Juez condiciona a un hombre a no beber por seis meses luego de que mintió al tramitar su INE en Edomex

17/11/2017 - 7:17 pm

El Juez de Distrito Especializado del Estado de México determinó diversas condiciones, entre ellas no tomar bebidas embriagantes, que tendrá que cumplir un hombre a cambio de no ir a juicio penal luego de fue imputado por incurrir en un delito electoral al mentir sobre su domicilio en el trámite de su credencial para votar, informó la PGR.

Mentir en los datos es constitutivo de delito, señala la Fepade. Imagen ilustrativa. Foto: Cuartoscuro

Ciudad de México, 17 de noviembre (SinEmbargo).- No consumir bebidas alcohólicas y prestar servicio social al Estado durante seis meses, son parte de las condiciones que impuso un juez de distrito del Estado de México a un hombre que incurrió en un delito electoral al tramitar ilícitamente su credencial para votar, pues mintió al aportar los datos de un domicilio en el que nunca vivió.

El Juez de Distrito Especializado en el Sistema de Justicia Penal Acusatorio con residencia en Nezahualcóyotl, Estado de México determinó conceder la suspensión condicional del proceso contra un sujeto acusado de alterar el Registro Federal de Electores, es decir, que el juez fijó diversas condiciones que tendrá que cumplir el imputado a cambio de no ir a juicio.

El imputado estaba acusado porque “tramitó ilícitamente una credencial para votar con fotografía”, pues aportó datos de un domicilio en el cual no reside ni residió ante un Módulo de Atención Ciudadana del Instituto Nacional Electoral (INE) en el Municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México, informó hoy en la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) a través de un comunicado emitido por la PGR.

El Agente del Ministerio Público Federal adscrito a la Fepade, acreditó que el hombre, al mentir en aportar sus datos, “alteró el Registro Federal de Electores, hecho previsto y sancionado en el artículo 13, fracción I de la Ley General en Materia de Delitos Electorales”.

Ante ello, y al no ser un delito grave, el juez otorgó la suspensión  a cambio de que el imputado cumpla, en un plazo de seis meses, las siguientes condiciones: residir en un lugar determinado; prestar servicio social a favor del Estado, y no cometer delito alguno, ni consumir bebidas alcohólicas, drogas o enervantes.

“Las condicionantes impuestas serán vigiladas por la Unidad de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional, de la Comisión Nacional de Seguridad de la Secretaría de Gobernación”, aclaró la Fepade.

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