AMLO asegura que Rocío Nahle no está limitada para pelear por el Gobierno de Veracruz

01/02/2023 - 1:45 pm

El Presidente expresó su confusión ante el fallo de la SCJN que limitaba a la titular de la Sener para ser candidata a Gobernadora de Veracruz al no ser originaria de dicho estado.

Ciudad de México, 1 de febrero (SinEmbargo).- El Presidente Andrés Manuel López Obrador aseguró que la titular de la Secretaría de Energía (Sener), Rocío Nahle, no está limitada por la Ley, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidara su intención para contender por la gubernatura de Veracruz.

“Yo no entiendo bien cómo está esa resolución. Yo creo que no la limita. Yo recuerdo, creo que el Artículo 11 de la Constitución del estado, establece que para ser Gobernador de Veracruz se necesita ser veracruzano o hijo de veracruzano, por ejemplo yo puedo”, dijo el mandatario durante la conferencia matutina de este miércoles.

También explicó que, entre los requisitos para ser candidato o candidata a la gubernatura de Veracruz, también cabe la residencia, hecho que la titular de la Sener ha cumplido, pues ha sido Diputada federal por el distrito de Coatzacoalcos y Senadora por dicho estado, aunque con licencia porque está “ayudando” en la Secretaría.

Además, destacó el triunfo de Nahle durante las elecciones de 2018, donde fue electa Senadora, ya que “cepilló” con un millón 800 mil votos en contra de Julen Rementería del Puerto (Partido Acción Nacional) para contender por el mismo cargo.

Este martes, la SCJN invalidó la llamada “Ley Nahle” que permitía, hasta ese día, competir por cargos de elección popular en el estado de Veracruz a quien no nació en la entidad, pero que sí tuviera al menos un hijo o una hija nativo del estado.

Por medio de un comunicado de prensa, el pleno de la Suprema Corte dio a conocer que “como resultado del análisis de las impugnaciones” que interpusieron el PAN y el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra del Decreto 240 (publicado el 11 de agosto de 2022), mediante el cual se adicionó la fracción III del Artículo 11 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, “invalidó la porción normativa con hijos veracruzanos o de dicho precepto, relativa a un supuesto para ser considerada como persona nativa de esa entidad”.

“A través de dicha fracción se adicionaron nuevos supuestos para ser considerado como veracruzano, consistentes en ser mexicano nacido fuera del territorio del estado, con hijos veracruzanos o con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano”, se lee en el documento.

El pleno de la SCJN precisó también que la invalidación de la normativa se dio al considerar que “el legislador local introdujo un supuesto adicional para ser considerado como nativo de la entidad y que hubiera podido incidir en los requisitos que es necesario cumplir para acceder a la gubernatura, lo cual resultaba violatorio de lo dispuesto en el Artículo 116, fracción I, último párrafo, de la Constitución Federal”, en el que se prevé que “sólo podrá ser Gobernador constitucional de un estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él, o con residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de los comicios”.

La decisión de invalidez del Tribunal Constitucional se limita a la porción normativa “con hijos veracruzanos o”, por lo que el supuesto deberá leerse de la manera siguiente: Artículo 11. Son veracruzanos: … III. Las o los mexicanos nacidos fuera del territorio del estado, con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano.

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