México

Decisión en suspenso

Ocho de 11 ministros van por la no criminalización del aborto en Coahuila

06/09/2021 - 2:27 pm

La Suprema Corte de Justicia de la Nación discutió el día de hoy sobre dos artículos del Código Penal de Coahuila que criminaliza a las mujeres que deciden interrumpir su embarazo.

Ciudad de México, 6 de septiembre (SinEmbargo).– La discusión sobre la criminalización de aborto continuará el día de mañana en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pero en la primera sesión, ocho ministros se pronunciaron a favor de declarar inconstitucional el artículo 196 que castiga a las mujeres quienes deciden abortar en el Estado de Coahuila.

El día de mañana hablarán tres ministros más y se hará otra ronda de posicionamientos, pero hasta el momento, los argumentos de las y los ministros van en el sentido de otorgar todos los derechos a las mujeres y personas gestantes que decidan abortar, sea cual sea el motivo.

El aborto está despenalizado en cuatro de los 32 estados del país: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.

Con al menos ocho votos a favor del proyecto se declararía la invalidez del artículo 196 que criminaliza a quienes deciden abortar en el estado de Coahuila, la Corte lo que puso sobre la mesa es la discusión sobre si es o no constitucional sancionar con pena de prisión a la mujer que decide voluntariamente interrumpir su embarazo.

El proyecto, realizado por el Ministro Luis María Aguilar, señala que el derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo es el resultado de una combinación de derechos y principios asociados a la libertad de decidir y escoger libremente las opciones y circunstancias que le dan sentido a su existencia, conforme a sus convicciones.

De acuerdo con el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), los artículos 195 y 196 del Código Penal de Coahuila atentan contra los derechos de autonomía y libertad reproductiva de las mujeres al impedir la interrupción del embarazo durante la primera etapa de la gestación y además por lo estipulado en el el artículo 224 en donde se dicta una penalidad menor para el delito de violación entre parejas que para el delito de violación en general.

Fue la entonces Procuraduría General de la República (PGR, hoy Fiscalía), la que desde 2017 promovió la acción de inconstitucionalidad al considerar que se vulneran los derechos de autonomía y libertad reproductiva de las mujeres.

Para la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, el número de mujeres que se enfrenta a la problemática de abortar será siempre una incógnita, pero lo que es tangible es el riesgo que tienen de morir o de tener consecuencias permanentes en su cuerpo solo por no tener atención médica, que se deriva de la criminalización de ese derecho.

“Despenalizar el aborto voluntario no implica fomentar su práctica, sólo conlleva a no criminalizar a la mujer que así lo decida […] No debe tolerarse estigmatizar a una mujer por decidir interrumpir su embarazo como ejercicio pleno de la libertad humana. En México las mujeres sufren de limitaciones y abusos, desapariciones y feminicidios y disparidad laboral, que sea la voz este alto tribunal la que a través de la sentencia defienda los derechos de las mujeres”, agregó en su participación.

El Ministro Presidente, Arturo Zaldívar, dijo que la Corte debe estar a favor de que la vida de las mujeres sea una vida en la que se respete su dignidad, en la que puedan ejercer con plenitud sus derechos, en la que estén exentas de violencia y en las que puedan autodeterminar su destino.

Añadió que el aborto debe abordarse desde una perspectiva de derechos, especialmente sensible por las consecuencias dramáticas que genera la penalización, sobre todo en la vida de las mujeres forzadas a un embarazo no deseado y sobre todo las que se encuentran en situación de vulnerabilidad.

“Condenar a las mujeres a la cárcel, a la clandestinidad, a poner en riesgo su salud y vida, no solo es profundamente injusto sino abiertamente inconstitucional […] Como tribunal se nos presenta la oportunidad de defender los derechos de las mujeres y de contribuir a la construcción de una sociedad más justa en la que todas las personas seamos iguales en dignidad y derechos. Nos toca decidir si es constitucional castigar con pena de prisión a una mujer que decide interrumpir su embarazo en determinadas circunstancias, lo que exige considerar cuidadosamente todos los derechos y principios en juego”, dijo Zaldívar.

En esa misma participación asentó que el Estado no puede criminalizar la ni obstaculizar el ejercicio del aborto, sino que tiene la obligación de adoptar aquellas medidas para que las personas tengan acceso a la interrupción del embarazo, en condiciones dignas e igualitarias.

