La Cámara de Diputados aprueba 35 sesiones de trabajo para calendario del primer periodo

02/09/2014 - 3:24 pm

Cámara de Diputados México, 2 Sep. (Notimex).- La Cámara de Diputados aprobó en votación económica su calendario legislativo del primer periodo de sesiones ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la LXII Legislatura que constará de 35 reuniones de trabajo, que comenzó el 1 de septiembre y concluirá el 15 de diciembre de 2014.

Asimismo, se establece como fecha límite para aprobar la Ley de Ingresos el 20 de octubre, y el proyecto de Presupuesto el 15 de noviembre, se informó en un comunicado de la Cámara de Diputados.

Conforme al acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos las sesiones serán los martes y jueves de cada semana; sin embargo, podrán realizarse en días diferentes a los señalados cuando así se determine.

Para el mes de septiembre las sesiones serán los días: 1 (Congreso General); 2, 4, 9, 10 (comparecencia del titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público), 11, 17, 18, 23, 25 y 30.

En octubre, los días 2, 7, 9, 14, 16, 21, 23, 28 y 30. También establece el día 20 como fecha límite para aprobar la Ley de Ingresos de la Federación 2015.

En este mismo mes habrá tres sesiones solemnes la primera de ellas el jueves 9, con motivo de la entrega de la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”; el martes 21, por el Bicentenario de la Promulgación de la Constitución de Apatzingán.

El jueves 30 de octubre. por la entrega de la Medalla al Mérito Cooperativista y la Economía Social “Guillermo Álvarez Macías 2014”.

Durante noviembre, las sesiones se desarrollarán los días 4, 6, 11, 13, 19, 20, 25 y 27. Adicionalmente, se instituye el día 15 como fecha límite para aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación 2015.

También prevé una sesión solemne el 20 noviembre con motivo del Centenario del Natalicio de José Revueltas.

En diciembre, las sesiones ordinarias serán los días 2, 4, 9, 11 y el día 15, posible sesión de clausura.

Según el calendario aprobado, el 16 de septiembre y el 17 de noviembre (en conmemoración del 20 de noviembre), se establecen como días de descanso obligatorio.

Además, precisa que la Conferencia determinará lo conducente en caso de que la dinámica de los trabajos legislativos haga necesaria la modificación del calendario.

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