LEYES DE PROTECCIÓN ANIMAL EN MÉXICO

25/10/2014 - 12:00 am
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En México existen legislaciones estatales que castigan el maltrato animal, pero todas son diferentes y totalmente incluyentes a falta de una ley federal. Foto: Shutterstock.

La organización Global Animal Law Project (GAL) busca dar a los animales una mejor calidad vida a través de una herramienta muy útil: Las leyes de Protección Animal. En México, la mayoría de los estados las tiene; éstas pueden legislarse y reformarse según la entidad. Sin embargo, no todas están actualizadas, claras, en debate o completas. “La realidad es que nuestro país necesita penalizar a nivel federal estos actos de crueldad y buscar sanciones más severas”, AnimaNaturalis.

Ciudad de México, 26 de octubre (SinEmbargo).– El Proyecto GAL busca recolectar las leyes en todos los países que protegen a los animales y buscan su bienestar, para proponer incluso unas mejores. Algunas de las leyes continúan como propuestas, pero son consideradas desde el corto plazo hasta las “visionarias”. De esta forma estas propuestas podrían darse a conocer mundialmente y ser discutidas por “millones de personas que quieran cambiar la realidad para los animales”.

“Tenemos un vacío muy grande porque en su mayoría, salvo el Distrito Federal, tienen legislaciones de índole administrativo. Muchos ayuntamientos y muchos gobiernos no cuentan con el personal o con todo lo necesario para que la ley se aplique. Es la problemática que encontramos porque las leyes pueden ser buenas, sin embargo su impacto se pierde al no poder aplicarla”, explica Vanessa Calvillo Álvarez, Vicepresidenta de Asociaciones Protectoras de Animales de México (APASDEM).

La animalista afirma que hasta ahora existen trece estados que carecen de una legislación que proteja a los animales en distintos ámbitos que van de acuerdo con sus ayuntamientos o municipios y que muchas veces no cuentan con la infraestructura adecuada o que, al existir muchos reportes de maltrato y crueldad animal, estas instancias no se dan abasto.

¿Cómo estamos? De acuerdo con cifras de la asociación AnimaNaturalis, en México fallecen cada año unos 60 mil animales por maltrato.

En México no hay una ley federal que regule el maltrato animal y menos que lo sancione. Sólo en el Distrito Federal, donde la Asamblea Legislativa local (ALDF) aprobó castigar el maltrato y la crueldad animal, pero no tocó el tema de las corridas de toros y sólo permaneció como discusión en la cámara.

La activista Calvillo Álvarez asegura que la implementación de una ley federal es una tarea difícil, que lleva tiempo y compromiso.

“Todo es paso a paso, las autoridades, los animalistas y los ciudadanos  tienen un paquete muy difícil.  El camino desde la aplicación de una ley federal, que vaya bajando a la estatal y luego a la municipal es un camino largo. Lo ideal es que todos los estados tuvieran su propio reglamento que determinara específicamente las instancias y tareas”, puntualiza la vocera de APASDEM.

Conoce las leyes

En varias entidades del país se castiga el maltrato animal con sanciones que van desde multas mínimas hasta la cárcel. Foto: Change.Org
En varias entidades del país se castiga el maltrato animal con sanciones que van desde multas mínimas hasta la cárcel. Foto: Change.Org

Sobre el maltrato animal, en 1987 el Consejo Europeo publicó un tratado para la protección de mascotas, en el que establecía que el hombre tenía la “obligación moral” de respetar todas las criaturas vivas y tener en mente que las mascotas tenían una “relación especial con el hombre”. Además que en el Capítulo II de los principios para el bienestar animal, en el artículo 3, parte 1 establecía que nadie deberá causar a un animal dolor innecesario, sufrimiento o maltrato.

Las leyes de maltrato animal en la mayoría de los estados incluye a las especies domésticas, pues de acuerdo con la organización Milagros Caninos que alberga perros enfermos o en edad avanzada, muestra que el 100 por ciento de los animales que llegan al albergue han sido maltratados, torturados, violados o vejados y en el 80 por ciento de los casos se determinó que las agresiones provenían de personas del sexo masculino.

Apenas el 9 de julio se sancionó por primera vez la crueldad hacia los animales con un arresto, luego de que la Consejería Jurídica del Distrito Federal encontrara a un hombre de 55 años culpable por encerrar a un perro en su automóvil.

Esta denuncia se realizó a través de redes sociales cuando usuarios compartieron fotografías de un perro dentro de un vehículo, por lo que cumplió 25 horas bajo arresto en el Centro de Sanciones Administrativas, “El Torito”.

