México

La etiqueta que nadie entiende (en país de obesos) queda como está, por ahora, dicta la SCJN

29/08/2018 - 3:16 pm

La Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó hoy el proyecto que declaraba inconstitucionales los lineamientos del etiquetado nutrimental con el formato Guías de Porciones Diarias (GDA) en alimentos ultraprocesados y bebidas azucaradas.

El caso fue atraído por la SCJN tras la demanda de amparo 240/2018, presentada por el Poder del Consumidor (EPC) que argumenta que el actual etiquetado es contrario a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, es poco claro y establece criterios nutrimentales sin base científica.

“Desde hace ocho años, las empresas implementaron este etiquetado que nadie entiende”, criticó en entrevista para SinEmbargo, Alejandro Calvillo, director de la organización civil.

Ciudad de México, 29 de agosto (SinEmbargo).- La Sala 2 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el proyecto que declaraba inconstitucionales los lineamientos del etiquetado nutrimental con el formato Guías de Porciones Diarias (GDA) en alimentos ultraprocesados y bebidas azucaradas.

El máximo tribunal decidió returnar el caso a la ministra Margarita Beatriz Luna Ramos, por lo que el fallo de la nueva votación podría conocerse poco antes del término de la administración a cargo de Enrique Peña Nieto o durante las primeras semanas del arranque de la gestión de Andrés Manuel López Obrador.

“El asunto sigue vivo, no se sabe cuál es el motivo por el cual rechazan la sentencia del Ministro Fernando Franco”, aclaró Alejandro Calvillo Unna, director de la organización El Poder del Consumidor (EPC).

En el mismo tenor, Javier Zúñiga, abogado de EPC, destacó que se desconocen las razones por las que el proyecto fue rechazado, no obstante, consideró que podría deberse a un asunto “procesal” más que “de fondo”. “La materia subsiste”, remarcó.

Sin embargo, tras la decisión de la Corte, los mexicanos continuarán bajo la sombra de la ignorancia, pues no sabrán, como hasta hoy, exactamente qué cantidad de azúcares, grasas, sodio, aditivos y otros ingredientes nocivos contienen los productos que consumen.

“Desde hace ocho años, las empresas implementaron este etiquetado que nadie entiende”, agregó en entrevista para SinEmbargo.

El caso fue atraído por la SCJN tras la demanda de amparo 240/2018, presentada por El Poder del Consumidor (EPC) en 2015, en respuesta a la implementación del etiquetado frontal, utilizado por la industria de bebidas y alimentos desde 2011 que ha sido criticado por su poca claridad.

En 2016, el Juez Octavo en materia Administrativa en la Ciudad de México decidió conceder el amparo, pues determinó que el etiquetado violaba los derechos a la salud y a la información por no proveer información clara a los consumidores. Así, la sentencia ordenó a la Cofepris dejar de aplicar la medida actual y mejorarla con base en las recomendaciones nacionales e internacionales. Pero, la propia Cofepris y la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) impugnaron.

En ese sentido, Calvillo Unna añadió que “la siguiente administración seguramente se desiste de defender la impugnación que hizo contra la sentencia […] Yo estoy seguro que públicamente se desistirían de esta impugnación […] Esta Profeco y esta Cofepris que han estado al servicio de las empresas ya se van. Estamos a la expectativa”.

Después de la impugnación, debido a la importancia y trascendencia del caso, el tribunal colegiado solicitó a la Suprema Corte reasumir su competencia en el caso y fue así como lo atrajo y hoy decidió returnarlo. Incluso, el Ministro José Fernando Franco González Salas presentó en su momento un proyecto donde se respalda la sentencia del Juez.

EPC ha denunciado en reiteradas ocasiones que ese etiquetado frontal fue diseñado por la Cofepris de la mano de la propia industria, es decir, al menos durante los últimos años, las grandes empresas han impuesto su regulación bajo el aval de las autoridades mexicanas.

La organización civil también ha señalado que el etiquetado es “un atentado contra la salud” y ha criticado que incurre en violaciones a los derechos humanos, de la infancia y a la alimentación, cuando debería fungir como una herramienta básica para que el consumidor tenga el poder de tomar decisiones informadas y saludables.

Pero, establece criterios contrarios a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre los azúcares añadidos, a la propia Estrategia Nacional para la Prevención y el Control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes y a las recomendaciones del Instituto Nacional de Salud Pública (INSP).

Por ejemplo, de acuerdo con la Cofepris, las personas pueden consumir 90 gramos de azúcar al día, lo que se traduce en 33 kilos al año. Mientras, la OMS recomienda un consumo ideal máximo de 25 gramos diarios, es decir, 9 kilogramos anuales.

En un país en el que 7 de cada 10 adultos y 3 de cada 10 niños y adolescentes viven con exceso de peso, de acuerdo con la última Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (ENSANUT), la decisión de la Corte cobra especial importancia.

SCJN resuelve sobre etiquetado de comida chatarra
La resolución que hoy da la SCJN es resultado del amparo 240/2018, presentado por el EPC en 2015 tras la implementación del etiquetado frontal, criticado por su poca claridad y por establecer criterios nutrimentales sin base científica. Foto: Tercero Díaz, Cuartoscuro.

ULTRAPROCESADOS MALDITOS

Desde hace años, organizaciones de la sociedad civil y especialistas habían puesto el dedo sobre la llaga: el alto consumo de comida ultraprocesada y bebidas azucaradas son los principales factores responsables de la emergencia epidemiológica decretada en noviembre del año pasado por obesidad, sobrepeso y diabetes. Apenas ayer, en entrevista para SinEmbargo, el doctor Miguel Malo, asesor en Enfermedades Crónicas y Salud Mental en la Organización Panamericana de la Salud/ Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS), lo reiteró.

El mes pasado, a través del artículo de postura Sistema de etiquetado frontal de alimentos y bebidas para México: una estrategia para la toma de decisiones saludables, publicado en la edición julio- agosto de la revista Salud Pública, 31 especialistas afirmaron que “los estudios disponibles indican que el etiquetado que se utiliza en México, que está basado en las Guías Diarias de Alimentación, no funciona y debe ser reemplazado por un sistema efectivo, de fácil comprensión y con criterios correctos”.

El grupo afirmó que el etiquetado frontal no es comprensible para la población en general y además carece de criterios basados en la evidencia científica.

El comité se formó a solicitud de la Secretaría de Salud y contó con la participación de especialistas del Instituto Nacional de Salud Pública (INSP), del Instituto de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán, universidades públicas y privadas, así como del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

En el artículo, los expertos presentaron seis puntos para que la Cofepris y la Secretaría de Salud trabajen en la modificacion de un etiquetado idóneo:

1. Debe basarse en recomendaciones internacionales y nacionales, entre ellas las de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Academia Nacional de Medicina.

2. Creado por un grupo libre de conflicto de interés con criterios de transparencia.

3. Considerar el uso de un perfil nutrimental único a todas las políticas regulatorias.

4. Enfatizar que la función principal del etiquetado es proporcionar información fácil de comprender sobre ingredientes cuyo alto consumo es nocivo para la salud.

5. Estudios disponibles indican que el GDA no funciona y debe ser reemplazado por un sistema efectivo de fácil comprensión y con criterios correctos.

6. Se requiere etiquetado de advertencia como el que se implementa o diseña en otros países como Chile.

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