Según el TEPJF, el Partido Acción Nacional presentó una queja por una publicación en Twitter donde se hacía alusión a la victoria del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) en el proceso electoral federal de 2018. Además de un video en YouTube relativo a la construcción de la refinería “Dos Bocas”, en Paraíso, Tabasco.
Ciudad de México, 26 de septiembre (SinEmbargo).– Jesús Ramírez Cuevas, Coordinador General de Comunicación Social y Vocero del Gobierno de la República, fue declarado como responsable por la difusión de propaganda gubernamental durante elecciones locales.
A través de un comunicado, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que Ramírez Cuevas difundió propaganda de Gobierno el 1 y 2 de junio de 2019, un periodo de veda y jornada electoral para seis estados de la República.
Según el TEPJF, el Partido Acción Nacional (PAN) presentó una queja por una publicación en Twitter donde se hacía alusión a la victoria del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) en el proceso electoral federal de 2018. Además de un video en YouTube relativo a la construcción de la refinería “Dos Bocas”, en Paraíso, Tabasco.
Jesús Ramírez Cuevas se reconoció como el responsable de la estrategia de comunicación del Gobierno de México y de las redes sociales de este.
Por lo tanto la Sala Regional Especializada determinó que al difundir estos mensajes en los días anteriormente señalados se vulneraron los principios rectores de las contiendas electorales de imparcialidad y equidad en el proceso de elecciones locales de este año.
El periodo de veda electoral en el que está prohibido que algún partido, candidato o autoridad difunda mensajes políticos o gubernamentales en tres días previos y durante el día de elecciones durante el día de los procesos electorales.
Los magistrados dictaron la sentencia al considerar que se actualizó la infracción al difundir propaganda gubernamental en tiempo prohibido, señalando además que la libertad de expresión de los servidores públicos está limitada al respeto de los derechos de terceros.
El TEPJF comunicó la sentencia de Jesús Ramírez Cuevas al Presidente Andrés Manuel López Obrador, pues al no haber una sanción establecida dentro de la Ley, las conductas infractoras de servidores públicos, debe darse vista al superior jerárquico.