ESTADOS CON LEYES DE PROTECCIÓN ANIMAL

Baja California: El 1 de octubre, se hizo la  reforma a la Código Penal luego de que organizaciones protectoras de animales ejercieran presión al Congreso de la Unión de Baja California con una petición compartida en la plataforma de Change.Org México.

El Código Penal establece ahora que, “al que intencionalmente realice algún acto de maltrato o crueldad en contra de un animal, se le impondrá de tres meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a cien días de salario mínimo vigente en el estado”.

Coahuila:El artículo 293 Bis 1 del Código Penal del Estado habla sobre los delitos en contra de la vida, integridad y dignidad de los animales y en caso de violar este reglamento se sancionará con una pena de seis a cuatro años en la cárcel y una multa desde 6 mil 377 pesos hasta 31 mil 885. La ley csatiga el maltrato injustificado en contra de cualquier especie animal que no constituya una plaga. Si la crueldad contra un animal pone su vida en peligro, la sanción podría aumentar un 50 por ciento.

Colima: Tipificó el 17 de abril del 2013 el delito del maltrato hacia los animales domésticos y quienes incurran en este crimen deberán ser multados hasta con 300 salarios mínimos y tres años de prisión. Sin embargo no tocaron el tema de las corridas de toros ni las peleas de gallos u otras especies.

Distrito Federal: La reciente legislación por parte de la ALDF fue prohibir a los circos trabajar con animales y sancionarlos con al menos 300 días de salario mínimo. De esta forma se convirtió en la séptima entidad mexicana en prohibir esta actividad. Aprobada el 9 de junio y con reformas a los artículos 25, 64 y 65 de la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal, la ley también prohíbe que se utilicen a animales en protestas, marchas, plantones y concursos de televisión.

Sobre el maltrato animal, las denuncias han ido en aumento en el Distrito Federal en los últimos dos años, pero aún sigue siendo uno de los temas menos denunciados porque existen vacíos, aclara Patricia Larios Muñoz, Subdirectora de Comunicación y Difusión de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal (PAOT).

Durango: Esta entidad registra la multa más alta en México (10 mil días de salario mínimo) como castigo a conductas dolosas como tortura, vejación, mutilación que causen dolor o muerte de los animales y un arresto mínimo de hasta por 72 horas, si la especie fue asesinada. La ley prohíbe las peleas de perros y busca implementar una cultura de protección y conservación de los animales, además de sentar precedentes legales.

Guanajuato: la ley para la protección de los animales domésticos contempla la promoción de la concientización de la sociedad hacia los animales y ofrecerles un trato adecuado que consiste de “medidas para disminuir su sufrimiento, traumatismo y dolor de los animales durante su captura, traslado, exhibición, cuarentena, experimentación, comercialización entrenamiento y sacrificio.

China, por ejemplo, es uno de los países que más carece de leyes protectoras de animales pues no fue hasta el 2009 que realizaron su primera legislación en contra de la crueldad animal, luego que las especies en peligro fueran protegidas.

Jalisco: Aprobó la Ley de Protección Animal estatal que incrementa multas y sanciones a quienes maltraten a los animales. La cifra asciende hasta los 300 mil días de salario mínimo y sanciones administrativas. La ley prohíbe las peleas de perros, mientras que las peleas de gallos se permiten considerando que los animales no “trabajen” por más de 8 horas.

El estado también prohíbe el abandono y la venta de animales en la vía pública, mantenerlos en azoteas o espacios reducidos. Además que no pueden mantener a perros para la vigilancia de terrenos baldíos, casas deshabitadas u otros espacios “sin el cuidado necesario”. Jalisco tampoco permite cortar las cuerdas vocales de animales para evitar sus sonidos, como se propuso en Nuevo León. Las prácticas zoofílicas y arrojar a especies desde posiciones elevadas también están castigados.

Michoacán: Castiga a las personas que maltraten a los animales o priven de la vida a las criaturas. Los delitos considerados son abandono, abusos sexuales, actos abusivos y peleas callejeras. El Congreso local aprobó sanciones de hasta 500 salarios mínimos y 24 meses de cárcel.

Morelos: El artículo 13 de la Ley Estatal de Fauna dicta que los lugares como zoológicos o cautiverios públicos mantengan espacios que permitan a los animales tener libertad de movimiento.

