Economía
El expediente solicitó el ejercicio de la Facultad de Atracción de la Sala Superior de la SCJN ante la sentencia emitida el 26 de noviembre de 2019 en el juicio de amparo indirecto 579/2019.

La SCJN niega atraer el caso de Alonso Ancira para revisar una orden de aprehensión en su contra

21/07/2020 - 4:22 pm

El expediente solicitó el ejercicio de la Facultad de Atracción de la Sala Superior de la SCJN ante la sentencia emitida el 26 de noviembre de 2019 en el juicio de amparo indirecto 579/2019.

El empresario fue detenido el 28 de mayo de 2019 en el aeropuerto español de Palma, en Mallorca, España, gracias a una denuncia presentada el 5 de marzo por parte de la Apoderada Legal de Pemex “con motivo de una serie de delitos que motivaron un grave daño patrimonial a esa empresa del Estado”.

Ciudad de México, 21 de julio (SinEmbargo).- Debido a “la falta de legitimación de la parte solicitante” las Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia (SCJN), de la Primera Sala, decidieron no atraer el caso de Alonso Ancira Elizondo, tramitado por su abogado Tonatiuh Emmanuel de la Cruz Franco.

“La solicitud planteada para que este Alto Tribunal ejerza de oficio la facultad de atracción para conocer del asunto solicitado y ninguno de ellos decidió de oficio hacer suya la referida petición. Por tanto, se desecha la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción que formula”, anunció el Tribunal.

De acuerdo con los términos de la SCJN, con base en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el juicio de Ancira Elizondo sólo puede atraerlo este organismo judicial, o el Tribunal Colegiado de Circuito correspondiente; el Fiscal General de la República; o también el Ejecutivo Federal, por medio del Consejero Jurídico del Gobierno.

El expediente 131/2020 convino la solicitud de ejercicio de la Facultad de Atracción de la Sala Superior de la SCJN. El recurso fue pedido a revisión en la carpeta 10/2020, del índice del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, que se interpuso después de la sentencia emitida el 26 de noviembre de 2019 en el juicio de amparo indirecto 579/2019.

El empresario fue detenido el 28 de mayo de 2019 en el aeropuerto español de Palma, en Mallorca. Se negó entonces a ser extraditado, y pidió su libertad. La operación estuvo a cargo de la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol, por sus siglas en inglés) a petición de la Fiscalía General de la República (FGR).

La dependencia expuso que la captura se logró gracias a una denuncia presentada el 5 de marzo por parte de la Apoderada Legal de Pemex, a través de la Consejería Jurídica de la Presidencia de México, “con motivo de una serie de delitos que motivaron un grave daño patrimonial a esa empresa del Estado”.

El 19 de julio el periódico Reforma dio a conocer que en 2012 Emilio Lozoya cobró una suma de 3.5 millones de dólares a Altos Hornos de México (AHMSA) por servicios de consultoría inmobiliaria relacionados con la construcción del TrenInterurbano México-Toluca y un proyecto ferroviario en Coahuila.

El ex director de Pemex, recién extraditado al país, le pidió a Alonso Ancira que le depositara el dinero en una cuenta bancaria a nombre de Tochos Holding, en las Islas Vírgenes Británicas, que de acuerdo a las autoridades también fue el destino de una parte de los sobornos del caso Odebrecht.

De acuerdo con la información del diario, Emilio Lozoya suscribió esta suma a dos contratos antes de ser titular de Petróleos Mexicanos (Pemex);pero la FGR consideró que este pago es un posible “soborno anticipado” para que un año después se consolidara la compra de Agronitrogenados.

La planta “chatarra” de Agronitrogenados, ubicada en el complejo veracruzano de Pajaritos, fue adquirida por 237 millones de dólares, un precio presuntamente 10 veces mayor a su valor real, según dice una denuncia interpuesta por Pemex en la FGR.

en Sinembargo al Aire

Opinión

Opinión en video

más leídas

más leídas