Colima, 28 May. (Notimex).- El Congreso local elevó a rango constitucional local el derecho al reconocimiento de un pueblo o comunidad indígena, para garantizar su desarrollo integral y vinculante, buscando equidad social y crecimiento sustentable.
Lo anterior, al aprobar por unanimidad la reforma correspondiente a la Constitución Política del Estado, donde queda asentado que un pueblo o comunidad indígena “serán aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del estado al iniciarse la colonización, y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas”.
De acuerdo con el dictamen a favor de la reforma, presentado por el presidente de la Comisión de Desarrollo Rural, Fomento Agropecuario y Pesquero y Asuntos Indígenas, Germán Virgen Verduzco, la reforma constitucional reconocerá la personalidad jurídica de los pueblos y comunidades indígenas como entes colectivos.
Por ello, podrán ejercer sus derechos y dar cumplimiento a sus obligaciones.
Entre los derechos aprobados se encuentra el de la identidad indígena, el cual contempla que quien se considere indígena, “tiene derecho al respeto de su diferencia cultural, es decir, a invocar la aplicación de este derecho en función a su pertenencia a un pueblo o comunidad indígena”.
Asimismo, el derecho a la libre determinación, que se circunscribe a un ámbito de autonomía que asegure la unidad nacional, “entendiéndose como el derecho de autogobernarse, a tener su propia identidad como pueblo, y a decidir sobre su vida presente y sobre su futuro”.
La reforma constitucional considera también el derecho a la autonomía, que “debe entenderse como la facultad de un pueblo de gobernar a sus miembros, definir sus propias reglas internas de organización, y elegir a sus autoridades”.
Entre otros derechos, se contemplan también el de aplicar sus propios sistemas normativos, el de la preservación de su identidad cultural, el derecho a la tierra, a la consulta y participación, a la justicia y al desarrollo.