La SCJN podría marcar precedente con Río Sonora y llevar el caso al terreno de DDHH: PODER

23/10/2015 - 12:04 am

El derrame de la mina Buenavista del Cobre podría generar un precedente no sólo para la industria minera, sino para todas las empresas que tienen concesiones del Gobierno federal y que deben velar por el cuidado del medio ambiente.

 Benjamin Cokelet, de la organización Poder, Francisca García, pobladora e integrante de los Comités de Cuenca Río Sonora y Luis Miguel Cano, abogado de Poder, durante la conferencia de este día. Foto: Cuartoscuro.
Benjamin Cokelet, de la organización PODER, Francisca García, pobladora e integrante de los Comités de Cuenca Río Sonora, y Luis Miguel Cano, abogado de Poder, durante la conferencia de ayer. Foto: Cuartoscuro.

Ciudad de México, 23 de octubre (SinEmbargo).– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene en sus manos el llevar el caso del derrame de 40 mil metros cúbicos de la mina Buenavista del Cobre en el Río Sonora, al terreno de la violación de los derechos humanos.

Lo puede hacer si dictamina que la compañía, subsidiaria de Grupo México, es considerada una autoridad y, por lo tanto, tiene la obligación de velar por el medio ambiente de la región que explota.

“El pasado 18 de septiembre dimos a conocer diversas irregularidades en las que incurrió la mina y que fueron obtenidas a través de solicitudes de información. Irregularidades que hacen pensar que no se tienen los permisos necesarios para medir la contaminación a la atmósfera”, dijo Luis Miguel Cano, abogado del Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER).

El caso está a consideración de la ponencia del Ministro Alberto Pérez Dayán en la Segunda Sala de la Suprema Corte por interés y trascedencia.

“El precedente que pueda fijar la Suprema Corte potencialmente podría impactar todo asunto que se cuestione, si ciertas empresas son responsables de violaciones a los derechos humanos”, explicó el abogado.

La resolución podría marcar el rumbo del juicio de amparo 1144/2015 que los Comités de Cuenca del Río Sonora interpusieron ante la falta del Plan de Manejo de Residuos Peligrosos de la minera.

La mina está demandada como autoridad en el juicio. En un principio la decisión fue del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito, pero el tribunal consideró que “se trata de un caso de interés y trascedencia a nivel nacional”, por lo que envió el caso a la SCJN, para que decida si lo atrae o no.

La demanda de los pobladores se sustenta en la nueva Ley de Amparo de 2013, la cual considera que no sólo al Estado, cuando se violenta a los derechos humanos, sino en ciertas circunstancias también a particulares, a los que, se les podría atribuir el carácter de autoridad responsable según el artículo 5, fracción II.

El antecedente similar a un caso en la Corte con las características del Río Sonora, ocurrió con Teléfonos de México (Telmex), de acuerdo con el director de PODER Benjamín Cokelet.

Sin embargo, la Corte decidió no atraer en esa ocasión el caso. De acuerdo con el abogado de la organización para Buenavista del Cobre no hay un plazo para conocer la respuesta.

La decisión podría tomarse en los próximos cuatro meses. Si SCJN decide atraer el tema de Buenavista del Cobre, el dictamen final podría llevar otros cuatro meses más.

Si la minera es considerada como autoridad violadora de los derechos humanos de los habitantes del Río Sonora, el caso marcará un precedente importante a nivel nacional para temas que involucren a empresas concesionarias y medio ambiente.

BUENAVISTA DEL COBRE: HISTORIA DE NEGLIGENCIAS

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El 22 de septiembre pasado la organización PODER dio a conocer que Buenavista del Cobre incurrió en 55 irregularidades que llevaron al derrame de 40 mil metros cúbicos de ácido sulfúrico en los ríos Bacanuchi y Sonora en agosto de 2014, obteniendo beneficios económicos por ello, de acuerdo con documentos de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).

PODER Entregó el informe “Análisis de incumplimientos de la normatividad ambiental por parte de Buenavista del Cobre, S.A. de C.V.” a los Comités de Cuenca Río Sonora, donde detalla, gracias a información pública, cada una de las negligencias cometidas por la subsidiaria del Grupo México.

“La Profepa afirma que la minera Buenavista del Cobre incurrió en 55 irregularidades, ha sido negligente y obtuvo beneficios económicos derivados de disminuir sus costos por evadir el cumplimiento de las normas ambientales en materia de manejo de lixiviados, residuos peligrosos y de control de las emisiones contaminantes a la atmósfera”, dice un comunicado de la organización PODER.

