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CAMe mantiene contingencia ambiental en Valle de México. ¿Qué medidas debes seguir?

23/02/2023 - 8:00 pm

Se activó la Fase 1 de Contingencia Ambiental por Ozono con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud; así como para reducir la generación de contaminantes y la probabilidad de volver a alcanzar altas concentraciones de ozono el día de mañana.

Ciudad de México, 23 de febrero (SinEmbargo).– La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó que se mantiene la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México, debido a que se mantuvieron condiciones adversas para la dispersión de los contaminantes, que junto con la alta radiación solar y viento débil, favorecieron concentraciones elevadas.

En su reporte de las 20:00 horas precisó que a las 15 horas se registraron 155 ppb en la estación Ajusco Medio; a las 16 horas se registraron concentraciones de 171 y 169 ppb en las estaciones Ajusco Medio y Pedregal respectivamente; y a las 17 horas se registraron concentraciones de 164, 162 y 155 ppb en las estaciones Pedregal, Cuajimalpa y Miguel Hidalgo respectivamente.

Por lo anterior, la CAMe indicó que para mañana aún se registrarán condiciones que provocarán estancamiento de los contaminantes precursores del ozono, por lo que recomendó a los habitantes del Valle de México seguir las recomendaciones y estar atentos al nuevo reporte que se emitirá a las 10:00 horas del viernes 24 de febrero.

A las 15:00 horas de este jueves, la CAMe activó la tarde de este jueves la contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México, debido a una concentración máxima de ozono de 155 ppb en la estación de monitoreo Ajusco Medio, de la Alcaldía Tlalpan, en la Ciudad de México.

En un comunicado, la CAMe precisó que la alta radiación solar ha prevalecido durante el día y la estabilidad atmosférica provocada por el sistema de alta presión afecta al centro del país. Estas condiciones se combinaron con el viento débil de dirección suroeste dentro del Valle de México, lo que provocó estancamiento de los contaminantes y alta formación del ozono.

Por lo anterior, con fundamento en los Programas para Prevenir y Responder a Contingencias Ambientales Atmosféricas publicados por los gobiernos de la Ciudad de México y del Estado de México, se activó la Fase 1 de Contingencia Ambiental por Ozono, con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud; así como para reducir la generación de contaminantes y la probabilidad de volver a alcanzar altas concentraciones de ozono el día de mañana.

 

MEDIDAS Y RECOMENDACIONES PARA LA POBLACIÓN

–Evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como evitar hacer ejercicio al aire libre entre las 13:00 y 19:00 horas.

–Suspender cualquier actividad al aire libre organizada por instituciones públicas o privadas, en horario comprendido entre las 13:00 y las 19:00 horas.

–Se recomienda posponer los eventos al aire libre, deportivos, culturales o espectáculos masivos, programados entre las 13:00 y las 19:00 horas.

–Se recomienda no fumar, especialmente en espacios cerrados.

–Facilitar y continuar el trabajo a distancia y realizar compras y trámites en línea para reducir viajes.

–Evitar el uso de aromatizantes, aerosoles, pinturas, impermeabilizantes o productos que contengan solventes.

–Recargar gasolina después de las 18:00 horas y antes de las 10:00 horas; no cargar más combustible después de que se libere el seguro de la pistola de llenado.

–Revisar y reparar fugas en instalaciones de gas doméstico.

–Reducir el uso de combustibles en casa acortando el tiempo de ducha a un máximo de cinco minutos y al cocinar, utilizar recipientes con tapa.

Se recomienda reducir el uso de combustibles en casa acortando el tiempo de ducha a un máximo de cinco minutos y al cocinar, utilizar recipientes con tapa. Foto: Andrea Murcia, Cuartoscuro

Además de estas medidas, la CAMe restringió la circulación del transporte para mañana viernes 24 de febrero y deberán suspender su circulación en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

–Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.

–Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 0, 2, 4, 6, 8 y 9 así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.

–Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado azul, terminación de placa 9 y 0 .

–Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma “2”.

–Restricción a la circulación del 50 por ciento de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.

–Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CdMx o Edomex.

–Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a), b), y c) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CdMx o Edomex. Foto: Cuartoscuro.

Las exenciones de estas medidas son para:

–Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.

–Vehículos que porten holograma “00” o “0” cualquiera que sea su uso excepto los vehículos con engomado color azul, terminación de placa 9 y 0.

–Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica (incluye vehículos con personas que asisten a la vacunación por la COVID-19 y que porten folio de cita).

–Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.

–Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental.

–Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.

–Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.

–Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.

–Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).

–Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.

–Los vehículos que formen parte del Programa Paisano y porten la autorización correspondiente.

–Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.

–Las motocicletas están exentas de la Fase I.

Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes. Foto: Cuartoscuro.

Las restricciones para la Industria federal y local son las siguientes:

–Las fuentes fijas de la industria manufacturera de competencia federal o local que tengan procesos que generen precursores de ozono, reducirán el 40 por ciento de sus emisiones de precursores de ozono, además deberán suspender las actividades de mantenimiento, limpieza y desengrase que generen emisiones fugitivas de COV.

–La Refinería “Miguel Hidalgo” de Tula, Hidalgo, no operará a más del 75 por ciento de capacidad del total de proceso, disminuyendo la capacidad de combustión en calentadores a fuego directo y calderas en plantas de proceso y fuerza.

–Reducción del 30 por ciento del consumo de combustóleo en la Central Termoeléctrica “Francisco Pérez Ríos” en Tula, Hidalgo.

–Suspender las actividades de combustión relacionadas con la cocción de ladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales.

Las restricciones en servicios son las siguientes:

–Suspender las actividades que generen emisiones fugitivas al aire por uso de solventes y recubrimientos en los comercios y servicios (ejemplo uso de thinner, aguarrás, pintura, laca, barniz, tinta u otro tipo de recubrimiento base solvente).

–Suspender actividades en los establecimientos que utilicen como combustible leña o carbón y que no cuenten con equipo de control de emisiones.

–Suspender actividades en el 20 por ciento de las estaciones de carburación, excepto las que cuenten con válvulas de desconexión seca, según corresponda a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 3.

–Suspender actividades en el 20 por ciento de las plantas de distribución de gas L.P., excepto las que cuenten con válvulas de desconexión seca para el trasvase de combustible, llenado de autotanques y llenado de cilindros, según corresponda a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 3.

–Suspender las labores de mantenimiento, reparación y trasvasado, que impliquen liberación de hidrocarburos a la atmósfera, con excepción de las realizadas en caso de emergencia o accidente en las plantas de almacenamiento de GLP y petrolíferos.

–Suspender la operación de las estaciones de servicio (gasolineras) en un 20 por ciento, excepto las que cuenten con el sistema de recuperación de vapores con una eficiencia mínima del 90%, conforme al último dictamen de operación vigente y a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 3.

–Reducir en un 50 por ciento la operación de las calderas que no cuenten con sistemas de control de emisiones de precursores de ozono en los comercios y servicios, con excepción de hospitales.

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