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Ana Cristina Ruelas

22/01/2018 - 12:00 am

La mordaza hidalguense

La semana pasada, por ejemplo, Leonardo García Vázquez, fue detenido en Ecatepec de Morelos, Estado de México y llevado a Hidalgo para ser enjuiciado por el delito de difamación.

” Leonardo denunció ante un medio de comunicación los vicios ocultos del fraccionamiento Esmeralda del Municipio de Zempoala en Hidalgo”. Foto: Especial

En los últimos años hemos visto una evolución constante de la forma en la que la clase política o los poderosos aceptan el disenso, el escrutinio o la crítica.

Siglos atrás, la ofensa al honor podía ser pagada con la muerte. Los duelos eran una forma de honrar el nombre y hacer justicia. Sin embargo, la civilización trajo consigo la norma y ante la necesidad de resarcir los daños causados a una persona por la palabra del otro, se crearon una serie de tipos penales que tenían el mismo fin: sancionar con la libertad a aquel que, a través de su expresión, lesionara la dignidad de otra persona; le acusara falsamente de cometer algún agravio o delito o; simplemente, que lo que se haya dicho afecte su honor, reputación y buena fama.

Luego, las teorías democráticas sobre pluralidad en el debate público y más transparencia, dieron pauta a una “aceptación tácita” al discurso crítico e, incluso, se cuestionó el concepto de “honor” y “reputación”. A regañadientes las figuras públicas asumieron que el costo de la promoción o del trato con el gobierno es, precisamente y en muchas ocasiones, el escrutinio y control social.

De hecho, en el caso Kimel vs Argentina en el cual se acusaba a Eduardo Kimel de calumnia por un juez que fue criticado por su actuación en la investigación de los homicidios dentro del libro “La masacre de San Patricio”, la Corte Interamericana resolvió que en el “empleo del sistema de delitos –por incriminación de las conductas– y los castigos –por penalización de sus autores– contribuye a establecer la distancia entre la democracia y la tiranía, que siempre acecha”.  También dijo que en “la arena del debate sobre temas de alto interés público, no sólo se protege la emisión de expresiones inofensivas o bien recibidas por la opinión pública, sino también la de aquellas que chocan, irritan o inquietan a los funcionarios públicos o a un sector cualquiera de la población”[1].

Sin embargo, a pesar de las tendencias internacionales, hubo varios estados, 9 en México, entre ellos Hidalgo, que dejaron en su acervo criminal un arsenal que les podría permitir, en cualquier momento defenderse de aquellos que utilizan su voz o cualquier tipo de expresión para cuestionar la corrupción y la impunidad.

La semana pasada, por ejemplo, Leonardo García Vázquez, fue detenido en Ecatepec de Morelos, Estado de México y llevado a Hidalgo para ser enjuiciado por el delito de difamación.

La historia se cuenta sola:

  1.  Leonardo denunció ante un medio de comunicación los vicios ocultos del fraccionamiento Esmeralda del Municipio de Zempoala en Hidalgo –donde compró una casa–.
  2.  Este fraccionamiento fue construido por una empresa llamada Sylma, cuya representación estaba a cargo de la hermana del ex Subsecretario de Obras Públicas del Estado de Hidalgo[2].
  3.  El director responsable de la obra fue Marco Antonio Rico Moreno, hermano de Benjamín Rico Moreno, ex Secretario de Medio Ambiente de ese estado.
  4.  Tras la detención y vinculación a proceso, la Juez Sissi Anette Rodríguez Fernández justificó que el delito de difamación se consumó de manera instantánea desde el momento que Leonardo transmitió la información al reportero del Diario el Independiente ya que si consideraba que se había cometido un fraude por la forma en la que se hubieren construido las casas, tendría que haber iniciado la acción correspondiente y presentar la querella. De acuerdo a la Juez, los ciudadanos no pueden hacer justicia por su propia mano y utilizar a los medios de comunicación de manera indebida[3].

Lo que Leonardo estaba dando a conocer era información de evidente interés para la opinión pública hidalguense, fundada en su propia experiencia.  Su denuncia tenía por objeto aportar al debate y servir como medio fiscalizador de un funcionario público como lo fue el ex Subsecretario. No obstante, en un mundo ideal, una denuncia así derivaría en investigaciones en contra de aquellos que presuntamente cometieron el fraude, pero en este sistema corrupto, en donde la denuncia ciudadana es “hacer justicia por propia mano”, termina amordazando al mensajero.

Así, aunque parezca paradójico, en nuestro país el derecho penal es utilizado para la impunidad, no para la justicia.

  • [1]           Cfr. Caso Kimel vs Argentina, sentencia del 02 de mayo de 2008, Fondo de reparaciones y costas, parr 88.
  • [2] Constructora vinculada a subsecretario defrauda a propietarios, disponible en: http://bit.ly/2mSMgt0
  • [3] Jueza de Hidalgo explica porqué vinculó a proceso a Leonardo García, disponible en: http://bit.ly/2mSeGCT

 

Ana Cristina Ruelas
Ana Cristina Ruelas, colabora en la oficina regional para México y Centroamérica de ARTICLE 19. Es abogada y maestra en administración pública y políticas públicas. Se desempeño como Directora Regional y Oficial del Programa de Derecho a la Información en la misma organización y ha trabajado en organizaciones de derechos humanos en México y en Perú en temas relacionados con participación ciudadana y educación para el desarrollo.

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