Corte IDH encuentra culpable a Perú. Foto: EFE

CorteIDH condena a Guatemala por muerte de mujer diabética en prisión

29/10/2016 - 2:47 am

La defensa de María Inés Chinchilla había buscado su libertad anticipada en cuatro ocasiones por  “redención de penas extraordinaria” y “por enfermedad terminal”.

Corte IDH encuentra culpable a Perú. Foto: EFE
Corte IDH encuentra culpable a Perú. Foto: EFE

San José, 28 de octubre (EFE).- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) publicó hoy una sentencia en la que señala al Estado de Guatemala como culpable por no garantizar el derecho a la vida de María Inés Chinchilla Sandoval, una mujer diabética que murió en prisión en 2004, sin la adecuada atención médica.

“El Estado guatemalteco incumplió con la obligación de garantizar los derechos a la vida, integridad personal y acceso a la justicia de María Inés Chinchilla Sandoval, quien se encontraba privada de libertad cumpliendo una condena”, indicó hoy la CorteIDH en un comunicado.

La Corte reiteró en su fallo “la obligación de los Estados de garantizar la vida e integridad personal de las personas privadas de libertad, en el marco de lo cual deben salvaguardar su salud física y mental, en particular respecto de quien padece enfermedades graves o crónicas”.

En el caso de Chinchilla, los jueces determinaron que “el Estado no mantuvo un registro de su estado de salud y tratamientos desde su ingreso al centro de detención, no consta que le fuera proporcionada alimentación y medicamentos debidos, ni hubo una supervisión médica dirigida al tratamiento de sus enfermedades y de su discapacidad”.

Chinchilla fue condenada a 30 años de cárcel en 1995, su salud fue deteriorándose progresivamente y se detectó un conjunto de enfermedades, principalmente diabetes.

Debido a su padecimiento, la mujer sufrió la amputación de una de sus piernas y una disminución en su vista, lo cual le generó una discapacidad física y sensorial.

Chinchilla solicitó cuatro veces su libertad anticipada, pero no lo consiguió, y murió el 25 de mayo de 2004.

La CorteIDH señaló que los Estados deben garantizar condiciones de accesibilidad a las personas con discapacidad que se vean privadas de su libertad, de conformidad con el principio de no discriminación.

En el caso de Chinchilla, “los ajustes realizados a su celda no resultaron suficientes, no existía una infraestructura adecuada, ni tampoco se daban facilidades de accesibilidad y disponibilidad para atender a sus citas médicas en hospitales”, dijo la Corte.

Los jueces ordenaron al Estado adoptar medidas de reparación, como capacitar en derechos humanos a las autoridades que tengan relación con las personas privadas de libertad , así como pagar una indemnización a la familia de la víctima por concepto de daño inmaterial y material.

La CorteIDH, con sede en Costa Rica, es parte de la Organización de Estados Americanos (OEA) y sus resoluciones son de acatamiento obligatorio para las los Estados miembros.

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