El informe se basó en el análisis de documentación de Profepa, obtenida a través de las solicitudes de acceso a la información PFPA/32.2/2C.27.1/151-14, PFPA/3.2/2C.27.5/00003-14, PFPA/3.2/2C.27.1/00018-14, PFPA/3.2/2C.27.1/00019-14 y PFPA03.2/2C27.1/0018/15/0001.

La Profepa establece en documentos que Buenavista del Cobre infringió las normas, obteniendo ahorros netos en costos y, por tanto, beneficios económicos de la violación de la normatividad.

“Obtuvo beneficios económicos en virtud de que al no haber invertido recursos económicos, tuvo un ahorro neto ya que no realizó las gestiones necesarias para realizar las acciones y presentar los documentos correspondientes, no internalizó los costos ambientales al no haber cumplido con las obligaciones referidas”, dice Profepa en sus actas.

La dependencia determina que “existió negligencia por parte de la inspeccionada toda vez que del acta de inspección y de los escritos presentados por ésta, se desprende una omisión al no cumplir con sus obligaciones en materia de residuos peligrosos”.

Según las actas los ríos Sonora y Bacánuchi están severamente contaminados. A raíz del derrame de Buenavista del Cobre se rebasaron los límites máximos permisibles de contaminantes establecidos en diversas normas que se vinculan con daños a corto, mediano y largo plazo. La limpieza se enfocó en el arroyo Tinajas, y no se realizó mayor actividad de limpieza río abajo.

La Profepa establece que la mina viola las leyes ambientales pues “no hay pozos de monitoreo, no hay valoración física real de contaminación o infiltración de suelos”. Además, “no se confirma técnicamente que las instalaciones cumplan con criterios ecológicos de preservación y aprovechamiento sustentable del suelo”.

No hay sistema de captación de fluidos bajo geomembrana de Tinajas 2. Buenavista del Cobre no exhibe un plan de muestreo para identificar especies minerales presentes, y al no existir un plan de muestreo no es posible caracterizar la peligrosidad del mineral que se derramó.

La contaminación de la mina, indica PODER, puede provocar graves daños a la salud pública.

Las infracciones se consideran graves por las consecuencias que pueden tener para la salud pública, pues durante su proceso productivo la empresa emite partículas suspendidas, las cuales pueden irritar el sistema respiratorio o dañar los mecanismos de ventilación en los pulmones, contribuyendo de ese modo a agudizar enfermedades respiratorias. Además pueden generar desequilibrios ecológicos.

La organización señala que se realizaron estudios para determinar la afectación real del derrame.

“En las actas revisadas Profepa se compromete a realizar un estudio hidro-geológico y otro sobre la caracterización de la biota terrestre. El compromiso era entregarlos a finales de octubre de 2014, pero ninguno de los dos estudios ha finalizado aún. Tampoco se han presentando la Evaluación de Riesgo Ecológico ni los estudios de valuación de riesgo a la salud humana cuya finalización estaba prevista para noviembre de 2014”, dice PODER en su comunicado.

La filial de Grupo México acepta y reconoce en documentos de la Profepa que “por la falla en el represo Bordo Poniente en el sistema Tinajas 1, se ocasionaron diferentes daños al hábitat, ecosistemas y recursos naturales e hídricos, que requieren de acciones de reparación y remediación orientadas a devolver al estado base los desequilibrios ecológicos y sanitarios causados y/o hacer la compensación correspondiente en su caso.”

Los represos Tinajas 1 y 2 están en construcción con avances de 50 y 70 por ciento, respectivamente. La construcción de los bordos 1 y 2 del represo Tinajas 1, lugar donde ocurrió el derrame, no se encuentran contemplados en el informe preventivo “terreros de lixiviación…”.

Desde el 10 de mayo de 2013 se sugirió la construcción de los bordos poniente y oriente para aumentar la captación de solución de sulfato de cobre acidulado (incluyendo agua pluvial). Pese a que la empresa exhibió los planos de ingeniería a detalle para la construcción de estos bordos, al momento de la supervisión la empresa no presentó documentos que acreditaran que las obras de construcción se realizaron de acuerdo al procedimiento establecido en el estudio a que se hace referencia y en los planos de ingeniería a detalle, sin embargo la zona inició operaciones.

PODER determina los hechos y las omisiones por los que Buenavista del Cobre infringió la legislación ambiental son graves, riesgosos y pueden provocar daños a la salud humana, a los recursos naturales, a los ecosistemas y a la biodiversidad, poniendo en riesgo el equilibrio ecológico.

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