Policías, agentes y cárceles del DF, responsables de torturar a 95 personas: CDHDF

28/11/2014 - 12:02 am
La CNDH Foto: Notimex
La CDHDF emitió recomendaciones a la SSPDF, PGJDF y cárceles del DF por torturas cometidas a 95 personas. Foto: Notimex

Ciudad de México, 28 de noviembre (SinEmbargo).– Sara y Mario fueron detenidos la mañana del 15 de junio de 2009, dentro de su casa, por agentes de la Policía Preventiva capitalina, luego de que una persona dijera a los policías que había escapado de ese domicilio, donde supuestamente se encontraba secuestrado. Junto con ellos fue detenida una tercera persona.

Los policías tiraron al piso a Mario y a la otra persona, y uno de los policías tocó los senos de Sara. Para no llevarlos detenidos, los policías les pidieron dinero, pero los otros no se lo dieron.

Simultáneamente, un policía fue detenido por su jefe inmediato debido a que otras personas lo habían señalado como participante del supuesto secuestro.

Los cuatro fueron llevados a la Dirección Ejecutiva Región IV “Oriente” de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSPDF) y presentados ante los medios de comunicación.

Ahí también a la tercera persona detenida le sumergieron la cabeza en una cisterna con agua sucia, y le bajaron el pantalón y la ropa interior para colocarle una pistola en el ano.

Posteriormente, los cuatro fueron llevado a la Fiscalía Especial de Investigación para Secuestros de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) por su probable participación en un secuestro.

En ese lugar, los cuatro fueron agredidos físicamente: a Sara la tiraron al piso, le esposaron las manos hacia atrás y la patearon en las piernas; se subieron sobre su espalda y le jalaron al mismo tiempo la cabeza y las manos, le colocaron una bolsa de plástico en la cabeza y así se la sumergieron en agua. La desnudaron y un policía metió uno de sus dedos en su vagina cuestionándola sobre su participación en el secuestro. La colocaron de rodillas y cuando se movía, la golpeaban en las piernas y el área genital.

A Mario y la otra persona los golpearon en el tórax con los puños y en las piernas con patadas; los arrodillaron mientras les colocaban una rodilla sobre la espalda, les jalaban los brazos y metían sus cabezas entre sus piernas. También les colocaron bolsas de plástico en la cara, les aventaron agua en el rostro, los golpeaban en la cara cuando eran interrogados.

Al policía le golpearon en los oídos, diciéndole que era para que sintiera lo que había sentido la víctima del secuestro. Además, le colocaron una franela en la boca y le echaron agua en el rostro mientras lo recostaban en una silla; lo golpearon en el tórax y el abdomen, sacándole el aire mientras le colocaban una bolsa en la cabeza.

Sara rindió su declaración ministerial sin ninguna asistencia; se inculpó del delito que le imputaban. Las constancias ministeriales de Mario y la otra persona fueron firmadas por un defensor de oficio, mientras que el policía declaró supuestamente asistido por el mismo defensor. Él negó la acusación que se le hacía.

Después de todo ello, nuevamente fueron exhibidos ante los medios de comunicación como presuntos secuestradores.

Perla Gómez, la Ombudsman capitalina. Foto: Francisco Cañedo, SinEmbargo
Perla Gómez, la Ombudsman capitalina. Foto: Francisco Cañedo, SinEmbargo

Este es sólo uno de los 47 casos de tortura cometida por servidores públicos que la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) recopiló como parte de la recomendación 14/2014, emitida ayer. Los casos documentados involucran a 95 personas –79 hombres y 16 mujeres– que fueron víctimas de tortura por servidores públicos de la PGJDF, SSPDF y de la Secretaría de Gobierno capitalina, a través de la Subsecretaría del Sistema Penitenciario.

La CDHDF concluyó que en muchos de esos casos el propósito del sufrimiento físico y psicológico fue para que las víctimas admitieran su participación en los delitos que se les imputaban.

Los 65 expedientes que forman los 47 casos revisados, se refieren a quejas presentadas ante la CDHDF entre 2008 y 2013.

La Comisión también acreditó que en varios casos se cometieron detenciones ilegales o arbitrarias. Al respecto, señaló que en muchas ocasiones las personas son privadas de su libertad mediante supuestas órdenes de localización y presentación, no obstante que dicho precepto no establece que una persona puede ser detenida, pues su fin es sólo que comparezca.

Adicionalmente, en el Distrito Federal existe la Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito Federal, una norma que establece cómo deben hacerse las detenciones.

De acuerdo con dicha ley, al realizarse una aprehensión, el agente debe identificarse, cerciorarse de que la persona detenida es aquella a la que se refiere la orden, mostrarle a la persona la orden de detención y comunicarle las razones de su detención, informarle ante qué autoridad será puesta a disposición, informarle a los familiares (si están presentes) a dónde será llevado el detenido y solicitarles que le acompañen y trasladar sin demora a la persona con la autoridad competente.

