Los trabajadores participarán en las utilidades del patrón de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
Ciudad de México, 21 de mayo (SinEmbargo).- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) recordó a todas las personas trabajadoras que el próximo 30 de mayo es la fecha límite para recibir el pago de utilidades, uno de los derechos establecidos en el Artículo 123 de la Constitución y en la Ley Federal del Trabajo. Aquí te contamos lo que debes saber al respecto.
"El derecho al reparto de utilidades consiste en recibir una parte de las ganancias obtenidas por la empresa o el patrón por la actividad productiva o los servicios ofrecidos durante el año anterior. Este reconocimiento es una muestra del valor que tiene tu labor en la generación de ingresos para las empresas", explicó.
¿Cuál es la fecha límite para el reparto de utilidades en 2025?
Las fechas establecidas para el reparto de utilidades en 2025 son:
- Del 1 de abril al 30 de mayo, si trabajas para una empresa.
- Del 1 de mayo al 29 de junio, si trabajas para una persona física.
🟢 El monto del pago del #RepartoDeUtilidades 💸no debe exceder tres meses de salario de la persona trabajadora o el promedio de la cantidad recibida en los últimos tres años.
✅¿Sabes cuál es la fecha límite para recibirlo?
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— STPS México (@STPS_mx) May 15, 2025
"La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo invita a las empresas y patrones a cumplir con el Reparto de Utilidades en tiempo y forma, pues de no hacerlo conlleva a multas que van de los 50 a los cinco mil salarios mínimos vigentes, según lo señala la LFT", indicó.
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo (LFT), si el trabajador no recibe esta prestación o se le paga de forma incompleta, tiene un plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida, para reclamar el pago de las utilidades.
¿Qué hacer si no recibo mis utilidades?
En caso de dudas o si no recibes tus utilidades en el plazo correspondiente, puedes acudir a la PROFEDET, donde se te atenderá de forma totalmente gratuita:
- Oficina central: Dr. José María Vértiz 211, Col. Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.
- Oficinas en toda la República: Consulta aquí
- Teléfonos: 800 911 7877 y 800 717 2942
- Correo electrónico: [email protected]
¿Quiénes tienen derecho a recibir utilidades?
La PROFEDET recordó a los trabajadores quienes son los empleados que pueden recibir utilidades. Estos son:
- Personas trabajadoras activas.
- Extrabajadoras y extrabajadores, de planta o eventuales, que hayan laborado al menos 60 días en el año.
- Personas con incapacidad temporal.
- Madres trabajadoras en licencia de maternidad.
- Padres que hayan hecho uso del permiso de paternidad.
- El monto se calcula en dos partes: una en función de los días trabajados y otra con base en los salarios percibidos durante el año.
¿Cómo se determinan las utilidades?
La PROFEDET recordó que los trabajadores participarán en las utilidades del patrón de acuerdo con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (el cual a la fecha asciende al 10 por ciento de las utilidades netas).
Asimismo, la utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales. La primera parte se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.
"Se considera como salario la cantidad que perciba el trabajador en efectivo por cuota diaria. Cuando la retribución sea variable, se tomará como salario el promedio de las percepciones obtenidas en el año", explicó la Procuraduría.
¿Qué salario debe considerarse como base del reparto?
Exclusivamente el salario por cuota diaria, sin incluir otros ingresos como tiempo extra, gratificaciones, primas o cualquier otro derivado de su trabajo. Cuando el salario sea variable, se tomará como cuota diaria el promedio correspondiente al total percibido durante el año.
En el caso de los trabajadores de confianza se tomará como salario tope, base del reparto de utilidades, el resultante de sumar 20 por ciento al salario del trabajador sindicalizado o de base de más alto salario, elevado al año.
PREGUNTAS_FRECUENTES_PTU_2025