México

A Jorge lo detuvieron por acosar sexualmente a estudiantes de la UNAM. Hoy lo dejaron libre

04/02/2020 - 5:27 pm

De acuerdo con la denuncia en su contra, el pasado fin de semana, Jorge Daniel “N” fue sorprendido por una estudiante de la Facultad de Ciencias de la UNAM cuando intentaba grabarla mientras ella usaba uno de los sanitarios de la universidad.

Ciudad de México, 4 de febrero (SinEmbargo).- Jorge Daniel “N”, alumno de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), se convirtió en el primer vinculado a proceso por acoso sexual digital desde que entró en vigor la Ley Olimpia en la Ciudad de México luego de que fuera sorprendido grabando a sus compañeras en un baño de mujeres de la Facultad de Ciencias.

De acuerdo con la denuncia en su contra, el pasado fin de semana el imputado fue sorprendido por una estudiante de dicha facultad cuando intentaba grabarla mientras ella usaba uno de los sanitarios de la universidad.

Al percatarse de la presencia de este sujeto la joven gritó para pedir ayuda, por lo que personal de seguridad de la UNAM acudió al llamado y logró detener a Jorge Daniel.

Posteriormente, el señalado fue entregado a policías de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) capitalina, quienes lo pusieron a disposición de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Sexuales.

Durante la audiencia inicial en contra de Jorge “N”, un Juez calificó como legal su detención y le impuso como medida cautelar la presentación periódica, así como la prohibición para acercarse a la víctima.

El juzgador fijó un plazo de dos meses para que se cierre la investigación complementaria por los hechos que se le imputan.

LEY OLIMPIA 

En diciembre pasado, el Congreso de la Ciudad de México aprobó la “Ley Olimpia” en la Ciudad de México, con 56 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones en presencia de grupos feministas y de la autora de la iniciativa, Olimpia Coral Melo.

Después de tres años de buscar una respuesta, la violencia digital será sancionada con penas de cuatro a seis años de prisión y una multa de 42 mil 245 a 84 mil 490 pesos.

El castigo será impuesto a quién grabe, exponga, distribuya, difunda, exhiba, reproduzca, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona sin consentimiento mediante cualquier medio tecnológico.

La pena se agravará cuando exista un vínculo entre la víctima y el agresor, ya sea si mantienen una relación de matrimonio, concubinato, noviazgo o cualquier otra relación sentimental o educativo, así como laboral.

La Ley Olimpia ya está aprobada en 13 estados de la República: Guerrero, Puebla, Baja California Sur, Nuevo León, Querétaro, Guanajuato, Oaxaca, Chiapas, Estado de México, Coahuila, Yucatán, Veracruz y Zacatecas.

El pasado 27 de noviembre, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la denominada “Ley Olimpia”, con la que se incorpora el término “violencia digital” a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

en Sinembargo al Aire

Opinión

Opinión en video