Puebla: Castiga el maltrato animal hasta con cuatro años de prisión y multas de hasta 26 mil pesos. El artículo 470 establece que quien realice actos de “maltrato o crueldad en contra de cualquier animal” para buscar ocasionarle dolor o sufrimiento, será sancionada. Sin embargo no se incluyó en esta ley las corridas de toro ni las peleas de gallo.

Veracruz: Tiene una ley peculiar para sancionar el maltrato a mascotas como castigar a quien o quienes hagan ingerir bebidas alcohólicas a las mascotas, así como dar drogas sin fines de investigación científica o terapéuticos a los animales. Además de que prohíbe las peleas de perros, la caza y captura de especies silvestres. Tampoco está permitido el uso de animales en ritos o fiestas tradicionales, aunque en una región de Veracruz se lleva a cabo una fiesta en febrero que incumple precisamente todas estas normas.

Por otro lado actos de zoofilia, mutilaciones, falta de atención médica, abandono y la privación de aire, agua, espacio alimento y abrigo a las especies serán castigados.

Estado de México: Algunas leyes estatales buscan la protección de ciertas especies específicas, como la del Estado de México cuya ley estipula la protección a las especies de ganado bovino, caprino, porcino, canino, felino, lanar, caballar, asnal, batracios, peces y aves, a los animales silvestres que no sean nocivos al hombre y a aquellos que sean exhibidos en circos o zoológicos para “erradicar y sancionar el maltrato y actos de crueldad. Fomentar el amor, respeto y consideración hacia ellos”.

En México la mayoría de los estados permiten circos con animales y aunque la Profepa realiza constantes operativos para monitorear el estado de estas especies, existen casos severos de maltrato en estos animales como fue el caso del Oso Invictus a quien le mutilaron la mandíbula en el Harley Circus de Yucatán. Foto: Profepa.
En México la mayoría de los estados permiten circos con animales y aunque la Profepa realiza constantes operativos para monitorear el estado de estas especies, existen casos severos de maltrato en estos animales como fue el caso del Oso Invictus a quien le mutilaron la mandíbula en el Harley Circus de Yucatán. Foto: Profepa.

CIRCOS SIN ANIMALES

La Semarnat tiene registrados a 199 circos en todo el país con el permiso de manejar vida silvestre fuera de su hábitat natural. Sin embargo, en  85 inspecciones que se realizaron durante el último año, 45 de ellos presentaron irregularidades y de 873 especies silvestres, se aseguraron a 113 ejemplares.

En la actualidad en la Unión Europea los circos son permitidos, pero tienen una regulación estricta de la infraestructura y seguridad. Sin embargo, la organización AnimaNaturalis denuncia que los animales muchas veces carecen de esta inspección. A pesar de la presión de activistas, muchas veces aunque se quiera legislar a favor de ellos y los animales, hay leyes que protegen las libertados de los empresarios.

La primera ley en sancionar el uso de animales en exhibición de espectáculos circenses ni siquiera tiene un año de aprobación pues ocurrió en Querétaro en diciembre del 2013, pero desde entonces otras entidades se dieron a la tarea de aprobar reglamentos que vetaran por siempre a los animales de los circos locales.

Querétaro: Fue el primer estado que aprobó el 4 de diciembre del 2013 una legislación que prohíbe el uso de animales en circos al modificar los artículos 82, 83 y 94 de la Ley de Protección Animal y quien no cumpla con la ley podrá tener una infracción de hasta 5 mil salario mínimos. Sin embargo es criticado pues es una de las entidades que declaró la tauromaquia como patrimonio cultural inmaterial.

Morelos: El Congreso local de Morelos reformó el Articulo 12 de la Ley Estatal de Fauna y determinó que el uso de animales estaría prohibido en espectáculos de circos y ferias. En el artículo 71 de la ley se dictó que quien realice espectáculos con animales tendrá que ser sancionado con una multa de hasta 2 mil días de salarios mínimos y arresto de hasta por 36 horas además de la clausura del establecimiento.

Colima: Le Ley para la Protección a los Animales del Estado de Colima prohíbe los espectáculos públicos y privados que usen animales como los circos. La infracción por incumplir esta ley es de hasta 300 salarios mínimos, la suspensión del permiso y retiro de instalaciones circenses. Sin embargo, esta ley establece que se puede permitir la exhibición de las especies sin que existan rutinas de adiestramiento.

