Madrid, 9 mar (EFE).- Las entidades bancarias españolas que se acojan a un código de buenas prácticas aprobado hoy por el Gobierno deberán refinanciar las hipotecas de las familias que no puedan pagar su crédito y que cumplan ciertas condiciones, y aceptarán en casos extremos la dación en pago.
El ejecutivo conservador de Mariano Rajoy aprobó hoy un decreto ley que incluye dicho código y que busca "paliar la situación dramática de más de 1,5 millones de familias que tienen a todos sus miembros desempleados" y que, al carecer de ingresos, no pueden pagar el crédito de su vivienda y se ven abocados a ejecuciones hipotecarias y al desahucio.
Así lo indicó la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sánez de Santamaría, que explicó que la medida afectará a las familias "en riesgo de exclusión social" debido a los impagos.
La vicepresidenta cifró en unas 300.000 las ejecuciones hipotecarias que han tenido lugar en España desde el comienzo de la crisis, muchas de las cuáles han afectado a inmigrantes latinoamericanos o de otros países.
Entre las condiciones que deben cumplir las familias para estar "en riesgo de exclusión social", la vivienda afectada debe ser la habitual y la única de la familia, todos los miembros deben estar desempleados y la hipoteca consumir el 60 por ciento, al menos, de los ingresos que percibe la familia.
La vivienda objeto del embargo no podrá costar más de 200.000 euros (263.000 dólares) en las ciudades de más de un millón de habitantes, ni más de 120.000 euros en las poblaciones de menos de 100.000.
La vicepresidenta señaló que, si bien el código de buenas prácticas es voluntario para las entidades bancarias, una vez que lo suscriban ya será de obligatorio cumplimiento.
Así, la banca que asuma el código tendrá que refinanciar las hipotecas de las familias con riesgo de exclusión social.
Antes de que se haya iniciado la ejecución de la propiedad, los hipotecados podrán pedir a su banco una carencia de 4 años en los que sólo pagarán intereses y no capital.
Podrán solicitar, igualmente, la ampliación de la hipoteca a 40 años, con el consiguiente descenso de las cuotas mensuales, así como que se reduzca el interés aplicable al euríbor (el índice por el que se guían la mayoría de las hipotecas) más 0,25 puntos.
Si a pesar de la refinanciación, la familia es incapaz de pagar su hipoteca porque con ella se van más del 60 % de sus ingresos, podrá solicitar una quita en la deuda pendiente.
La quita es posible aunque el banco haya iniciado ya el proceso de ejecución, siempre que no esté anunciada la subasta, y si tampoco resulta suficiente, los hipotecados en riesgo de exclusión pueden ofrecer su vivienda para terminar de saldar la deuda, algo que actualmente la ley española no contempla.
En el caso de llegarse a esta "dación en pago", la familia podrá quedarse en alquiler en la misma vivienda al menos 2 años con un alquiler anual del 3 % de la deuda pendiente.
El decreto aprobado por el Ejecutivo limita también en el caso de las familias en el umbral de exclusión los intereses de demora que no podrán exceder el 2,5 % de los que se pactaron al solicitar el préstamo.
La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) se apresuró a calificar el decreto ley aprobado por el Gobierno de "absolutamente insuficiente para resolver los graves problemas hipotecarios de España".
"El fracaso de la norma está asegurado porque solo se podrán resolver un insignificante número de problemas de desahucios que les interese a las entidades bancarias", aseguró el organismo.
Agregó que la dación en pago -saldar la deuda con la entrega de la vivienda- "no es más que una solución in extremis para las personas que en estos momentos se enfrentan al desahucio".