones, y en dos casos el asunto terminó en conciliación, lo que contraviene el reglamento de la CNDH, que en su artículo 88 establece que las quejas por desaparición forzada no podrán ser sujetas al proceso de conciliación.

Sobre el contenido de las recomendaciones sobre desaparición forzada, señalan que las quejas administrativas no prosperan en la mayoría de los casos, pues las indagatorias de los organismos de derechos humanos son insuficientes para dar con los perpetradores. Mientras que las denuncias penales siguen en el ámbito de competencia del Ministerio Público.

3. Estado actual de la reforma al artículo 215 del Código Penal Federal:

El delito de desaparición forzada no se ha reformado en la ley federal para coincidir con la definición de la Convención.

Actualmente, el delito de desaparición forzada esta descrito en el articulo 215 del Código Penal Federal de esta manera: “Comete el delito de desaparición forzada, el servidor público que, independientemente de que haya participado en la detención legal o ilegal de una o varias personas, propicie o mantenga dolosamente su ocultamiento bajo cualquier forma de detención”.

Esta tipificación existe desde 2001 y aunque se ha intentado reformar en al menos siete ocasiones, hasta ahora no se ha conseguido.

Esta definición no reconoce las muchas maneras en que servidores públicos pueden estar involucrados en desapariciones forzadas, como plantea el artículo 2 de la Convención, además de que no impone responsabilidad criminal al perpetrador cuando la desaparición forzada es cometida por grupos organizados o individuos que actúan en respaldo o con el apoyo, directo o indirecto, consentimiento o aquiescencia del Estado.

4. Medidas para adoptar una ley general contra la desaparición forzada:

No se ha logrado adoptar una Ley General contra la Desaparición Forzada, que sería el paso deseable para que todas las entidades del país tipificaran el delito.

5. Información sobre el Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, e información actualizada sobre la cantidad de personas desaparecidas, incluyendo la metodología empleada para contabilizarlas:

En abril de 2012 se publicó la Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, que las organizaciones consideran una herramienta útil frente a la dispersión de información sobre desaparecidos. Sin embargo, apuntan, el reglamento de dicha ley no ha sido expedido, de modo que sigue sin haber una forma homologada para que las autoridades informen una desaparición en el registro.

Señalan ademas que la búsqueda en el Registro es inconsistente, tiene deficiencias técnicas y que el uso del término “personas no localizada” invisibiliza la desaparición forzada y dificulta su búsqueda e investigación.

También cuestionan que el Registro no cruce información con otros registros, por ejemplo de centros de detención, hospitales psiquiátricos, cadáveres no identificados en fosas comunes o clandestinas, datos ante mortem, georeferenciación de los casos de desaparición o análisis de datos para establecer patrones, ni proporcione información sobre el delito por el cual se encuentra clasificada la desaparición, ni incluya fotografías de los desaparecidos.

Un aspecto que resaltan es el aumento en el número de personas desaparecidas durante la actual administración, pues mientras la cantidad de desaparecidos hasta 2012 es de 13 mil 387, entre 2013 y 2014 se registraron 9 mil 384casos. Eso significa que del total de desapariciones, el 40.3 por ciento han ocurrido con este gobierno, “lo cual pone en duda la efectividad de las políticas de seguridad y prevención de la desaparición de personas”.

6. Esfuerzos desplegados para investigar y sancionar conductas de desaparición forzada, en particular a grupos de la delincuencia organizada:

Las organizaciones señalan que no existe una política homologada para sancionar la desaparición forzada, además de que los familiares de desaparecidos enfrenta obstáculos como la falta de profesionalización, de recursos, de coordinación, de voluntad política, así como la corrupción y colusión de las autoridades.

Por parte del gobierno federal existe la intención de crear una Fiscalía General de la República, y aunque ésta no se ha materializado las organizaciones consideran que aun enfrenta retos como que no se consideró prioritario darle a esa Fiscalía la facultad de investigar violaciones a los derechos humanos.

7. Alcance y efectos de que una desaparición forzada tenga el carácter de delito en el país donde se cometió:

Señalan que las lagunas en la legislación nacional impiden que haya una legislación universal adecuada.

10. Medidas adoptadas para asegurar que la investigación por presunta desaparición forzada se inicie de inmediato, y facilidades que ofrece la Ley de Amparo en relación con desapariciones forzadas:

Las organizaciones consideran que las autoridades mexicanas no han logrado diseñar e implementar un plan de búsqueda eficaz para encontrar a los desaparecidos. A eso se suma la falta de coordinación entre autoridades locales y federales y de una tipificación adecuada a nivel local y federal del delito.

Al respecto, refieren el caso de los 43 normalistas de Ayotzinapa, cuya desaparición forzada por policías municipales no fue investigada de manera inmediata para lograr su localización.

También mencionan la escasez de personas localizadas por la Unidad Especializada de Búsqueda de Personas Desaparecidas, que para junio pasado solo había encontrado a 86 personas, sin especificar el modo y lugar donde fueron encontradas ni el tiempo que transcurrió para hallarlas, ni si eran víctimas de desaparición forzada o no. Pese a la magnitud del problema de desaparecidos en Mexico, mencionan, el presupuesto de la Unidad se redujo drásticamente 63 por ciento.

