Trata de personas en México, impunidad legalizada; sólo 9 estados tienen leyes y políticas públicas

04/03/2012 - 9:11 am

El tráfico de seres humanos –el tercer delito más lucrativo del mundo– tiene en México un paraíso: si bien en el país hay una ley que supuestamente previene y sanciona la trata de personas, esto no se refleja en los códigos penales de los estados, amén de que no hay preparación entre policías y jueces para detectar el ilícito o atender a las víctimas, mujeres en su mayoría. Los traficantes se benefician de ese limbo jurídico. Un estudio sin precedente, de próxima aparición, prende los focos rojos sobre el tema.

Por Luciano Campos Garza

MONTERREY, NL. (proceso).- Si bien en México hay una Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, ni la federación ni los estados saben cómo aplicarla o establecer los castigos. En la mayoría de las entidades los jueces no saben sentenciar a quien comete ese crimen, un policía municipal no reconoce el delito y un agente estatal ignora cómo canalizar a una víctima.

Lo anterior se desprende del libro Perspectivas del tráfico de personas en México, un análisis de este fenómeno entidad por entidad –estudio sin precedente en el país– llevado a cabo por el doctor Arun Kumar Acharya, investigador del Instituto de Investigaciones Sociales de la Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL).

El académico de origen indio encabezó un grupo de ocho investigadores –alumnos y profesores de la UANL– para analizar la legislación de los 32 estados de la Republica en materia de tráfico de personas, la nueva forma de esclavitud. El resultado fue preocupante: más de la tercera parte de las entidades no tiene legislación específica sobre la materia ni incluye ese delito en sus códigos penales.

El libro –de próxima aparición– revela que sólo nueve estados tienen leyes y políticas públicas para combatir este fenómeno. Ocho tienen previsto el delito en los códigos penales, pero sin medidas específicas para prevenirlo o sancionarlo. Y en todas las entidades federativas –tengan leyes al respecto o no– hay una inoperancia de las autoridades que deja en la indefensión a las víctimas y, aparentemente, sin castigo a los tratantes.

Además, los códigos penales de las entidades no están adaptados a las leyes locales de tráfico humano y la legislación federal en la materia choca con la estatal: No queda claro quién debe atraer los casos. Esta indefinición jurídica beneficia a los delincuentes.

Hay un dato revelador y preocupante: Desde que se promulgó la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas –el 27 de noviembre de 2007– hasta ahora, en todo el país ha habido menos de 200 casos denunciados ante la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (Fevimtra), de la PGR… y esta instancia no sabe si los procesados recibieron sentencia.

“El problema es que el gobierno tiene las leyes sólo para cumplir un requisito. Por eso mi interés es que la solución del problema no quede en manos del gobierno. Éste tiene que bajarlo para que haya una organización, un instituto especializado que le exija al gobierno lo que necesita”, dice Kumar a Proceso.

TRÁFICO SIN CASTIGO

Kumar llegó a México en 2002 para doctorarse en antropología en la UNAM. Su tesis, Una nueva forma de esclavitud humana. El tráfico de mujeres en México, lo hizo adentrarse en el problema de la explotación de las mujeres en este país, tema que ya había estudiado en el suyo.

En 2009 publicó –bajo el sello editorial de la UANL y como parte de un proyecto patrocinado por el Conacyt– el estudio: Mujeres invisibles y victimización sexual: un estudio exploratorio sobre el tráfico de mujeres en la zona metropolitana de Monterrey. Durante un año analizó el problema de esta metrópolis como punto neurálgico de la trata de blancas. Monterrey tiene el mayor tráfico de mujeres para la explotación sexual después de la Ciudad de México.

Ahí expuso que en México cada año unas 10 mil mujeres son traficadas entre los estados con fines de explotación sexual y laboral. Él personalmente se entrevistó en hoteles y prostíbulos con un centenar de mujeres dedicadas a la prostitución en Tapachula, el Distrito Federal y Monterrey.