En Estados Unidos existe el Animal Welfare Act o la Ley de Bienestar Animal que establece el cuidado de animales de circo, pero no hay un monitoreo permanente. Aunque esta legislación dio pie a que varios estados prohibieran el uso de herramientas que obligue a los animales a actuar y las personas a tener contacto físico con varias especies. Brasil, por otra parte prohíbe los actos oo espectáculos con animales marinos, a diferencia de los parques acuáticos en Estados Unidos.

Distrito Federal: Sanciona el uso de animales vivos como blanco para el entrenamiento y de animales adiestrados para espectáculos. La venta de animales únicamente a menores de 18 años o espectáculos con animales, ambos en vía pública, además del establecimiento y operación de circos fijos o itinerantes que utilicen animales. Los circos pueden tener animales, pero no presentarlos como parte de las presentaciones.

Aunque los dueños y personal de circos locales se manifestaron alegando que muchos empleos se perderían y que eran un sector vulnerable ante las autoridades capitalinas, la ley procedió.

Coahuila: el 20 de agosto se sumó a las entidades que prohíben el uso de animales en circos al reformar su Ley de Protección y Trato Digno a los Animales. Por unanimidad en el Congreso local ni siquiera los conejos o palomas podrán aparecer como parte de los “shows”, ni con fines de explotación, exposición y exhibición.

Guerrero: En la ley de bienestar animal, se prohibió el uso de animales en circos y también como medio de transporte para proteger a los animales. El dictamen de la Comisión de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable del Congreso local prohíbe la venta de animales en la vía pública y espectáculos privados o públicos. Además añade que las especies no sean explotados como medio de transportes, aunque sí aquellos “con fines de seguridad”.

Chihuahua: En mayo de este año, Chihuahua prohibió las presentaciones de circos con animales en sus espectáculos. Con 29 votos y 2 abstenciones, el Congreso local busca erradicar el maltrato animal y no la desaparición de los circos en la entidad.

San Luis Potosí: El Congreso del Estado aprobó el 10 de octubre una reforma a la Ley Estatal de Protección a los Animales que prohíbe el uso de animales en los circos. El artículo 79 fue modificado y establece que “se prohíble el establecimiento y operación de espectáculos circenses en los que se utilicen animales vivos”. Quien incurra en este delito deberá pagar una sanción de 2 mil a 5 mil días de salario mínimo.

Mientras que en algunas regiones de España las corridas de toro ya están prohibidas, México alberga cinco estados que consideran la tauromaquia como Patrimonio Cultural Inmaterial. Foto: Shutterstock.
Mientras que en algunas regiones de España las corridas de toro ya están prohibidas, México alberga cinco estados que consideran la tauromaquia como Patrimonio Cultural Inmaterial. Foto: Shutterstock.

LA FIESTA BRAVA

En Finlandia, Inglaterra, Suecia, Austria, Bélgica, España y Canadá entre otros países, prohibieron usar a los animales para fines de espectáculos como circos o corridas de toros. En Cataluña se prohibieron desde el 2010 las corridas de toros y se convirtió en la primera comunidad de España en votar en contra de esta actividad por reconocer la crueldad que se practicaba contra los animales.

La plataforma de videos YouTube ha cancelado cuentas de usuarios que suben contenido relacionado con la tauromaquia al especificar que no se puede publicar material “con contenidos sobre actividades negativas como abusos a animales, consumo de drogas o fabricación de bombas”, por lo que cuando otros usuarios denuncian este tipo de videos, la plataforma multimedia se encarga de retirarlos.

El Distrito Federal que sostiene la bandera de ser una ciudad de “vanguardia”, aplazó la discusión para emitir un dictamen sobre la prohibición de corridas de toros en la capital. Bajo los argumentos de que no existían “condiciones necesarias” y señalamientos partidistas de ser un tema electoral para el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), el debate se pospuso hasta julio del 2015, lo cual permite que dé inicio otra temporada de corridas a finales de octubre en la Plaza de Toros México.

Guerrero: La ley de Bienestar Animal de Guerrero estableció prohibir el uso de animales en peleas de perros, corridas de toros, de novillos y becerros. De esta forma tampoco los caballos podrán ser usados para las “calandrias” que se veían en Acapulco. De violar las disposiciones estatales, se sancionará hasta con 360 días de  salario mínimo y 36 horas de arresto.

Sonora: Prohibió las corridas de toro por unanimidad en el Congreso estatal. El Artículo 8 estableció la erradicación de permisos, licencias u otra autorización para realizar corridas de toros, novillos y becerros. Sin embargo, pasó por largo las peleas de gallos y los jaripeos, argumentando que si cumplen los reglamentos establecidos por las autoridades municipales, serán permitidas.

