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25/08/2020 - 12:03 am

#LoJustoEsQueSepas: La importancia de la publicidad de todas las sentencias judiciales

El Congreso de la Unión y los de los estados tendrán 180 días para adecuar su normatividad a esta reforma.

Arturo Saldívar Lelo de Larrea, Ministro presidente de la SCJN. Foto: Moisés Pablo, Cuartoscuro.

Por: Janet Oropeza Eng*

Hace unos días, se publicó una reforma de gran trascendencia para el sistema de justicia mexicano y para la garantía de los derechos humanos. La fracción II del artículo 73 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública se modificó para que el poder judicial publique todas las sentencias que emite (1). ¿Cuál es la relevancia de esta reforma? y ¿qué desafíos enfrenta en su implementación para que sea una realidad?

En primer lugar, es importante contextualizar la relevancia de esta reforma. En los últimos doce años, en nuestro país, se han llevado a cabo al menos tres reformas constitucionales de gran envergadura en materia de derechos humanos, justicia y transparencia. Las tres buscaron ampliar la garantía de los derechos para las personas y transformar radicalmente los principios y prácticas que rigen el actuar público. La reforma al sistema de justicia penal de 2008 y la de derechos humanos de 2011 modificaron los parámetros mediante los cuales las y los jueces debían impartir justicia y dictar sentencias, al obligarlos a considerar el marco más amplio de protección de los derechos humanos y dar mayor certeza a las y los acusados, evitando actos arbitrarios o violaciones al debido proceso judicial. De igual forma, la reforma al artículo sexto constitucional de 2014 consagró el acceso a la información como derecho fundamental, mandatando a todos los poderes y niveles de gobierno, así como a todos los entes que ejercen funciones o autoridad a publicar información de sus tareas y funcionamiento para que la ciudadanía pueda monitorearlos.

De esta forma, el poder judicial ha visto cambios importantes en la forma de conducir los procesos de justicia, dictar sentencias y publicar información sobre su actuar. Sin embargo, hasta antes de la reforma a la fracción II del artículo 73 de la citada ley, colectivos ciudadanos -como #LoJustoEsQueSepas (2)- señalaban que la transparencia del actuar judicial debía ser fortalecida. La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública de 2015 señalaba que el poder judicial estaba obligado a publicar sólo aquellas sentencias que se consideraran de interés público. El problema es que quedaba a discrecionalidad del poder judicial decidir cuáles eran de interés público y serían transparentadas.

Esto generaba varios problemas: el primero es que la ciudadanía carecía de elementos para poder darle seguimiento a todas las sentencias y llamar a rendir cuentas a jueces y juezas por sus decisiones, ya que muchas sentencias no eran accesibles, ni públicas. Esto era grave pues, como ha documentado ampliamente Equis, Justicia para las Mujeres, la prevalencia de estereotipos en las y los juzgadores puede generar sentencias que, en el caso de las mujeres, por ejemplo, carecían de una perspectiva de género y no respetaban sus derechos (3). En el caso de grupos históricamente excluidos también las sentencias no siempre respetan los principios de igualdad y no discriminación en el acceso a la justicia. El segundo problema es que esto generaba que el poder judicial dictara sentencias, en muchas ocasiones, en la opacidad, lo que no sólo ampliaba la desconfianza de la ciudadanía sobre su actuar, sino que podía permitir la discrecionalidad al momento de juzgar. Finalmente, la legitimidad de la justicia está en sus sentencias y en los razonamientos que hacen las y los juzgadores, por eso necesitamos conocerlas.

Por lo anterior, desde hace unos años, el colectivo #LoJustoEsQueSepas colocó en el debate público la necesidad de impulsar una reforma al artículo 73, llevando a cabo diversas acciones y presentando en 2019 -de la mano de algunas legisladoras y legisladores- una iniciativa ciudadana en el Senado, que fue aprobada también en la Cámara de Diputados y publicada el 13 de agosto de este año en el Diario Oficial de la Federación (4). La reforma permitirá que la ciudadanía pueda vigilar la actuación de las y los juzgadores y señalar cuando esta no se apegue a los estándares de derechos humanos, además de permitir incrementar la confianza en el poder judicial. Esto reviste de importancia ya que, según la última Encuesta de Calidad e Impacto Gubernamental en 2019, sólo 35 por ciento de las y los mexicanos tenía confianza en los jueces y magistrados (5). La reforma podrá ser un paso importante para que la ciudadanía comience a ver al poder judicial como una institución que garantice sus derechos y sea cercana a ella.

¿Qué sigue después de la aprobación de esta reforma?

El Congreso de la Unión y los de los estados tendrán 180 días para adecuar su normatividad a esta reforma, y el poder judicial tendrá otros 180 días más para comenzar a publicar versiones públicas del texto íntegro de las sentencias emitidas. Sin embargo, hay aspectos que aún estar por definirse y que son cruciales para que la reforma llegue a buen puerto. Por ejemplo, ¿quién empujará las adecuaciones normativas en los estados?, ¿serán las y los legisladores o más bien la ciudadanía organizada mediante la presión social y acercamiento con sus representantes?, ¿dónde y cómo publicará el poder judicial todas las sentencias?, ¿lo seguirá haciendo en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes y en el Buscador de sentencias especializado en el sistema de justicia penal adversarial y qué cambios les hará?, ¿buscará generar mecanismos más accesibles e intuitivos para la ciudadanía o seguirá apostando por la especialización -actualmente, debes conocer el número de expediente para poder buscar sentencias y no existen versiones ciudadanas de las sentencias-?, ¿cómo difundirá esta nueva obligación de transparencia?, ¿cuál será su acercamiento con el órgano federal y local de transparencia?

Las y los ciudadanos estaremos atentos a la implementación de la reforma y de estos puntos porque #LoJustoEsQueSepas.

* Janet Oropeza Eng es investigadora en el programa de Rendición de Cuentas y Combate a la Corrupción de @FundarMexico


(1) La reforma publicada puede consultarse aquí: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5598265&fecha=13/08/2020

(2) #LoJustoEsQueSepas está formado por EQUIS, Justicia para las Mujeres, México Evalúa, Borde Político, Artículo 19, Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad, Controla tu Gobierno y Fundar, Centro de Análisis e Investigación AC.

(3) Transparencia en la publicación de sentencias ¿retrocesos a partir de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública?, Equis, Justicia para las Mujeres, 2017m disponible en: https://equis.org.mx/wp-content/uploads/2018/02/Informe_Transparencia_Sentencias-1.pdf

(4) El 26 de marzo de 2020, el Consejo de la Judicatura publicó un acuerdo que señalaba que todas las sentencias serían publicadas: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590455&fecha=26/03/2020

(5) “Confianza en instituciones”, Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental 2019, p. 143.
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/encig/2019/doc/encig2019_principales_resultados.pdf

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