El Congreso de Sinaloa busca reformar Ley para prohibir que los padres den nalgadas a sus hijos

29/07/2019 - 8:00 pm

Avanza en comisiones armonización de la legislación local con la federal, para evitar los castigos corporales y humillantes contra niñas, niños y adolescentes

Por José Alfredo Beltrán

Ciudad de México, 29 de julio (Noreste).– ¿Quién en su infancia o adolescencia no recibió una bofetada, “cinturazo” o nalgada de sus padres, por un “mal comportamiento”?

El tema de los castigos corporales, de los padres a los hijos o de quienes ejercen custodia sobre éstos, ya se puso sobre la mesa en la 63 Legislatura.

Esto a través de una reforma legal, que prohibirá expresamente los castigos corporales o humillantes contra menores.

De entrada, la Comisión de Equidad, Género y Familia aprobó armonizar la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sinaloa con la ley general en la materia.

Integrantes de esta comisión legislativa, la cual encabeza la morenista Francisca Abelló Jordá, aprobaron por unanimidad reformar la fracción VIII del artículo 83 de la esta ley.

La exigencia para desterrar la práctica de los castigos físicos contra menores es una de las banderas que a nivel internacional enarbola la UNICEF, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia.

En América Latina y el Caribe, según esta agencia de la ONU con sede en Nueva York, dos de cada tres niños menores de 5 años son víctimas de distintas formas de violencias desde el hogar.

Y está demostrado, con base en estudios dice UNICEF, que los maltratos físicos hacia menores aumenta el riego de que éstos reproduzcan comportamientos agresivos hacia otras personas.

La prohibición de los castigos corporales fue una de las iniciativas que “congeló” la anterior legislatura.

Una de las diputadas que presentó el proyecto fue la panista Sylvia Treviño Salinas.

En el dictamen procesado por la Comisión de Equidad, Género y Familia se establecen los alcances de la reforma a la fracción VIII del artículo 83.

“Abstenerse de cualquier atentado contra su integridad física, psicológica o actos que menoscaben su desarrollo integral; así como de ejercer cualquier tipo de violencia en su contra, en particular el castigo corporal. El ejercicio de su patria potestad, tutela o guarda y custodia no podrá ser justificación para incumplir la obligación prevista en la presente fracción”, se establece.

Con esta adecuación se mandata a autoridades estatales y municipales competentes a tomar medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar aquellos casos en que se ejerza violencia intrafamiliar contra niñas, niños o adolescentes.

La medida va con dedicatoria a personas que ejerzan la patria potestad, tutores o cuidadores en general.

Se prevé que el dictamen sea sometido a consideración del pleno en las últimas sesiones del segundo periodo ordinario de la 63 Legislatura.

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