México

Patrones no pueden reducir salario a trabajadores por la crisis del COVID-19: Secretaría del Trabajo

27/03/2020 - 5:37 am

La dependencia especificó que ningún trabajador puede ser despedido luego de salir positivo por coronavirus. En estos casos, solo se debe presentar una incapacidad que el IMSS proporciona y en caso de no estar afiliado, los empleadores tendrán que cubrir salario y prestaciones íntegras.

Ciudad de México, 27 de marzo (SinEmbargo).- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) aseguró que los patrones de empresas mexicanas no pueden reducir el salario de los trabajadores a pesar de las afectaciones económicas que está dejando el brote de COVID-19 en el país.

De acuerdo con un comunicado de la dependencia, los trabajadores tienen el derecho a recibir su sueldo íntegro, pues, en caso de que se violenten sus derechos laborales, pueden acudir ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), y reclamar el salario completo conforme a lo pactado en el Art. 99 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

La STPS detalló también que los empleadores no tienen permitido dejar de pagar o reducir las aportaciones de sus trabajadores al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), pues solo se ha suspendido la asistencia social a grupos vulnerables a infectarse con el nuevo virus.

“El artículo 311 de la Ley del Seguro Social (LSS) establece que se impondrá sanción de tres meses a tres años de prisión, a los patrones o sus representantes y demás sujetos obligados que no formulen los avisos de inscripción o proporcionen al IMSS datos falsos, evadiendo el pago o reduciendo el importe de las cuotas obreropatronales”, señaló el organismo al respecto.

Por otro lado, la STPS indicó que los patrones pueden detener temporalmente el trabajo de aquellos trabajadores que presenten síntomas relacionados con el COVID-19, atendiendo las especificaciones de las autoridades de salud. En este sentido, el IMSS facilitó incapacidades médicas en línea para que las personas sospechosas puedan justificar su ausencia en el lugar donde laboran.

Aunado a lo anterior, la dependencia especificó que ningún trabajador puede ser despedido luego de salir positivo por coronavirus. En estos casos, solo se debe presentar una incapacidad que el IMSS proporciona y en caso de no estar afiliado, los empleadores tendrán que cubrir salario y prestaciones íntegras.

En su documento, la dependencia menciona que si los patrones así lo deciden, los trabajadores pueden realizar sus actividades laborales desde casa, pues, las autoridades sanitarias así lo han sugerido durante la jornada de Sana Distancia.

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