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Leopoldo Maldonado

29/10/2021 - 12:01 am

Revisar la libertad de expresión

Algo queda claro para las relatorías, hay que  hacer frente a la “pandemia” de expresiones estigmatizantes que se registran a lo largo del planeta, alegando un malentendido derecho a la libertad de expresión (o incluso derecho de réplica) por parte de Jefes de Estado y otras personas del servicio público.

Protesta contra la violencia a la prensa en Nuevo León.
“Estamos a tiempo de salvar nuestro derecho a expresarnos libres de miedo y discriminación”. Foto: Gabriela Pérez, Cuartoscuro

El pasado 20 de octubre las relatorías de libertad de expresión de los sistemas ONU y regionales (Américas, Europa y África) lanzaron la “Declaración Conjunta de 2021 sobre Líderes Políticos, personas que ejercen la Función Pública, y Libertad de Expresión”. Dicha discusión, impulsada desde 1999 por Artículo 19 y el Centro para el Derecho y la Democracia, ha dado pie a innovadoras perspectivas sobre aspectos particulares de este derecho. En esta ocasión, la Declaración de 2021 nos recuerda elementos básicos mínimos para el ejercicio de la libertad de expresión en un contexto cambiante y adverso: pandemia, desinformación, violencias y oleada de autoritarismos.

En esta Declaración los expertos y expertas internacionales se muestran “alarmados por el acoso, las amenazas y el alto nivel de violencia que se cometen impunemente contra periodistas, activistas del derecho a la información, defensores de los derechos humanos y otras personas por ejercer su derecho a la libertad de expresión”. En ello tienen un papel preponderante, como lo hemos dicho durante años, los liderazgos políticos y el funcionariado público.

En este sentido, ponen especial atención a las expresiones que desde la tribuna pública marcan “el tono del debate, son intolerantes y divisivas, niegan los hechos establecidos, atacan a los periodistas y a los defensores de los derechos humanos por ejercer su derecho a la libertad de expresión, y tratan de socavar las instituciones democráticas”. Destacan que muchas veces, desde las altas tribunas nacionales y subnacionales se lanzan “mensajes de odio”. Algo queda claro para las relatorías, hay que  hacer frente a la “pandemia” de expresiones estigmatizantes que se registran a lo largo del planeta, alegando un malentendido derecho a la libertad de expresión (o incluso derecho de réplica) por parte de Jefes de Estado y otras personas del servicio público.

De esta manera, lo que se propone y recuerda en la Declaración conjunta son los elementos mínimos de la libertad de expresión, con sus objetivos y alcances logrados en el reconocimiento normativo durante décadas de lucha, para agregar una nueva mirada frente a los grandes retos contemporáneos. Es decir, relanza y reconfigura un verdadero programa para la libertad de expresión en el momento mismo de su cuestionamiento y menoscabo sistemático.

Dicho programa pasa por: la adopción de medidas para proteger las expresiones críticas; empujar hacia la alfabetización mediática y digital (antes que la sobrerregulación estatal de contenidos); revisar múltiples restricciones legales que se han impuesto contra la libertad de expresión para que sean conformes con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos; garantizar la pluralidad mediática mediante la desconcentración de los medios y la independencia de los servicios públicos de radiodifusión; garantizar independencia de órganos reguladores; evitar el uso de publicidad oficial como medio indirecto de censura; derogar normas de difamación penal y poner límites al abuso en el uso (desde los poderes político y económico) de la difamación civil; combatir el “discurso de odio; retomar y hacer efectivas las normas internacionales de transparencia y acceso a la información”.

Además, suma elementos muy necesarios en el contexto actual en términos de los actores políticos y su actuar irresponsable frente a la libertad de expresión. Por ejemplo conmina a “hacer frente a los discursos que promuevan la intolerancia, la discriminación o el odio, o que constituyan desinformación destinada a limitar la libertad de expresión u otros derechos humanos”. Para ello clarifica que los líderes políticos y las personas que ejercen la función pública “no deben hacer declaraciones que puedan promover la intolerancia, la discriminación o la desinformación”.

Muy importante es que la Declaración recuerda a los liderazgos políticos la prohibición de emitir “declaraciones falsas que ataquen la integridad de los periodistas, los trabajadores de los medios de comunicación o los defensores de los derechos humanos”. Tampoco deben -importantísimo- participar ni financiar “comportamientos inauténticos coordinados u otras operaciones de influencia en línea” que tengan como objetivo influir en las opiniones o actitudes del público o de un sector del público con fines políticos partidistas. Es decir, las “maquinarias de odio” (Signa Lab dixit) están haciendo un profundo daño a nuestras democracias.

Otros temas abordados son los “sistemas de acreditación” de prensa, mismos que deben ser independientes y “no tener carácter discriminatorio”. En el caso de las llamadas fake news, por un lado,  el Estado debe “abstenerse de adoptar prohibiciones generales sobre la difusión de información inexacta”. Por otro invita a imponer medidas disciplinarias a las personas que “ejercen funciones públicas [y] realicen, patrocinen, fomenten o sigan difundiendo declaraciones que sepan o deban saber razonablemente que son falsas”. De hecho hace un llamado a garantizar “que las autoridades públicas hagan todo lo posible por difundir información precisa y fiable”. Un claro llamado a los líderes que montados en la “post-verdad” hacen de la desinformación un arma de control político.

No podían faltar las empresas de redes sociales, mismas que han acumulado un poder económico y en la imposición de narrativas sociales. Para ello exige que dichas empresas adopten normas, sistemas y prácticas de moderación de contenidos reflejan las normas internacionales de derechos humanos. También les piden garantizar que sus normas, sistemas y prácticas de moderación de contenidos respeten los principios básicos del debido proceso, incluso proporcionando opciones independientes de resolución de conflictos, idealmente supervisadas por organismos independientes de múltiples partes interesadas. Destaca, por otro lado, “garantizar que sus sistemas y prácticas de moderación de contenidos tengan en cuenta las lenguas, tradiciones y cultura locales”.

Todo lo anterior marca la pauta para las próximos años en materia de libertad de expresión. Cuando hablamos de revisarla, no es bajo la lupa conservadora o autoritaria que pretende la imposición de mayores restricciones. Al contrario, la Declaración recupera la exigencia social de ampliar el ámbito de responsabilidades institucionales y de obligaciones estatales frente un derecho que padece novedosas formas de asedio. Dichas formas tienen que ver con la expropiación e instrumentalización -desde el poder- del  discurso de derechos humanos para anular la libertad de expresión y el derecho a la información.

Estamos a tiempo de salvar nuestro derecho a expresarnos libres de miedo y discriminación. Para eso la Declaración conjunta perfila una ruta crítica  para evitar que nuestras sociedades se hundan en la intolerancia, la violencia y el silencio.

Leopoldo Maldonado
Es Director Regional de ARTICLE 19 Oficina para México y Centroamérica. Maestro en Derechos Humanos y abogado por la Universidad Iberoamericana. Es integrante del Comité Consultivo del Repositorio de Documentación sobre Desapariciones en México. Durante 15 años ha trabajado como activista y defensor de derechos humanos defendiendo migrantes, personas indígenas, periodistas y víctimas de violaciones graves a derechos humanos.

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