INAI: Conavim debe informar sobre Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres

26/11/2023 - 8:33 am

La Comisionada Josefina Román Vergara explicó que contar con los datos sobre las Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres permite medir y aproximarse a la magnitud del problema, ya que se podrían establecer estrategias para su disminución y, eventualmente, su eliminación.

Ciudad de México, 26 de noviembre (SinEmbargo).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) compartir la información relacionada sobre las Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM).

Al presentar el asunto ante el pleno, la Comisionada Josefina Román Vergara explicó que contar con los datos permite medir y aproximarse a la magnitud del problema de la violencia contra las mujeres, ya que se podrían establecer estrategias para su disminución y, eventualmente, su eliminación.

“Con miras a exponer el valor estratégico de la información vinculada con la violencia cometida en contra de mujeres, niñas y adolescentes en la garantía del derecho a la información, al permitir el acceso a datos sobre Alertas de Violencia de Género. [...] El ejercicio del derecho de acceso a la información nos ayudará a contar con datos que nos permitan medir y aproximarnos a la magnitud del problema para establecer estrategias que no sólo disminuyan la violencia feminicida en nuestro país, sino que, eventualmente, podamos llegar a su eliminación”, señaló la Comisionada.

Además, indicó que es "sumamente relevante entender que la violencia feminicida es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas, producto de la violación de sus derechos humanos y del ejercicio abusivo del poder, tanto en los ámbitos público y privado, que puede conllevar impunidad social y del Estado".

El Instituto detalló que una persona solicitó a la Conavim conocer cuatro contenidos de información relacionados con las AVGM que se han tramitado en el país: la totalidad de solicitudes de esta alerta que se han tramitado, desglosada por estados y/o municipios y los años en que éstas se llevaron a cabo; la determinación del proceso de las solicitudes de alerta; su duración; las que se encuentran vigentes en el país.

En respuesta, la Comisión manifestó que la información requerida es de carácter público, por lo que proporcionó un vínculo electrónico, sin embargo, la persona solicitante interpuso un recurso de revisión ante el INAI, pues consideró que la información estaba desactualizada, ya que era de 2021, e incompleta.

Con base en el análisis realizado por la ponencia a cargo de la Comisionada Josefina Román Vergara, se concluyó que la Conavim no cumplió con el procedimiento de búsqueda, pues no advirtió a qué unidades administrativas turnó el requerimiento de información. Además, dijo, se determinó que el vínculo electrónico contiene parcialmente la información, pues si bien corresponde a las AVGM, con el nivel de desglose solicitado, los registros más recientes corresponden al año 2021, por lo tanto, la información es incompleta, por lo que el agravio de la persona recurrente fue calificado como parcialmente fundado.

Josefina Román compartió que datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública señalan que de enero a septiembre de 2023, se han registrado 639 víctimas de feminicidio y mil 955 víctimas de homicidio doloso, es decir, dos mil 594 mujeres han sido asesinadas. En tanto, la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (Endireh) 2021 arrojó que la violencia psicológica es la que presenta mayor prevalencia con un 51.6 por ciento, seguida de la violencia sexual con un 49.7 por ciento, la violencia física con un 34.7 por ciento, y la violencia económica, patrimonial y/o discriminación, con un 27.4 por ciento.

Por lo expuesto, el pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres y le instruyó notificar a la persona recurrente el oficio de alegatos en el que señaló el número de declaratorias de Alerta; y realizar una nueva búsqueda en la Coordinación de Atención y Seguimiento de Alertas de Violencia de Género, para atender lo requerido.

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