La Cámara de Diputados aprueba reformas para desvincular el salario mínimo

10/12/2014 - 9:23 pm

México, 10 Dic (Notimex).- La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y particular por 372 votos a favor y tres en contra, el decreto por el que se reforman diversas disposiciones en materia de desvinculación del salario mínimo de diversas leyes y se crea una unidad de cuenta, es decir, no podrá ser utilizado como base para fines ajenos a su naturaleza..

El documento elaborado por la Comisión de Puntos Constitucionales y avalado por mayoría calificada expresa que el organismo coordinador del Sistema Nacional de Información Estadística y Geografía (SNIEG) será el encargado de calcular el valor de una Unidad de Medida y Actualización.

Esa herramienta será utilizada como elemento de cuenta, índice, base y referencia para determinar la cuantía del pago de obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, así como de las entidades federativas.

Esta reforma a la Constitución, que se turnó a la colegisladora para su análisis y eventual ratificación, impactará a 702 modificaciones en diferentes ordenamientos legales como mercantil, civil, laboral y de seguridad social, entre otros.

Ésta es la primera medida para establecer políticas de recuperación del poder adquisitivo de los salarios mínimos y resarcir gradualmente la pérdida acumulada de más de 70 por ciento por más de 30 años.

El dictamen aprobado modifica los artículos 26, 41 y 123 de la Constitución y surge de las iniciativas presentadas por los coordinadores de las bancadas de los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD), Movimiento Ciudadano y del Trabajo (PT), así como el Ejecutivo federal.

La reforma constitucional en materia de desindexación del salario mínimo prevé la creación de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que permitirá la desvinculación del salario mínimo a diversas leyes.

Se otorga al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) la facultad de establecer el valor de la UMA, al aplicar el procedimiento previsto en el régimen transitorio, el cual toma como base la inflación a través del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).

Con la finalidad de respetar el uso del peso como única moneda de curso legal en territorio nacional, se propone que el Artículo 26 constitucional establezca que las obligaciones y supuestos previstos en los distintos ordenamientos jurídicos que se denominen en la UMA, se solventen al entregar su equivalente en moneda nacional.

Para ese efecto, explica, deberá multiplicarse el monto de la obligación o supuesto al expresar en las citadas unidades, por el valor de dicha unidad a la fecha correspondiente.

Señala que “en congruencia con la creación de la UMA, que sustituya al salario mínimo como unidad de cuenta, resulta necesario reformar el Artículo 41, base II, inciso a)” de la Ley Suprema.

Éste se refiere al financiamiento de los partidos políticos, “que hoy en día utilizan al referido salario mínimo como instrumento de actualización del citado financiamiento”.

En el Artículo 123 se reforma el párrafo primero del apartado A para establecer que el salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza.

Por lo que se refiere al régimen transitorio, se prevé que la entrada en vigor de la reforma será el día siguiente al de la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación.

También que el valor inicial diario de la UMA será equivalente al que tenga el salario mínimo general vigente diario para el área geográfica A o B, según su ámbito de aplicación

Los valores iniciales mensual y anual tomarán como base el valor inicial diario, multiplicado por 30.4 o por 12, respectivamente.

El texto hace notar que todas las menciones al salario mínimo como unidad de cuenta de las obligaciones y supuestos previstos en todos los ordenamientos jurídicos federales, estatales, del Distrito Federal, así como en las disposiciones jurídicas que emanan de estos, se entenderán realizadas a la UMA.

Se otorga el plazo de un año, que será contado a partir de la entrada en vigor de la reforma, para que las autoridades competentes federales, del Distrito Federal, estatales y municipales realicen las adecuaciones que correspondan en leyes y ordenamientos de su competencia.

Por lo tanto, deberán eliminar las referencias al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia y sustituirlas por las relativas a la UMA.

Asimismo establece el procedimiento para determinar el valor de esta unidad, así como la periodicidad de su actualización y los mecanismos de ajuste que en su caso procedan.

Se evitará que los saldos en moneda nacional de los créditos a la vivienda, cuyos montos se consideren con base al salario mínimo, se actualicen a una tasa que supere a la inflación.

Hace referencia también a los fondos Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado u otras instituciones del Estado dedicadas al otorgamiento de crédito para hogares.

Con esto se protege el ingreso de los trabajadores, al evitar que potenciales aumentos al salario mínimo, por encima de la inflación, incrementen de manera desmesurada el saldo de sus créditos a la vivienda.

Los contratos y convenios de cualquier naturaleza que se encuentren vigentes a la fecha de entrada en vigor del decreto y que utilicen el salario mínimo como referencia para cualquier efecto, no serán modificados por la UMA, salvo que las partes acuerden expresamente lo contrario.

Esta medida tiene la finalidad de respetar el principio de autonomía de la voluntad y el objeto de que la presente reforma no sea retroactiva.

Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Julio César Moreno Rivera, estableció que la reforma constitucional que crea la UMA es el primer paso hacia la construcción de una política de recuperación de los salarios mínimos.

Para ello se reforman diversas disposiciones de la Constitución y se crea una nueva unidad de medida que beneficiará a todos los mexicanos, al permitir dar entrada a un aumento real en el salario mínimo.

“El salario representa un componente fundamental del desarrollo económico nacional y del bienestar social, al ser el único medio con el que cuentan millones de familias mexicanas para cubrir sus necesidades básicas y aspirar a mejorar sus condiciones de vida”, señaló el legislador.

Refirió que de 1980 a la fecha el salario mínimo atravesó por una “larga y aguda fase de deterioro”, ya que en este periodo disminuyó en más de 70 por ciento su valor real.

México es el país de América Latina con el salario más bajo, solamente por delante de Haití, y más de siete millones de mexicanos ganan un salario mínimo o menos, expuso el legislador del Partido de la Revolución Democrática (PRD).

Por ello destacó la importancia del dictamen que la Comisión de Puntos Constitucionales sometió a consideración del pleno, el cual integra propuestas del Ejecutivo federal y de diputados de los partidos ya referidos.

“Con esta reforma queda de manifiesto que el Poder Legislativo, en sus diferentes niveles, trabaja para que a corto plazo el aumento al salario mínimo en el país sea una realidad”, añadió.

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