CNDH emite recomendación al IMSS por la muerte de una mujer y su bebé en hospital de Durango

14/03/2016 - 8:45 am

En 2014, una mujer con 37 semanas de gestación acudió a un hospital del IMSS en Durango, donde fue atendida dos días de presentar contracciones. La mujer perdió la vida a causa de un paro respiratorio que duró 10 minutos y trajo consecuencias para su bebé, que después de cuatro meses de permanecer internada en el nosocomio también murió.

Ciudad de México, 14 de marzo (SinEmbargo).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió este día una recomendación a Mikel Andoni Arriola Peñalosa, director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por negligencia médica a una mujer y a su hija de cuatro meses de edad que devino en la muerte de ambas.

El 11 de enero de 2014, una mujer de 32 años de edad y con 37 semanas de gestación ingresó al Hospital General de Zona con Medicina Familiar No.1 (HGZ-1)“Lic. Ignacio García Téllez”, en Durango, Durango, al presentar contracciones. Ahí, fue valorada por un médico, quien le indicó que todavía no era tiempo.

Dos días después continuaron las contracciones, por lo que la mujer acudió al servicio de Tococirugía de dicho nosocomio, pero no se le brindó la atención médica sino hasta que “perdió la conciencia”.  Fue ingresada al quirófano y se le practicó una cesárea de la que se obtuvo una niña. De acuerdo con los expertos del organismo nacional, la víctima sufrió un paro respiratorio durante 10 minutos, el cual provocó su muerte al no ser atendido.

“La inadecuada atención médica brindada a la mujer trajo como consecuencia la interrupción de la circulación materno-fetal que afectó a la menor de edad, quien fue diagnosticada con una encefalopatía hipóxico isquémica y asfixia neonatal, por lo que permaneció en dicho nosocomio hasta el 23 de abril de 2014, donde fue sometida a ocho intervenciones quirúrgicas. El 24 del mismo mes y año, ingresó al Hospital General de Durango de la Secretaria de Salud de la entidad, donde falleció el 4 de mayo siguiente, derivado de las irregularidades realizadas por los médicos del HGZ-1″, relató el organismo. 

La CNDH denunció las violaciones a los derechos humanos en agravio de la madre y su hija, atribuibles al personal médico adscrito al HGZ-1.

“[De la madre] se violentaron los derechos a la vida, integridad personal, la protección de la salud, derecho a conocer la verdad respecto a la atención médica (inadecuada integración del expediente), a una vida libre de violencia (obstétrica) y a la libertad y autonomía reproductiva.

“A la menor de edad le fueron violados los derechos a la vida, a la integridad personal, a la protección a la salud, al derecho a conocer la verdad respecto a la atención médica (inadecuada integración del expediente) y al principio del interés superior de la niñez”, condenó el organismo defensor de los derechos humanos. 

El 25 de marzo de 2014, fue presentada la queja correspondiente por estos hechos ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH)de Durango , la cual por razón de competencia se remitió a la CNDH el 28 de octubre de 2014, a la que se adjuntó la ampliación de queja por parte de una organización civil en representación de un segundo quejoso.

La CNDH recomienda a Arriola Peñalosa “reparar el daño ocasionado a familiares de la mujer y la niña fallecidas, que incluya compensación y  atención médica, psicológica y tanatológica”. Además pide que en todos los hospitales del IMSS con servicio de urgencias, especialmente el HGZ-1, “la atención sea oportuna y de calidad, que se cumplan los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento conforme a lo dispuesto en la legislación nacional e internacional, así como en las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes”.

Pide diseñar e impartir un curso integral a todos los servidores públicos de ese nosocomio sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos con perspectiva de género transversal, y que los expedientes clínicos estén debidamente integrados.

“Se solicita, además, colaborar con la CNDH en la presentación y seguimiento de la queja y denuncia de hechos que presente ante el Órgano Interno de Control del IMSS y la Procuraduría General de la República contra los servidores públicos involucrados, e inscribir a los familiares de las fallecidas en el Registro Nacional de Víctimas para que tengan acceso, en lo conducente, al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, previsto en la Ley General de Víctimas”.

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