Abogados denuncian discriminación en caso de joven acusado de matar a su pareja en el DF

26/10/2014 - 12:00 am
Óscar Siordia cumple una condena de 27 años. Foto: Especial
Óscar Siordia cumple una condena de 27 años. Foto: Especial

Ciudad de México, 26 de octubre (SinEmbargo).– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) presentó en el mes de agosto el Protocolo de Actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren la orientación sexual o la identidad de género, y éste podría ser aplicado en el caso de Óscar Manuel Ramírez Siordia, un joven de 28 años que cumple una sentencia de 27 años y seis meses de prisión por su presunta responsabilidad en el delito de homicidio calificado, sin embargo, sus defensores aseguran que dicho cargo le fue imputado por discriminación por su orientación sexual.

El 7 de julio de 2010, Oscar halló el cuerpo de su ex pareja tendido en el piso de su recámara en un departamento de la colonia Nápoles. Tras notificar los hechos a la policía y a los familiares del occiso, fue trasladado al Ministerio Público en calidad de testigo, sin embargo, después fue remitido por su presunta culpabilidad en el crimen.

De acuerdo con Alejandro Brito Lemus, director de la asociación civil Letra S, Sida, Cultura y Vida Cotidiana, las autoridades alegaron que las declaraciones de Óscar fueron contradictorias, sin embargo, para los impartidores de justicia, la contradicción es “decir que se es gay, pero que va a salir a ver a una amiga”. Esta acción “es una mirada muy prejuiciosa, el hecho de que un hombre no pueda ver a una mujer”, acusó.

Cuando Óscar halló el cuerpo de su pareja, entró en shock y comenzó a decir “lo sabía, lo sabía”, refiriéndose a una denuncia que escuchó a través de las noticias sobre un modus operandi en contra de la población homosexual, que consistía en que un hombre gay mayor conoce a otro joven por Internet, en la calle, o en un chat y se lo lleva a su casa tras un acuerdo para tener relaciones sexuales, con fines comerciales o no y amanecen muertos.

Óscar estuvo en la casa de su pareja el día que lo asesinaron, sin embargo, llegó Noé, y decidió dejarlos solos, pero se fue con la incertidumbre de que le pudiera pasar lo que escuchó en medios.

Brito Lemus aseguró que los policías del Distrito Federal, en lugar de tomar esta declaración como una línea de investigación, aseguraron que Óscar se inculpó.

Óscar fue encarcelado y días después se detuvo a Noé, de 19 años, quien en su declaración confesó haber tenido una cita con la víctima para sostener relaciones sexuales a cambio de un pago. En su declaración, Noé confirma que Óscar salió del departamento poco tiempo después de haber llegado. Ya estando solo con la víctima, Noé decidió no cumplir con el acuerdo. Lo golpeo y sometió físicamente para dejarlo tendido en el suelo y llevarse una laptop y un celular.

A pesar de que Noé confesó su culpabilidad y reconoció haber actuado sólo, Óscar permanece en situación de reclusión.

En enero de 2012, la juez 49 Penal en el Distrito Federal determinó que Oscar y Noé eran culpables de homicidio calificado (cometido con ventaja y traición) con base a estudios periciales mal elaborados y sin cadena de custodia, así como interpretaciones indebidas de la necropsia.

Se determinó el agravante de traición, ya que ambos, según la juez, quebrantaron la confianza de la víctima, y los motivos que los llevaron a trasgredir la norma penal, “el único dato que se tiene” es que fue de “carácter pasional”.

El director de Letra S Sida, Cultura y Vida Cotidiana denunció que “la aplicación de la justicia y las investigaciones que se hacen sobre algunos crímenes, en particular de homicidios, están hechas de una manera precaria, con muchas irregularidades”.

Luego de la detención de Noé, quien confesó el delito, Alejandro Brito considera que las autoridades pudieron establecer como resuelto el caso, y decir, “nos equivocamos con Óscar y retiramos los cargos”, pero esto no ocurrió.

“Lo que hacen es cuadrarlos. En lugar de pedir disculpas, inculparon a un inocente porque ‘ellos no se equivocan, en sus investigaciones no tienen errores’ y lo que deciden es armar una historia de crimen pasional, en el que presuntamente ambos se pusieron de acuerdo para asesinar a la víctima”.

Cuando mataron a la víctima, Óscar estaba en casa de sus papás con su hermano, mismos que testificaron su presencia, además de que hay pruebas de llamadas que realizó el joven y envió correos que podrían funcionar como pruebas, pero no. “El Ministerio Público y fiscales encuadraron el caso y armaron la historia de crimen pasional”, explicó.

DISCRIMINACIÓN EN EL CASO

Alejandro Brito aseguró que la Juez hizo una valoración en la que dice “como no se encuentra otro motivo evidente de por qué cometieron este ilícito ambos jóvenes, se concluye que fue por crimen pasional”.

“Es una valoración subjetiva la que hace, es evidente que no hay razón para que éstos jóvenes se hayan puesto de acuerdo para asesinar. Hay un solo asesino. Que quede muy claro. Y como no encuentran justificación, inventan que fue por razones pasionales”.

El otro punto por el que el proceso fue considerado como discriminatorio es que la Juez no tomó en cuenta la relación que tenía Óscar con su pareja, que ésta ya era de concubinato, vivieron juntos por más de cinco años en una relación estable.

“Nosotros consideramos que si la relación hubiera sido entre un hombre y una mujer, el tratamiento al proceso en los ministerios públicos hubiera sido diferentes, sin embargo, al ser una relación de dos hombres, todo lo valoraron a partir de prejuicios”.

Su representante legal interpone un recurso de apelación en contra de la sentencia, el cual es rechazado por el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Ante el proceso, en julio de este año se presentó una demanda de amparo directo por violaciones a los derechos constitucionales a un debido proceso, a la no discriminación y al principio de igualdad en función de su orientación sexual. violándose los artículos 1, 14, 17 y 20 de la Constitución. Se otorgó el amparo 415/2014, el cual cayó en el Quinto Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Penal. En dicho documento se considera que hubo una valoración indebida de las pruebas, ilegal admisión de dictámenes periciales y discriminación y violación al principio de igualdad en razón de la orientación sexual.

Las organizaciones e instituciones acompañantes de Oscar consideraron que se trata de un caso emblemático que debe ser valorado en función del Protocolo que publicó la SCJN, por ello es que consideran necesario que sea atraído por la Corte.

Este Protocolo de la SCJN es una herramienta de apoyo para las y los juzgadores, en donde se da una serie de recomendaciones para cumplir con los mandatos constitucionales en materia de derechos humanos para evitar que la aplicación imparcial de la justicia se vea obstruida por los prejuicios de carácter homofóbico en los procesos judiciales. El caso de Óscar sería el primero que se valore en el marco de este Protocolo.

El documento de la Suprema Corte indica que la orientación sexual y la identidad de generó son características que conforman algunos de los aspectos más esenciales de la vida de una persona. A pesar de ello, a lo largo de la historia ambas han sido motivo para llevar a cabo actos de discriminación y otras violaciones a los derechos humanos. El protocolo busca auxiliar a los y las juzgadoras en torno a la resolución de asuntos en los que se afecten los derechos de las personas por tales motivos.

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