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Personas que agredieron a Senador panista no serán encarceladas; harán trabajo comunitario: Fepade

09/05/2016 - 8:23 pm

Mediante un comunicado, se informó que a los inculpados se les atribuye la comisión de hechos delictivos previstos en el Artículo 7, fracción XVI, de la Ley General en materia de Delitos Electorales, la cual castiga hasta con tres años de prisión a quien realice por cualquier medio algún acto que provoque temor e intimidación en el electorado.

Senador Daniel Ávila Ruiz. Foto: Especial
Senador Daniel Ávila Ruiz. Foto: Especial

Ciudad de México, 9 mayo (SinEmbargo).- La Procuraduría General de la República (PGR), a través de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade), obtuvo la suspensión condicional del proceso que se abrió contra cuatro personas que agredieron al Senador de la República, Daniel Ávila Ruiz, en las inmediaciones de una casilla, durante el proceso electoral del 07 de junio de 2015 en el municipio de Tekom, Yucatán.

Mediante un comunicado, se informó que a los inculpados se les atribuye la comisión de hechos delictivos previstos en el Artículo 7, fracción XVI, de la Ley General en materia de Delitos Electorales, la cual castiga hasta con tres años de prisión a quien realice por cualquier medio algún acto que provoque temor e intimidación en el electorado.

En dicho comunicado se establece que en lugar de la sentencia de tres años, la suspensión condicional obliga a los implicados a residir en un lugar fijo y determinado ante la autoridad, prestar servicio a favor del Estado, con una jornada laboral extraordinaria que abarca un periodo de seis meses, así como la abstención de viajar al extranjero, durante este periodo de tiempo.

Los responsables deberán presentarse periódicamente a firmar en la Subdelegación de PGR en Valladolid, estado de Yucatán, y participar en conferencias de blindaje electoral o prevención de delitos electorales.

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