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Gabriel Sosa Plata

20/02/2018 - 12:04 am

“Diálogos Galileos”: ¿libertad de adquisición?

La Iniciativa Galileos obtuvo en junio del año pasado su registro como APN, como perteneciente al PRD.

La Iniciativa Galileos obtuvo en junio del año pasado su registro como APN, como perteneciente al PRD.
Foto: Diego Simón Sánchez, Cuartoscuro

Se abre un interesante debate: ¿pueden las Agrupaciones Políticas Nacionales (APN), como Iniciativa Galileos, adquirir espacios en radio y televisión, pese a la prohibición constitucional? Aparentemente sí, con base en una sentencia reciente del Tribunal Electoral, siempre y cuando en los contenidos de los spots o programas no se haga propaganda política o electoral.

En la práctica, no rebasar ese límite es un desafío y más aún cuando una APN es parte de un partido político o simpatiza con algún candidato. También, para televidentes o radioescuchas, ese tiempo adquirido podría ser identificado como una extensión de una fuerza política y no como un espacio periodístico independiente.

Sin embargo, para el Tribunal Electoral deben existir elementos contundentes que demuestren que se violó la ley, como la intención de “influir en las preferencias electorales de los ciudadanos”, a favor o en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular, tal como lo prevé el artículo 41 de la Constitución. De lo contrario, podría vulnerarse el derecho de libertad de expresión.

Vayamos por partes. Las APN son asociaciones ciudadanas que, según el Instituto Nacional Electoral (INE), “contribuyen al desarrollo de la vida democrática y de la cultura política, así como a la creación de una opinión pública mejor informada”. También establece que, con base en la ley, “sólo pueden participar en procesos electorales federales mediante acuerdos de participación con un partido político o coalición”.

La Iniciativa Galileos obtuvo en junio del año pasado su registro como APN, como perteneciente al PRD.

Dicha agrupación logró que el canal de televisión de paga, Efekto TV, le abriera un espacio al que denominó “Diálogos Galileos”, que conduce Fernando Belauzarán, exdiputado federal del PRD y vocero de Iniciativa Galileos. En la primera emisión del programa, del pasado 31 de octubre, tuvo como invitados al jefe de Gobierno del la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera, y a Víctor Márquez, urbanista, para referirse a la reconstrucción de la capital, luego de los daños ocasionados por el sismo del 19 de septiembre de 2017. La emisión puede verse en este enlace de Youtube:

Al día siguiente de su transmisión, Morena presentó una denuncia en contra del PRD, de Fernando Belauzarán y de Miguel Ángel Mancera.

El 5 de diciembre, la Sala Regional Especializada dictó sentencia y dio por acreditada la violación a la ley en cuanto a la adquisición de tiempos en la televisión porque tanto el nombre del programa como su conductor son claramente identificables como parte e integrante del PRD, lo que vulneró el modelo de comunicación política. Por lo tanto, infraccionó a Belauzarán, a Efekto TV y a las concesionarias de televisión restringida Izzi, Megacable, Sky y Totalplay, por la difusión del programa. También fueron amonestados el PRD y la APN porque faltaron a su deber de cuidado.

Como era de esperarse, los sancionados presentaron un recurso de revisión. Correspondió al magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, de la Sala Superior del Tribunal Electoral, presentar el proyecto de resolución, que propuso revocar la sentencia de la Sala Regional. El pleno lo apoyó y consideró fundados los agravios de Belauzarán, la APN y las televisoras, ya que “Diálogos Galileos” fue sólo un programa de opinión, no propagandístico en materia política o electoral, de debate sobre temas de interés general, en particular sobre la reconstrucción de la Ciudad de México, “por lo que está vinculado indisolublemente con los derechos a la libertad de expresión y de información”.

En cuanto al uso del emblema de la APN Galileos y la identidad del moderador como vocero de la asociación y militante, el Tribunal explicó en un comunicado distribuido el 7 de febrero que “no son suficientes para sostener que existe una identidad o similitud en grado de confusión entre el PRD y la APN, o se tradujera en un beneficio para el partido político”. Por ello, las magistradas y magistrados del TEPJF revocaron la sentencia y dejaron sin efectos las sanciones impuestas, incluyendo la orden de retirar del aire el programa “Diálogos Galileos”.

La sentencia sólo se refiere a la emisión del programa en el que participaron el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México y el urbanista Víctor Márquez. Esto significa que otros programas de “Diálogos Galileos” podrían derivar en más quejas ante la autoridad electoral, pero más allá de esto, lo importante es que se sienta un precedente que permitiría a las APN adquirir espacios en radio y televisión y dar la vuelta a una prohibición constitucional establecida para los partidos políticos y los candidatos a cargos de elección popular.

Ante su peculiar condición de no ser partido político, pero sí agrupación de apoyo a partidos políticos o coaliciones, superarán dicho obstáculo legal, aunque sean plenamente identificables sus credenciales político-partidistas. Eso sí, como ya se dijo, tendrán que abstenerse de influir en las preferencias electorales de la ciudadanía, pero ¿acaso es necesario? ¿no la elección de las invitadas y los invitados, temas seleccionados, tratamiento editorial y hasta el color de la escenografía, define una postura política o partidista ante un hecho? ¿se puede hacer periodismo desde una APN, con filias y fobias políticas totalmente claras y definidas?

La sentencia del Tribunal Electoral abre las puertas a las APN del PRI, del PAN, del PRD o de Morena para adquirir espacios en la radio y la televisión. De un ejercicio de debate y de garantía de los derechos de expresión e información, como el que se defiende en “Diálogos Galileos”, podríamos pasar fácilmente a la propaganda política, abierta o encubierta, bajo la apariencia de un “producto periodístico”. La línea es muy delgada. Partidos políticos, ciudadanos y medios de comunicación irritados por las supuestas limitaciones a la libertad de expresión de la reforma político-electoral de 2007, deben estar satisfechos por la resolución de los magistrados. Pronto conoceremos sus repercusiones en las próximas campañas políticas.

Por cierto, según el INE, hasta el 2014 había 89 agrupaciones de este tipo.

CERROJOS MEDIÁTICOS

Será hasta el próximo 27 de febrero, a las cuatro de la tarde, cuando se presente el proyecto de la primera radio feminista en México, Violeta Radio 106.1, en el Museo Memoria y Tolerancia. Convoca la Alianza por el Derecho Humanos de las Mujeres a Comunicar, A.C.

Brand Finance presentó la semana pasada su estudio 2018 de las marcas de medios más valiosas del mundo. La primera posición es de Disney, con un valor de 32 mil 600 millones de dólares. Le siguió Fox -de la que Disney se convertirá en copropietario a partir de la compra de 21th Century Fox- con un valor de 17 mil millones de dólares y en tercero la NBC, de General Electric, con 14 mil 900 millones de dólares. Entre las 25 marcas más valiosas, 18 son estadounidenses y el resto de otros países, ninguno de América Latina.

MVS Radio, de la familia Vargas, registró ante el IFT a Francisco Manuel Campuzano Lamadrid como el defensor de las audiencias de las estaciones de radio de este grupo. Campuzano Lamadrid es un reconocido y respetado abogado de la industria, que en los años noventa fue director jurídico de la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) y posteriormente director de la organización Radio Independiente de México.

Por su parte, Radio IPN, del Instituto Politécnico Nacional, eligió como titular de su Defensoría de las Audiencias al prestigioso profesor de la UAM-Xochimilco, ex director de la Escuela de Escritores de la SOGEM y fundador de UAM-Radio 94.1, Teodoro Villegas Barrera. Felicidades.

 

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