México, 7 May. (Notimex).- El Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) publicó el acuerdo mediante el cual se dan a conocer reformas a las políticas, bases y lineamientos para la venta de los bienes muebles, inmuebles, activos financieros y empresas que le son transferidos.
De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación (DOF), las modificaciones se dan con el propósito de obtener los resultados comerciales idóneos que respondan al cumplimiento del objetivo institucional y otorguen un margen de acción más dinámico dentro del mercado.
Además, indica, que es necesario realizar diversos cambios a las Pobalines (Políticas, Bases y Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y de prestación de servicios de cualquier naturaleza del SAE), a fin de adicionar disposiciones que se adecuen a las prácticas operativas.
Las Pobalines serán aplicables a todos los Procedimientos Públicos de Venta y a la adjudicación directa que realice el SAE.
Entre las adecuaciones y reformas que se llevarán a cabo se encuentran las relativas a la venta de bienes declarados desiertos; en la reducción en gastos de publicación; pagos en exhibiciones; precisiones sobre los plazos para el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes y en el caso de las penas convencionales.
Asimismo, entre algunos cambios que se realizan se incluyen los procedimientos de remate, contratos de prestaciones de servicios y las ventas de bienes comercializables mediante el procedimiento de adjudicación directa.
Así como en el caso de los precios bases de venta de inmuebles y los procedimientos para las convocatorias de venta y subastas presenciales.
Agrega que las Convocatorias y las Bases de Venta de los procedimientos de Subasta Electrónica, se difundirán una vez al año en un periódico de circulación nacional y de manera permanente en la página electrónica del SAE.
Para el caso de Activos Financieros que coticen en algún mercado financiero, añadió que los Procedimientos Públicos de Venta se sujetarán a las disposiciones jurídicas que resulten aplicables.
Mientras que para el caso de los Vehículos chatarra deberán catalogarse como tal en el comprobante fiscal correspondiente, dejando a salvo tanto al SAE como a la Entidad Transferente, de cualquier uso distinto que el ganador le llegase a dar.
El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.