La organización AnimaNaturalis señala que en México no se cumplen los Reglamentos Taurinos donde los toros que se utilizan no tienen más de 4 años como lo establece el Reglamento Taurino del Distrito Federal. “La tauromaquia en México equivale a corrupción, mentiras, prebendas y engaños”, aseguró en un comunicado.

Seis estados mexicanos declararon la fiesta taurina como Patrimonio Cultural Inmaterial entre los que están Zacatecas, Querétaro, Hidalgo, Aguascalientes, Guanajuato y Tlaxcala.

En Colima se prohibió los espectáculos que incluyen a animales, pero dejó fuera a su municipio Villa de Álvarez pues su plaza de toros es considerada Patrimonio Estatal.

En México está permitida la caza en áreas administradas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) donde puedes obtener una licencia para el aprovechamiento mediante la caza deportiva para personas físicas, mexicanas y extranjeras que residan en el país legalmente.

Algunos municipios en varios estados como Veracruz y Sinaloa prohíben las corridas de toro, pero es algo que se cumple únicamente en las localidades, ya que las leyes no son estatales.

La asociación AnimaNaturalis considera que a pesar que en muchos casos de maltrato animal se han impuesto sanciones “no adecuadas”, es un paso. Aunque “la realidad es que nuestro país necesita penalizar a nivel federal estos actos de crueldad y buscar sanciones más severas”, explica.

“A menos que las autoridades y legisladores no reflexionen sobre la trascendencia que tiene a nivel social esta violencia y entiendan que es necesario sancionarla con todo el peso de la ley, no será fácil acabar con ella”, añade.

CÓMO ACTUAR

En términos legislativos, Vanessa Calvillo de APASDEM opina que aunque muchas veces la ciudadanía llega a considerar que el tema de las leyes de protección a animales no es tan relevante, afirma que no se trata de un tema aislado en el ámbito de la violencia del país.

“Es una cuestión de responsabilidad y educación. La persona que no respeta a un animal o tiene conflictos con ellos, tendrá conflictos personales y con todo el mundo también. Las leyes de protección a los animales crea ciudadanos comprometidos con un deber ético, una educación y una responsabilidad. Parece que no son importantes estos aspectos de la violencia contra animales, pero que sí tienen relación como el tema del bullying”, aclara Calvillo Álvarez.

Por otra parte afirma que es muy fácil acercarse a asociaciones que existan cerca de las personas que busquen el bienestar de estos seres vivos, pues es una forma de dar inicio a los cambios legislativos de cada entidad.

“Un paso importante que se puede hacer es ejercer presión por parte de la sociedad organizada para solicitar una ley estatal, pues, si hoy tenemos una ley que protege a los animales en varios estados es por los años de trabajo de varios protectores que hicieron presión y lograron resultados”, ejemplifica la activista.

Al cuestionarle sobre qué es lo que hace falta en las legislaciones nacionales que protejan a los animales, lo expone de forma sencilla y clara: que se cumplan, que se verifiquen y que se sancionen.

Por otro lado, las denuncias son aún una forma de exponer cada vez más esta problemática en el país. Cada entidad tiene su instancia a la cual se puede acudir para realizar las denuncias de diferentes delitos contra la integridad física de los animales, según esté estipulado.

En el Distrito Federal existe la Línea Ciudadana contra el Maltrato animal: 5533-5533, también están los números de la Brigada de Vigilancia Animal a donde se puede denunciar vía telefónica a los siguientes números: TEL. (5255) 52-08-98-98 – 524 25100 Ext. 8823 y 8812 TEL. (5255) 5541 3961 y a través del correo electrónico: [email protected].

También la PAOT recibe denuncias vía telefónica (55) 5265 0780 – 5265 0790 o con un formulario en internet: http://www.paot.org.mx/contenidos/denuncias/Admin/formulario.php

En el Estado de México existe la Procuraduría de Protección al Medio Ambiente del estado, la única en su tipo del país y se pueden realizar las denuncias a través del los teléfonos (01722) 213 5456 y el correo [email protected].

Las denuncias de crueldad hacia la fauna silvestre a nivel federal (cuando se trata de circos, zoológicos, fauna marina, fauna terrestre) se pueden dirigir a la Profepa, vía telefónica Tel. (5255) 5449 6300 Ext. 16935 Tel. 01-800-770 33 72 y por correo: [email protected]

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) también recibe denuncias sobre negligencias médicas veterinarias y crueldad en el transporte de animales a el teléfono  01-800 77 03 372.

 

 

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