A partir del trabajo de Kumar en Nuevo León se promulgó la Ley Estatal contra el Tráfico de Personas mientras el gobierno federal lanzó una campaña junto con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para denunciar la esclavitud forzada. Sin embargo el impulso inicial menguó y decayó el ánimo para proteger a las víctimas de este delito.

Como una continuación de ese estudio, apoyado de nuevo por el Conacyt, decidió emprender una investigación más amplia ayudado por otros académicos que revisaron las legislaciones de todos los estados para volver a llamar la atención sobre el problema.

Así se gestó Perspectivas del tráfico de personas en México. Para este trabajo los investigadores emprendieron de noviembre de 2010 a noviembre de 2011 una búsqueda bibliográfica, hemerográfica y en línea para conocer las leyes de cada estado del país.

El equipo de Kumar lo formaron Jesús Gómez Ontiveros, Armando Moctezuma Suárez, Araceli Jazmín Morquecho Carrizales, Tania Paola Domínguez Salas, Andrés Alejandro Benítez Aguilar, José Juan Cervantes Niño, Abel Garza Ramírez y Myriam Viviana Quistiano Valdez.

ÍNDICES INTERNACIONALES

A escala mundial se estima que cada año 7 millones de personas son víctimas del tráfico en el mundo; de ellas 80% son mujeres. La trata ya es la tercera actividad ilegal más lucrativa, después del tráfico de drogas y armas.

Para su estudio sobre México, los investigadores crearon indicadores similares a los usados en el Informe Internacional de Tráfico de Personas 2011 que cada año elabora el Departamento de Estado de Estados Unidos y que es anunciado por Washington como el instrumento estadístico mundial más confiable en la materia.

Fueron abiertas cuatro categorías en las que ubicaron a los estados mexicanos, de acuerdo con la legislación que ya tienen al respecto y las políticas públicas que usan para solucionar el problema.

En el nivel 1 fueron ubicados los estados que tienen legislatura específica para el combate al fenómeno y códigos armonizados con estatutos internacionales y con la Ley Federal para Prevenir la Trata de Personas. También fueron ubicados en este escalafón los que cuentan con políticas públicas, medidas y programas para combatir el delito. Ahí están Baja California, Chiapas, el Distrito Federal, Hidalgo, Quintana Roo, Nayarit, Sonora, Veracruz y Yucatán.

En el nivel 2 están las entidades que tienen leyes específicas pero no medidas para la prevención y el combate a la trata: Baja California Sur, Nuevo León, Puebla, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala.

Los del nivel 3 carecen de leyes en la materia, aunque realizan esfuerzos como la aplicación de políticas públicas, prevención del delito, procuración de justicia y además tienen comités regionales de la CNDH: Colima, Oaxaca y Zacatecas.

En el nivel 4, el que se refiere a la total desatención, los estados sólo tienen el delito de trata de personas en su marco jurídico local y en algunos casos ni en el Código Penal Estatal. En esta zona de alarma están Aguascalientes, Campeche, Chihuahua, Coahuila, Durango, el Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Morelos, Michoacán y Guerrero.

Se encontró que a escala nacional hablar de tráfico de personas es sinónimo de tráfico de mujeres, pues es este género el victimado en 99%, mayormente para fines de explotación sexual.

Se estima que cada año en México hay diez mil personas traficadas, de las que la mitad es llevada a Estados Unidos y Canadá.

Los estados de origen son principalmente Guerrero, Chiapas, Oaxaca, Hidalgo, Puebla, Michoacán, Guanajuato, Campeche, Zacatecas, Colima, Veracruz y Quintana Roo.

Los principales puntos de destino en México son Acapulco, Cancún, el Distrito Federal, Monterrey, Ciudad Juárez y Tijuana.

En el entorno mexicano y pese a los esfuerzos que han demostrado por revertir el problema, los estados del nivel 1 aún carecen de mecanismos para actuar, como explica Cervantes Niño.

“Se descubre que los estados del nivel 1 aunque tengan muchos programas, políticas, cuestiones de intervención, el punto de remediar el problema está muy lejano aún. En la investigación no pudimos comprobar qué tanto los programas que se aplican tienen un impacto. Es materia pendiente en nuestro estudio”, explica.

