SCJN rechazó controversia constitucional contra acueducto, afirman autoridades de Hermosillo

10/12/2012 - 1:54 pm

Hermosillo, 10 Dic. (Notimex).- El gobierno de Sonora informó hoy que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó la solicitud de controversia constitucional contra el acueducto “Independencia” que promovió el ayuntamiento de Cajeme.

El secretario de la División Jurídica del gobierno estatal, Carlos Espinosa Guerrero, informó en conferencia de prensa que la resolución de los ministros de la SCJN del pasado 7 de diciembre significa una victoria legal más para el gobierno de Sonora.

Indicó que en dicha resolución se reitera que todos los ciudadanos tienen derecho al agua y el acueducto es una obra de interés público y beneficio social.

De esa forma, se desestiman las pretensiones propuestas por el ayuntamiento de Cajeme en la controversia constitucional 109/2012, en el sentido de negar la suspensión de la obra hidráulica construída de la presa “El Novillo” a Hermosillo, dijo.

El acueducto “Independencia”, cuyo costo ascendió a unos cuatro mil millones de pesos, abastecerá de 75 millones de metros cúbicos de agua a la ciudad de Hermosillo durante las 24 horas del día, con lo que se resolvería en definitiva la escasez de agua.

Empresarios, productores y ciudadanos del Valle del Yaqui, asentado en el municipio de Cajeme en el sur de Sonora han promovido diversos amparos en contra de la obra, porque consideran que afectará sus dotaciones de agua de la cuenca del río Yaqui.

Espinosa Guerrero expuso que en su dictamen, los magistrados señalaron que el acueducto no afecta de ninguna manera a Cajeme o a los cajemenses y no se encuentra en su circunscripción territorial, ni siquiera como municipio colindante.

“Dice la Suprema Corte que para efectos de la suspensión y para efectos de cualquier otra naturaleza son actos ya consumados, esto es una situación muy trascendente en tanto que en relación a los actos consumados, por su propia naturaleza no pueden ser estos revocados”, explicó.

Una vez más, consideró, la Suprema Corte de Justicia de Nación plantea que esta obra hidráulica es técnica y jurídicamente viable y no le causa perjuicio a persona alguna, con lo que se avala la construcción y puesta en marcha del proyecto hidráulico.

Añadió que hace dos meses la SCJN resolvió la controversia 94/2012 planteada por el Ayuntamiento de San Ignacio Río Muerto.

La controversia planteaba que las autoridades tienen la obligación de realizar las acciones necesarias para garantizar el abasto de agua para consumo humano.

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