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Gabriel Sosa Plata

14/11/2017 - 12:02 am

Publicidad oficial: decisión histórica

La decisión que tomará la Suprema Corte en torno de la regulación de la publicidad oficial podría modificar radicalmente la relación entre el gobierno y los medios de comunicación, al acotarse las posibilidades para que se premie o se castigue a periódicos, revistas, emisoras de radio, de televisión y portales periodísticos con más o menos […]

La publicidad oficial también puede directa o indirectamente contribuir en los objetivos de las políticas públicas y eso es lo que se buscaría reforzar con el nuevo diseño institucional que surja a partir de lo que resuelva la Corte. Foto: Cuartoscuro

La decisión que tomará la Suprema Corte en torno de la regulación de la publicidad oficial podría modificar radicalmente la relación entre el gobierno y los medios de comunicación, al acotarse las posibilidades para que se premie o se castigue a periódicos, revistas, emisoras de radio, de televisión y portales periodísticos con más o menos recursos del presupuesto destinado a las campañas de comunicación.

Los beneficios para la libertad de expresión y el derecho a la información serían enormes, congruentes con los principios de un Estado democrático, ya que dejaría de utilizarse el dinero de los contribuyentes para orientar líneas editoriales desde las oficinas de funcionarios públicos.

La sesión en la Primera Sala de la Corte se llevará a cabo mañana. Hay una enorme expectativa de lo que ahí suceda porque de otorgarse el amparo a la organización Artículo 19, se afectarían directamente, como se advierte, intereses políticos y económicos. Esto explica la falta de interés de legisladores, líderes partidistas y algunos medios de comunicación para entrarle a un tema tan espinoso, pese al mandato legal que se estableció en la reforma política de 2014 y al compromiso público del presidente Peña Nieto de regular la publicidad oficial.

Si la sentencia es favorable a Artículo 19, el Poder Legislativo estará obligado a elaborar y aprobar una ley reglamentaria del artículo 134 de la Constitución, que asigne con criterios objetivos, imparciales y transparentes los recursos de la publicidad oficial, a través de un órgano externo, y no al revés, como ahora sucede: de forma poco transparente y discrecional.

Hay quienes consideran que un cambio en las reglas del juego en la asignación de los recursos de la publicidad oficial, llevaría a la quiebra a decenas de medios de comunicación y al desempleo a muchos colegas. No debería ser así. El proyecto de resolución del ministro Arturo Zaldívar reconoce que el presupuesto destinado a este rubro es indispensable para que muchos medios de comunicación se mantengan en operación, pero su asignación discrecional es una amenaza a la libertad de expresión, lo que es inaceptable.

Efectivamente, hay decenas de periódicos y revistas, al igual que emisoras de radio, que viven sobre todo de los recursos públicos. Sin este dinero, contenidos culturales, de divulgación científica, de orientación sobre salud o alimentación, de atención a las personas con discapacidad o personas adultas mayores, de reconocimiento y divulgación de las culturas indígenas, no podrían producirse, ya que no son de interés para la mayoría de los anunciantes comerciales, al ser “mercados” poco atractivos.

La publicidad oficial también puede directa o indirectamente contribuir en los objetivos de las políticas públicas y eso es lo que se buscaría reforzar con el nuevo diseño institucional que surja a partir de lo que resuelva la Corte. De esta manera, se quitaría a burócratas un poderoso instrumento de control político y de enaltecimiento de su imagen a través de spots, entrevistas alejadas del periodismo profesional, inserciones propagandísticas en periódicos, revistas y sitios web, para transitar hacia un modelo que en el que los recursos sean destinados para garantizar el derecho a la información de la sociedad, fortalecer la libertad de expresión, el periodismo y los contenidos de calidad.

De ganarse el amparo, no habrá un cambio inmediato. Es más, podría no ocurrir, si el Congreso aprueba una ley que efectivamente reglamenta el artículo 34 constitucional, pero simula terminar con la discrecionalidad en la asignación de los recursos. Es un riesgo que no debe presentarse, lo que obligaría a seguir muy de cerca el proceso de presentación, dictaminación y aprobación o rechazo de iniciativas de ley que no traicionen los objetivos de una regulación democrática de la publicidad oficial.

Por lo pronto, una felicitación a Artículo 19 por llevar hasta la Corte un caso que hará historia.

ROGELIO HERNÁNDEZ: ¡DE ACUERDO!

Un periodista al que respeto y admiro mucho, Rogelio Hernández López, dedicó su columna “Miradas de reportero” (que se publica en varios medios impresos y digitales) a ofrecer un “Plan B” ante la contrarreforma en derechos de las audiencias. La escribió en respuesta al texto que publiqué en Sin Embargo, el pasado 31 de octubre, en el que expongo las implicaciones de que al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) lo hayan dejado sin “dientes” para la tutela de dichos derechos.

Hernández López considera que hay una sobrerregulación de los medios y que el problema de fondo es “el modelo mercantil del sistema de comunicación social prevaleciente en México y sus contradicciones, mismas que no podrán diluirse (ni siquiera un poco), sólo con una ley tan específica como esta de las telecomunicaciones”.

Hay una enorme concentración de muchos medios en pocas manos; por lo tanto, dice, debería recuperarse la propuesta que hizo el maestro Miguel Ángel Granados Chapa de “un nuevo sujeto económico, tutelado por el Estado”, conformado por los medios públicos, los medios sociales y comunitarios, así como por los periódicos digitales e impresos producidos por asociaciones no lucrativas de periodistas.

“Esos medios de comunicación, que no buscarían como objetivo esencial el beneficio financiero –según la idea cardinal de Granados Chapa– tendrían entre otras las siguientes facilidades: el otorgamiento de créditos blandos para su instalación u operación básica, subsidios en la importación de equipos y materiales; créditos para la adquisición de papel; tarifas postales y de transportación aérea y terrestre preferenciales; régimen tributario especial, etcétera”, dice el periodista, y describe otras posibilidades para robustecer ese “nuevo sujeto económico”.

Le respondo a Rogelio Hernández que estoy de acuerdo con su propuesta y que parte importante del trabajo que he desarrollado en la academia y el periodismo ha sido en la misma línea de combatir los monopolios y fortalecer la competencia en la radiodifusión y las telecomunicaciones, los medios públicos, comunitarios e indígenas, al igual que acabar con la discrecionalidad en la asignación de la publicidad oficial.

La pluralidad y diversidad en los medios de comunicación tradicionales y en las plataformas digitales son esenciales para la democracia, los derechos de expresión e información y los derechos humanos. Por eso, estoy convencido de la importancia del reconocimiento y tutela de los derechos de las audiencias (y los lectores) porque se busca en esencia lo mismo que propone Rogelio: mejorar la calidad de los contenidos y del periodismo, así como diversificar las voces en la radio, la televisión, los medios impresos e internet. También son necesarios para evitar los estereotipos, los contenidos no aptos para niñas y niños, la discriminación, el sexismo o la cosificación de la mujer que se refleja en los programas que producen no sólo medios comerciales, sino también medios públicos y comunitarios. Es decir, ampliar la oferta, competencia o pluralidad de medios no garantiza por sí misma la defensa de las audiencias. De ahí la importancia de establecer en la ley los derechos de las audiencias y sus mecanismos de protección, además, claro, de fortalecer los medios públicos, comunitarios e indígenas.

@telecomymedios

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