Por ello la investigación arroja que aun los estados del nivel 1, los mejor posicionados, no saben cómo combatir el problema.

“Tener las leyes no significa que vamos a disminuir el tráfico de mujeres. Las leyes, sin políticas públicas, no funcionan. Esperamos que el libro ayude al gobierno federal a ver cómo anda el país, los estados y qué se debe de hacer”, dice Cervantes.

Según el libro, en el escenario internacional México se ubica en el segundo nivel del reporte internacional de tráfico de personas, y por ello incumple con las normas mínimas de la Ley de Protección de Víctimas de Trata:

Promulgar leyes con sus respectivas sanciones penales; imponer a los traficantes penalidades mayores a los cuatro años de prisión; medidas preventivas y orientación de las fuerzas del orden para identificar víctimas; financiamiento del gobierno para dar a las víctimas atención sanitaria, orientación y refugio; protección a víctimas con acceso a servicios y refugio, con opciones diferentes a la del regreso a sus país de origen; asistencia jurídica a las víctimas sin lastimar su dignidad e integridad psicológica; repatriación segura y digna; medidas gubernamentales para evitar el problema.

La mayoría de los países asiáticos están en el nivel 3, el más bajo en la escala internacional. Ahí aparecen algunos países latinoamericanos como Cuba y Venezuela.

En entrevista con este semanario, Kumar ejemplifica el caso de Nuevo León, similar al de otros estados del país, donde los policías que han rescatado mujeres que eran víctimas de tráfico no han sabido qué hacer con ellas, cómo canalizarlas para su atención.

“Si hubiera políticas públicas se le podría dar poder a los policías y organizaciones estatales para atender el fondo del problema. Pero tendríamos qué ver que los órganos administrativos estén dispuestos a adaptarse y cambiar frente al problema.

“Si en el centro de la ciudad un policía detiene a una mujer que dice que es prostituta pero afirma que la engañaron y la trajeron a la fuerza, el policía se la lleva y no sabe cómo registrar el problema, no sabe si la debe deportar y esto hace que la mujer vuelva a ser victimizada”, señala Kumar.

Por ello urge que los policías tengan un entrenamiento para atender a las víctimas y ofrecerles un futuro, porque si no encuentran una forma honesta de vivir, pueden regresar al trabajo que desempeñaban que era la prostitución, según sea el caso. No hay tampoco una atención sanitaria sistematizada hacia ellas.

VÍCTIMAS SIN PROTECCIÓN

A los estudiosos del fenómeno le llamó la atención que los estados comúnmente considerados de mayor desarrollo no están en el nivel 1: el Estado de México, Nuevo León, Jalisco, Chihuahua y Coahuila. En cambio sí están otros de desarrollo más bajo como Chiapas y Veracruz. Casi 75% de los estados están en los niveles 2, 3 y 4, en los que no hay cumplimiento de las leyes.

Los gobiernos estatales deben tener, por ejemplo, planes de trabajo para las mujeres violentadas. También debe habar un plan para atender a sus hijos después de ser rescatadas.

Por ello Kumar propone que cada estado cree un organismo descentralizado que combata y atienda el problema. Sería una oficina similar a la de los institutos de las mujeres, pero que se encargara directamente de atender los casos ligados con este problema.

Los investigadores solicitaron a la PGR, a través de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental denuncias recibidas ante alguna autoridad sobre personas víctimas de tráfico. En su petición solicitaban todos los datos generales de víctimas y victimarios, exceptuando los nombres.

El 5 de enero de 2011, Ana Lilia Gazanini García, directora general de Asuntos Jurídicos de la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales de la PGR respondió a los académicos que había turnado su solicitud a la Fevimtra, creada el 31 de enero de 2008.

Gazanini notificó que la fiscalía especializada entregó un una tabla con 180 denuncias recabadas a partir de la creación de la fiscalía en las que se especifican sexo de la víctima, nacionalidad (en algunos casos), sexo del victimario y su nacionalidad, así como el estado donde fue presentada la denuncia.