Sobre las facilidades que ofrece la nueva Ley de Amparo, refieren que en su articulo 15 contempla la posibilidad de que cualquier persona pueda interponer interponer una demanda de amparo, argumentando como acto reclamado la desaparición forzada, a nombre del desaparecido.

Hasta ahora solo se han emitido tres tesis al respecto, todas derivadas del mismo asunto (la desaparición forzada de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sanchez), cuyo juicio sigue abierto. Por ello, las organizaciones consideran que la eficacia de esta posibilidad dependerá del impulso que le den los familiares de los desaparecidos y del actuar de jueces conscientes de las implicaciones de este tipo de actos.

11. Información sobre la reforma al fuero militar y su competencia en casos de desapariciones forzadas:

Pese a que el 13 de junio de 2014 fue promulgada la reforma al Código de Justicia Militar, con lo que se excluye la aplicación del fuero militar en casos de violaciones a derechos humanos, existe la posibilidad de abrir una causa judicial paralela en el ámbito civil. Con ello, consideran las organizaciones, se corre el riesgo de que la apertura simultánea de una causa civil y otra militar arrojen conclusiones contradictorias.

Las organizaciones refieren el caso Tlatlaya, en donde se abrieron dos procesos, lo que consideran que podría ir en detrimento del esclarecimiento de la verdad y de la sanción de los responsables, ademas de que ese caso dio cuenta de que la reforma “no ha repercutido en revertir los patrones de violaciones a derechos humanos que caracterizan el actuar de las Fuerzas Armadas en Mexico”.

13 y 14. Medidas adoptadas sobre la sanción de desapariciones durante la llamada Guerra Sucia y la reparación:

Un informe del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustin Pro Juarez refería que para 2011 la Coordinación General de Investigación de la PGR no solo no había consignado a ninguna persona, sino que había archivado 110 averiguaciones previas y reservado una, del total de 570 remitidas tras el cierre de la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado. Las organizaciones intentaron actualizar esos datos y solicitaron información a la PGR a través de una solicitud de información, pero la dependencia se ha negado a entregarla pese a que hay una resolución del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.

Por ello las organizaciones consideran que la autoridad se rehusa a proporcionar nuevos datos o que los datos siguen siendo los mismos, lo que significaría un nudo avance en las investigaciones.

Respecto a la reparación del dano a las victimas, considera que no ha habido una política transexenal para garantizarla. Ademas existen obstáculos a la reparación, como que las victimas están muriendo, el Estado mexicano se resiste a ampliar el registro de víctimas y beneficiarios de las medidas de reparación, hay lentitud en el pago de las indemnizaciones, y persiste la falta de reconocimiento publico de la responsabilidad del Estado.

19. Garantías para que la CNDH tenga acceso inmediato y sin restricciones a todos los lugares donde exista privación de libertad:

Las organizaciones refieren que aunque la CNDH tiene facultad de visitar centros de reclusión, no tienen conocimiento de en cuantos casos la Comisión ha ingresado de forma inmediata a esos espacios para atender casos de desapariciones forzadas.

21. Definición de víctima en el ordenamiento jurídico interno, requisitos para que una persona sea considerada como tal, implementación de la Ley General de Víctimas, precisando si las víctimas de desapariciones forzadas reconocidas con la anterior legislación tienen acceso a los beneficios con la nueva ley:

Uno de los principales obstáculos es el desconocimiento de los Ministerios Públicos en los estados sobre la Ley de Víctimas, ademas de que hasta la fecha sigue sin publicarse el Registro Nacional de Víctimas.

A través de una solicitud de información, las organizaciones conocieron que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas abrió, hasta el 30 de septiembre, 841 expedientes, que se suman a los 5 mil 276 que heredo de la extinta Provictima. Sin embargo, la Comisión no especifico los servicios brindados a las víctimas, argumentando que no los contabiliza, sino que busca garantizar los derechos de las víctimas.

22. Sobre los servicios forenses adecuados para la identificación y restitución de los restos:

Las organizaciones apuntan que los servicios forenses no son eficientes y en muchas ocasiones el trato de los restos y hacia las familias de las víctimas “han sido gravemente irrespetuosos y degradantes”. Además, considera que aunque el gobierno asegura que cuenta con protocolos para autopsia e identificación de restos, en la práctica se sigue observando que no siempre se cumplen esos protocolos.

23. Medidas para localizar fosas clandestinas y datos estadísticos sobre personas localizadas e identificadas o que quedan por identificar:

Las organizaciones dicen que no ha sido posible encontrar el paradero de personas desaparecidas durante la llamada Guerra Sucia y las autoridades no han actuado con prontitud cuando son encontradas fosas clandestinas.

24. Sobre la legislación existente para personas desaparecidas:

Las organizaciones señalan que en la mayoría de los casos se suele usar los términos “presunción de muerte” o “declaración de muerte”, lo que acarrea un sufrimiento adicional y una revictmización de los familiares de las víctimas.

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