Enfatizó en que su postura es en contra de la regulación del aborto que estipula el proyecto de Luis María Aguilar: “la solución que se propone se queda a medio camino, debe invalidarse en su totalidad el capítulo que regular el aborto en Coahuila, pues configura un esquema normativo que parte de la base de que toda interrupción del embarazo es un delito y únicamente establece algunos supuestos en los que no se impondrán penas a esa conducta, lo que criminaliza la interrupción del embarazo en su totalidad. No puede ser el ejercicio de un derecho humano y al mismo tiempo ser un delito. Proyecta un mensaje estigmatizante y discriminatorio contra las mujeres que las reduce a un instrumento de reproducción”.

El Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, se posicionó respecto a la temporalidad, al decir que no existe nada que diga que el aborto deba ceñirse a 12 semanas; el Ministro Javier Laynes Potisek comentó que no se le puede otorgar protección jurídica a un cigoto, porque no es una persona. Alberto Pérez Dayán señaló que el derecho de las mujeres a decidir se basa también en otros derechos como la autonomía y la salud y que al Estado le corresponde garantizar vida digna, derecho a la salud, para garantizar el derecho al libre desarrollo a la personalidad.

Por último, la Ministra Norma Lucía Piña Hernández, dijo que las mujeres históricamente han sido privadas de las mismas oportunidades de desarrollo que los hombres, con roles asignados al género, con la crianza y la vida doméstica, por lo que la inconstitucionalidad sería un aspecto favorable para la vida de las mujeres.

Agregó que equiparar el embrión con una persona solo puede hacerse a partir de creencias que no son compartidas por todos ni pueden ser usadas por el estado para limitar los derechos de las personas sin violar el carácter laico de la República, que además es un principio establecido en la Constitución.

“Es la corrección de la prohibición absoluta del aborto libre. No la conveniencia de una política pública en función de sus consecuencias sociales. El legislador puede hablar de las consecuencias sociales, pero a los jueces no nos corresponde valuar las normas con base en las consecuencias”, sostuvo.

“Este tipo de normas lo que castiga es la conducta sexual de la mujer. En violación, aun sea embrión o feto no se limita porque la mujer tiene carácter de víctima, pero cuando otorga consentimiento no le permite abortar en ningún tiempo. Ahí está referida a la conducta sexual de la mujer”, concluyó Piña Hernández.

El proyecto que se discutió hoy en la SCJN y que seguirá el día de mañana, derivado de una impugnación que la extinta Procuraduría General de la República (PGR) hizo contra el Código Penal de Coahuila en 2017, declara inconstitucional la criminalización de las mujeres que abortan y la del personal sanitario que la asiste con consentimiento.

“El vicio de inconstitucionalidad se traduce en que la disposición califica el actuar de la mujer como un crimen, con las consecuencias inherentes a tal configuración legislativa. Esto contribuye negativamente al pleno despliegue del derecho a elegir”, propone el proyecto del Ministro Luis María Aguilar.

LAS PROTESTAS AFUERA DE LA SCJN

La decisión de la SCJN sólo invalidaría el código penal del estado de Coahuila, pero si ocho de los 11 ministros del pleno votan por el proyecto, se sentaría un precedente que obligaría a los jueces del resto de los estados a fallar a favor de las mujeres. Por ello, los grupos que están en contra del aborto temen de sus posibles implicaciones.

Afuera de la Corte, Grupos conservadores mexicanos protestan con rezos frente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que este lunes debatió un histórico proyecto que considera inconstitucional la penalización del aborto en la primera etapa del embarazo.

Con pañuelos celeste con la leyenda “salvemos las dos vidas”, imágenes religiosas y rosarios, los manifestantes pidieron a la Suprema Corte que no avale ese fallo ni otro que puede declarar inconstitucional las legislaciones de los estados que reconocen la vida humana “desde la concepción”.

La iglesia Católica mexicana también se pronunció al respecto el día de ayer. En su semanario Desde la Fe alertó sobre que sendos proyectos de sentencia son “sobre acciones de inconstitucionalidad que tienen que ver con la protección a la vida humana”. Exhortó a los ministros de la SCJN para que realizaran un análisis de calidad en materia de derechos humanos sobre estos proyectos, y decidan en favor de todos los seres humanos”.

Daniela Barragán
Es periodista por la UNAM, con especialidad en política por la Carlos Septién. Los últimos años los ha dedicado al periodismo de datos, con énfasis en temas de pobreza, desigualdad, transparencia y género.
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