México

El TEPJF confirma infracciones y promoción personalizada por difundir cartas con el nombre de AMLO

25/11/2020 - 5:43 pm

El 24 de abril pasado, el Partido Acción Nacional (PAN) denunció a López Obrador por el supuesto uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada, debido a la inclusión de su nombre en las cartas que se hacían llegar a los beneficiarios de dicho programa del Gobierno Federal para mitigar los efectos económicos por el COVID-19.

Ciudad de México, 25 de noviembre (SinEmbargo).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó la resolución de la Sala Regional Especializada que definió que el titular de la Coordinación Técnica de Difusión del Instituto Méxicano del Seguro Social (IMSS) incurrió en promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos.

“Por mayoría de votos la Sala Superior del TEPJF confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada en la que consideró que en las cartas distribuidas para beneficiarios del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares, donde se incluyó el nombre del Presidente Andrés Manuel López Obrador, el titular de la Coordinación Técnica de Difusión del IMSS, Jehú Sánchez García, incurrió en promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos”, detalló el TEPJF en un comunicado.

El 24 de abril pasado, el Partido Acción Nacional (PAN) denunció a López Obrador por el supuesto uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada, debido a la inclusión de su nombre en las cartas que se hacían llegar a los beneficiarios de dicho programa del Gobierno Federal para mitigar los efectos económicos por el COVID-19.

Además, el 28 de abril el Partido de la Revolución Democrática (PRD) también se inconformó e incluyó al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo, y a la Secretaría de Economía del Gobierno Federal, por presunta violación al principio de imparcialidad porque para ser beneficiario por el programa había que estar inscrito en el llamado Censo del Bienestar. De igual forma, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) denunció e incluyó la difusión del programa en las redes sociales de los servidores públicos.

“El 30 de abril la Comisión de Quejas y Denuncias del INE dictó la medida cautelar para suspender la difusión de las cartas con el nombre y/o cargo del Presidente de la República, ratificada por esta Sala Superior el 6 de mayo”, agregó el TEPJF.

Anteriormente, el 10 de julio, la Sala Regional Especializada del TEPJF declaró que hubo promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, señalando como único responsable a Jehú Sánchez García, titular de la Coordinación Técnica de Difusión del IMSS, resolución impugnada por el PRD y el PAN en donde señalaron que como López Obrador y el director del IMSS estuvieron en la conferencia de prensa matutina del 23 de abril, cuando se difundió el contenido de la carta, de cierta forma avalaron su contenido y consintieron su difusión.

Por medio de una sesión en videoconferencia, los magistrados desestimaron hoy los argumentos contra la exoneración del presidente López Obrador, de Zoé Robledo y de las secretarías del Bienestar y Economía, así como del Coordinador General de Programas para el Desarrollo del Gobierno Federal.

Ante esto, señalaron que ni el PAN ni el PRD aportaron pruebas para acreditar que dichos funcionarios participaron en el diseño, elaboración o difusión de las cartas; consideraron que el IMSS no se mantuvo inactivo ante la propaganda que difundió a través de su portal, y modificó en dos ocasiones, de forma voluntaria, el contenido de las cartas para evitar que se siguiera difundiendo con el nombre y cargo del presidente de la República.

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