Al referir el estado de la denuncia, dice que en 43 casos ya está determinada, sin que se aclare qué significa eso. Los 137 restantes siguen en trámite y los investigadores no saben si fueron abiertas averiguaciones previas o si hubo sentencias. Es probable, dicen, que los traficantes se hayan amparado, valiéndose de ambigüedades legales. En ningún caso la PGR dijo si había sentencias.

Sin embargo, la fiscalía aclara que desconoce la información relativa a las averiguaciones previas y les sugiere que busquen la información ante el Ministerio Público o ante el Instituto Nacional de Migración.

Abunda Cervantes Niño: “Cuando se checó si había sentencias en estados que tienen leyes, se descubrió que casi no hay parámetros para dar seguimiento. Puede ser que los acusados estén en la cárcel o arraigados, pero no se sabe si otras gentes detenidas por trata fueron sentenciadas.

“O tal vez los jueces confundieron los delitos. Al no poder sentenciarlos por trata lo encuadraron en otra cuestión como prostitución o migración ilegal. Y surge otro problema: todavía en los estados que tienen leyes como que el entendimiento del concepto de trata de mujeres es aún nebuloso para el sistema judicial”.

La confusión en materia legislativa es abundante en el país lo que redunda, como dice el estudio, en que este delito sea considerado uno de los de mayor cifra negra por falta de denuncias.

Los investigadores descubrieron que a veces la ley federal aplica sanciones diferentes a las estatales y que no hay claridad sobre cuál instancia debe juzgar y qué sanciones se deben aplicar, pues el delito se da al mismo tiempo en los dos niveles.

Algunos estados se abstienen de crear leyes para la trata y sólo dejan que quienes son detenidos por este delito sean enjuiciados por alguna de las leyes ya existentes en el Código Penal Estatal.

Los investigadores ejemplifican otra vez con Nuevo León, donde hay un vacío legal. Los jueces dejan que el Código Penal Estatal sancione esos delitos previstos en la Ley de Tráfico de Personas, lo que representa una controversia por la interpretación que se hace de las leyes. Los académicos temen que los traficantes puedan ser dejados en libertad por esa indefinición.

Recuerdan que en este estado se promulgó en 2009 la Ley de Trata de Personas, pero no fue modificado el Código Penal Estatal, lo que la convierte en una norma estéril.

El caso de Nuevo León es típico de la desatención al problema: al crear la ley correspondiente los diputados locales tomaron como base el estudio que había publicado Kumar sobre las victimas de la explotación sexual en Monterrey, pero ni siquiera sabían que el investigador radicaba en esta ciudad, por lo que no le pidieron una opinión para elaborar la ley, que los académicos observan con numerosas fallas.

En las conclusiones de su libro los investigadores de la UANL recomendaron a las entidades federativas que para combatir con mayor eficacia la trata de personas creen sus propias leyes y los que ya la tengan, mejorarla y hacerla eficiente; crear reglamentos para que puedan ser ejecutadas esas leyes.

Otras propuestas fueron modificar las leyes para que las causas del delito no sean desestimadas por el consentimiento de las víctimas; crear la figura del delito del cliente, para castigar a quienes empleen los servicios de las personas tratadas; fortalecer la atención a las víctimas y darles seguimiento al menos a mediano plazo; crear programas para reintegrar a la sociedad a las personas tratadas; crear políticas públicas para investigar, perseguir y sancionar a los tratantes, incluidos funcionarios públicos cómplices.

Por ello, dice Cervantes, los municipios deben implicarse también en la solución pues son ellos los que regulan directamente los lugares donde puede ocurrir ese delito. Pero si los agentes municipales –inspectores, policías u otros funcionarios– no conocen las leyes, no podrán hacer nada para denunciar los delitos o intervenir en caso de que uno sea cometido, dicen.

Los investigadores consideran que es perentorio atender el delito de la trata de personas a través de lo que puede ser la apertura de un instituto federal especializado, con otros similares en cada uno de los estados, que se ocupen exclusivamente del problema.

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