No obstante, la CDHDF detectó que en casi una veintena de casos, que involucraron a casi 50 personas, se cometieron detenciones arbitrarias o no fueron presentadas de manera inmediata ante la autoridad que ordenó su localización y presentación.

Uno de esos casos fue el de Mario e Israel, quienes fueron detenidos poco después del mediodía del 5 de octubre de 2011 por cuatro agentes de la Policía de Investigación y uno de la PGJDF, porque el vehículo en el que viajaban tenía reporte de robo.

Tras la detención, fueron llevados en dos patrullas al estacionamiento de un restaurante de comida rápida ubicado en Eje 10 Sur. Estando dentro de las patrullas fueron golpeados por los policías en diversa partes del cuerpo y les pusieron bolsas de plástico en la cabeza, para que dijeran quién les había vendido el automóvil y aceptaran que habían cometido varios robos de vehículos en la zona de Ciudad Universitaria.

Uno de los policías, además, introdujo su arma en sus bocas.

Los hombres no fueron trasladados de inmediato a la Agencia Central de Investigaciones de la PGJDF, sino hasta la madrugada del día siguiente, por lo que la CDHDF considera que su detención fue ilegal.

Además, previamente Mario fue llevado a la delegación Xochimilco para que indicara el domicilio de Irving, a quien los policías detuvieron esa noche, sin una orden fundada y emitida por una autoridad competente.

Al ser trasladados a la Agencia Central de Investigación de la PGJDF -hasta las 00:52 horas del día 6 de octubre-, los tres detenidos fueron golpeados para que aceptaran haberse robado varios vehículos en Ciudad Universitaria.

Un cuarto hombre, familiar de Irving, fue detenido también cuando se presentó a la Agencia Central de Investigación para preguntar por la detención de Irving. A él lo golpearon en las costillas y lo jalaron del cabello para que aceptara que formaba parte de la banda delincuencial a la que supuestamente pertenecía el resto.

A ninguno de los detenidos se le permitió realizar una llamada telefónica para informar a sus familiares sobre su condición e hicieron su declaración supuestamente asistidos por un defensor de oficio. Los cuatro se inculparon del delito de robo de vehículos.

Ante los medios de comunicación fueron presentados como una presunta banda de secuestradores exprés y robacoches.

La recomendación de la CDHDF, dirigida a la SSPDF, la PGJDF, la Secretaría de Gobierno del Distrito Federal, la Consejería Jurídica y de Servicios Legales y el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (como autoridad colaboradora), también apuntó que hubo violaciones al debido proceso, particularmente al derecho a contar con una defensa adecuada, así como al derecho a la presunción de inocencia.

En los casos que involucran a mujeres, la CDHDF documentó además actos de violencia sexual. Al respecto, el organismo defensor de los derechos humanos señala que dichos actos “tienen un impacto directo sobre la intimidad y la dignidad de las personas. Es decir, que la violencia sexual como método de tortura constituye un acto pluriofensivo de derechos fundamentales”.

La recomendación también se refiere a tres casos que involucran a menores de edad. Al respecto, la CDHDF apunta: “Este organismo de derechos humanos considera que se vulneró el derecho del niño, niña y adolescente frente a procesos de procuración de justicia”.

El 7 de julio de 2011, un adolescente de 16 años de edad fue detenido junto con su madre afuera del local comercial donde ella laboraba.

Ambos fueron trasladados a la Fiscalía Antisecuestros de la PGJDF, en donde el adolescente fue aislado en una oficina. Ahí, un agente lo lanzó contra la pared y posteriormente comenzó a golpearlo mientras lo cuestionaba sobre su supuesta participación en una serie de secuestros. El agente tomó al menor de los cabellos y comenzó a zaradearlo, luego entre varios le cubrieron el rostro con una playera, lo tiraron al piso y comenzaron a golpearlo en la cabeza.

Posteriormente, los agentes se pararon sobre la espalda del chico y le dieron una patada en el estómago, que le sacó el aire. Luego, fue trasladado a otra oficina, donde le dieron golpes en la cabeza con la mano abierta.

La Ley de Justicia para Adolescentes del Distrito Federal señala que todo adolescente que entre en contacto con las instituciones de procuración e impartición de justicia tendrá derecho a ser tratado con dignidad y respeto, y ser considerado inocente hasta que no se demuestre su responsabilidad en hechos delictivos.

Entre los puntos recomendatorios emitidos a las autoridades se plantea iniciar procedimientos de responsabilidad penal y administrativa contra los servidores públicos responsables, además de indemnización y rehabilitación psicológica para las víctimas.

La PGJDF, la SSPDF, la Consejería Jurídica y el Tribunal tienen un plazo de 15 días hábiles para responder si aceptan la recomendación.

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