Ciudad de México, 26 de junio (SinEmbargo).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó no sancionar al Partido Verde Ecologista de México (PVEM) por haberse promovido durante la veda electoral en pantallas del Metrobús y en una radiodifusora de Guadalajara, y dejó pendiente el caso de la campaña en redes sociales a su favor realizada por actrices, cantantes y conductores de Televisa y TVAzteca.
Las quejas presentadas por la publicación de mensajes de apoyo al PVEM durante la jornada electoral por jugadores de la Selección Nacional, cantantes, actrices y conductores de Televisa y TV Azteca, quienes utilizaron sus cuentas oficiales de Twitter para apoyar al partido a través del hashtag #MéxicoVerde, quedaron pendientes de resolución.
En tanto, los magistrados de la Sala Especializada del TEPJF consideraron que el Partido Verde no era responsable de la transmisión de su publicidad durante la veda electoral en las pantallas del Metrobús, debido a que las empresas encargadas argumentaron que se trató de un error de programación.
En el primer asunto, marcado con el expediente PSC 179/2015, los magistrados de la Sala Especializada determinaron por unanimidad no sancionar al PVEM.
Sin embargo, sí se sancionará con 70 mil 100 pesos a la empresa Teleurban por haber transmitido los spots con propaganda del Verde durante los días de la veda electoral.
En el segundo caso, con expediente PSC 182/2015, los magistrados, también por unanimidad, determinaron que la transmisión de un programa de cinco minutos con propaganda del Verde en una estación radiofónica de Guadalajara no fue responsabilidad del partido, aunque sí de la concesionaria.
El PVEM fue sancionado por realizar durante el proceso electoral al menos 14 estrategias de propaganda consideradas como contrarias a la ley.
La primera de ellas fue la transmisión de 300 mil spots de supuestos informes legislativos que en realidad sirvieron para posicionar al PVEM frente al electorado, según lo resolvió la Sala Superior del TEPJF.
LO SANCIONAN POR USAR DATOS PERSONALES
Este día, el TEPJF informó que también sancionó al PVEM por vulnerar la confidencialidad de datos personales de siete ciudadanos. Lo anterior por utilizar dicha información sin su consentimiento para entregarles a domicilio boletos de cine y kits escolares.
Los magistrados determinaron que si bien se señaló que la mecánica para entregarlos consistió en recabar los nombres y domicilios de las personas que estaban interesadas en recibir información del PVEM no aportó ningún elemento que compruebe que las personas indicadas otorgaron su consentimiento.
El magistrado ponente Felipe de la Mata Pizaña destacó que cuando una persona, sin que conste su consentimiento, recibe cualquier tipo de elementos utilizando sus datos personales, se contravienen los principios constitucionales establecidos en los artículos 6 y 16 de la Constitución.
Ello toda vez que se vulnera el principio general de oposición y consentimiento de datos personales.
Por su parte, la magistrada Gabriela Villafuerte Coello dijo que la propaganda electoral puede llegar al domicilio de los ciudadanos sólo si hay un consentimiento para que el o los partidos políticos se la envíen, de lo contrario habría una afectación a su intimidad.
Finalmente el magistrado presidente Clicerio Coello Garcés precisó que en la acción comunicativa de los partidos políticos deben preservarse los datos personales de los ciudadanos para evitar una afectación indebida a su esfera de derechos, ya que las bases de los datos personales deben integrarse con el consentimiento de éstos.
-Con información de Notimex