Niegan en Tabasco precampañas a aspirantes únicos

15/02/2012 - 10:00 pm

Villahermosa, 15 Feb. (Notimex).- El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) negó a precandidatos únicos, del partido que fuera, cualquier alternativa o posibilidad para realizar actos de precampaña.

La medida ocurre en la fecha de arranque de la etapa de precampañas para gobernador y en aparente respuesta a una solicitud del precandidato del PRD a gobernador, Arturo Núñez Jiménez, para saber cómo conducirse en esta etapa, pues en su caso fue el único inscrito en su partido.

En un comunicado, la autoridad electoral recordó que el artículo 202 Tercer párrafo inciso c) de la Ley Electoral del Estado de Tabasco, señala que cuando dentro de los procesos internos exista un solo precandidato registrado a un cargo de elección popular, no podrá realizar actos de precampaña, en ninguna modalidad y bajo ningún concepto.

“El partido de que se trate conservará y ejercerá sus derechos de acceso a radio y tv, difundiendo mensajes institucionales en los que no podrá hacer mención, en forma alguna al precandidato único. La violación a lo anterior será sancionada con la negativa de registro como candidato", estableció el texto.

Asimismo, el artículo 207 señala que se entiende por precampaña electoral el conjunto de actos que realizan los partidos políticos, sus militantes y los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular debidamente registrados por cada partido.

“Dicho precepto indica que los actos de precampaña electoral son entendidos como las reuniones públicas, asambleas, marchas y en general aquellos en que los precandidatos a una candidatura se dirigen a los afiliados y/o al electorado en general, con el objetivo de obtener su respaldo para ser postulado como candidato a un cargo de elección popular”.

De igual forma, refirió que el artículo 207 párrafo tercero también dice que la propaganda de precampaña es el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que durante el periodo establecido por la Ley Electoral y el que señale la convocatoria respectiva difunden los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular con el propósito de dar a conocer sus propuestas".

Además, citó el artículo 206, el cual menciona que los precandidatos a cargos de elección popular tienen prohibido en todo tiempo, contratar propaganda o cualquier otra forma de promoción personal en radio y televisión.

Ello, “tomando en cuenta que la violación de ésta prohibición se sanciona con la negativa de registro como precandidato, o si ya se encontrase registrado como precandidato, con la cancelación de su registro”.

De esta manera, sólo el PRI y el PAN podrán realizar actos de precampaña al inscribirse más de un precandidato en cada partido, en tanto en el PRD no habrá contienda interna.

Redacción/SinEmbargo

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