Mundo
ElDiario.es

Mujeres mueren o van prisión en la pandemia, por aborto. América Latina frenó la despenalización

10/07/2020 - 6:18 pm

Durante el periodo de cuarentena en Argentina han fallecido al menos dos mujeres por someterse a abortos inseguros y precarios. Otras tres han sido arrestada.

 Por Víctor David López

Ciudad de México, 10 de julio (ElDiario.es).– Argentina, una de las grandes esperanza del movimiento por la despenalización del aborto en América Latina, vio a principios de marzo cómo se quedaba bloqueada la presentación del proyecto de ley prometido por el presidente de la nación, Alberto Fernández. Con la situación actual, las mujeres argentinas que desean interrumpir la gestación continúan poniendo en juego su vida.

La última que la perdió fue B. Tenía 41 años y ya era madre. La hospitalizaron el 19 de mayo con una fuerte hemorragia y fiebre alta en el Hospital Materno Infantil Teresa Germani, en Gregorio de Laferrere (La Matanza, provincia de Buenos Aires). Había entrado ya en paro cardíaco cuando fue derivada a otra unidad médica, en la localidad de González Catán. Durante el periodo de cuarentena por la COVID-19 en Argentina han fallecido al menos dos mujeres por realizarse abortos en condiciones inseguras y precarias. Otras tres han sido arrestadas en virtud del estricto Código Penal del país –legislación que el movimiento del pañuelo verde quiere doblegar–.

“Desde que llegó el cambio de signo político a Argentina y asumió la presidencia de la República Alberto Fernández, presionamos para que la despenalización del aborto fuera tratada como una emergencia nacional más, igual que el hambre”, explica para ElDiario.es Laura Salomé, de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito.

La entidad no ha tenido todavía acceso al texto que propondrá el Ejecutivo de Alberto Fernández y Cristina Fernández de Kirchner (vicepresidenta y presidenta del Senado), reconoce Salomé, pero confían en que sea similar al proyecto de ley de la Campaña, que ya incluye las modificaciones que se aplicaron en la Cámara de Diputados en 2018. Si se aprueban los cambios que se solicitan, el país se acercaría, al menos en parte, a Cuba, a Uruguay y a Europa, y se alejaría de la clandestinidad.

Argentina, una de las grandes esperanza del movimiento por la despenalización del aborto en América Latina, vio a principios de marzo cómo se quedaba bloqueada la presentación del proyecto de ley prometido por el presidente de la nación. Foto: AP.

OAXACA

Las jóvenes argentinas continúan en la actualidad el legado de sus antecesoras, que estuvieron en la vanguardia del feminismo desde hace décadas. Tanto es así, que su ejemplo ha cruzado las fronteras de la zona de norte a sur. Julia Escalante de Haro, coordinadora del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (CLADEM), cuenta desde México que antes “se trataba de incidir en las legislaturas de manera sigilosa”. “Como tratando que la derecha no se diera cuenta de lo que estábamos haciendo para que no hubiera reacciones en contra”. Ahora la lucha está a otro nivel: “Lo que demostró el movimiento argentino es que también con la rabia se transforma”.

Aunque quedan otras muchas cuentas pendientes en América Latina –comenzando por la amenaza a los derechos de la mujer que supone la rigidez en El Salvador, República Dominicana, Honduras, Guatemala y Nicaragua, entre otros– el movimiento feminista se agarra a los éxitos mas recientes, como el caso del estado mexicano de Oaxaca en septiembre de 2019, que despenalizó el aborto hasta las doce semanas. 12 años antes ya había alcanzado ese estatus la Ciudad de México, otra de las 32 unidades federativas del país.

En ambos casos se desplegó una “estrategia velada”, indica la coordinadora de CLADEM, “porque no se despenalizó como tal, no se sacó del código penal, sino que se redactó para que la interrupción del embarazo solo se sancionara después de las 12 semanas”. Esquivaban, de ese modo, la reacción de la derecha. “Se mantiene el delito de aborto, pero se disminuyeron las penas”. Existe una diferencia entre el resultado de Ciudad de México y el de Oaxaca: en Ciudad de México se incluyó como una obligación del Estado proveer esos servicios de manera gratuita, mientras que en Oaxaca solamente quedó en el ámbito del derecho penal.

El caso colombiano es otro ejemplo de la utilización de dobles vías para alcanzar la flexibilización de los códigos penales. “El aborto en Colombia existe como un delito, pero también como un derecho”, señala para este reportaje Aura Cuasapud Arteaga, de Católicas por el Derecho a Decidir. Una demanda de inconstitucionalidad desembocó en la sentencia C355 de 2006 de la Corte Constitucional que introdujo unas serie de excepciones a la ley penal. Se Incluyeron tres causales para la interrupción del aborto: cuando el embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, violencia sexual y malformación fetal.

Ahora la lucha está a otro nivel: “Lo que demostró el movimiento argentino es que también con la rabia se transforma”. Foto: Andrea Murcia, Cuartoscuro.

“A lo largo de estos 14 años la Corte Constitucional ha creado otra serie de sentencias que refuerzan este derecho y se va a haciendo cada vez más robusto”, comenta Cuasapud. La consistente actividad del poder judicial equilibra la omisión del Ejecutivo y el Legislativo, algo tradicional también en la región: “El Congreso Nacional nunca se ha pronunciado al respecto. Han existido algunos proyectos de ley, pero nunca llegan al final”.

BRASIL NO AVANZA

Unas audiencias públicas en el Tribunal Supremo brasileño hace dos años dejaron patente que el camino elegido en Brasil para conseguir ampliar la literatura legislativa de la interrupción del embarazo pasaba por esquivar el conservadurismo del Congreso Nacional, con alta influencia de la extrema derecha y, sobre todo, del evangelismo. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha tratado el tema recientemente sin dar señales de conexión con el movimiento feminista.

La oportunidad llegó a finales de abril, cuando la más alta corte juzgó la Acción Directa de Inconstitucionalidad 5581, presentada en agosto de 2016 por la Asociación Nacional de Defensores Públicos (ANADEP). Teniendo en cuenta el poco apoyo institucional a las madres cuyos fetos nacen con secuelas neurológicas relacionadas con el virus del zika, la acción solicitaba que la interrupción de la gestación en estos casos no se encuadrara en el delito de aborto que marca el artículo 124 del Código Penal. El Tribunal Supremo lo rechazó por mayoría.

Solo uno de lo magistrados, a pesar de no manifestar divergencia con sus compañeros de Corte, intercaló en su voto unas reflexiones esperanzadoras para el feminismo brasileño. Fue Luís Roberto Barroso, que recordó que “el tratamiento del aborto como delito no ha producido el resultado de elevar la protección a la vida del feto. Al contrario, en países en que fue despenalizada la interrupción de la gestación hasta la decimosegunda semana se han logrado mejores resultados, proporcionando una red de apoyo a la gestante y a su familia”.

Consciente de la dilatada tradición judeocristiana yacente en Brasil, el juez Barroso se preguntaba en su voto: “¿Tratar al prójimo como desearías que te trataran a ti se cumple enviando a la cárcel a la mujer que pasa por este drama? Personalmente, creo que no. Por lo tanto, sin dejar de lado cualquier convicción, es perfectamente posible estar en contra del aborto y a la vez en contra de su criminalización”.

ESTE CONTENIDO ES PUBLICADO POR SINEMBARGO CON AUTORIZACIÓN EXPRESA DE EL DIARIO.ES. VER ORIGINAL AQUÍ. PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN.

en Sinembargo al Aire

Opinión

Opinión en video

más leídas

más leídas