México, 16 Ene. (Notimex).- El Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) revocó la designación de Juan de Jesús Luna García como secretario de Acción Juvenil del PAN en la delegación Tláhuac y ordenó reinstalar en ese cargo a Sergio Becerra Castro.
Al resolver el juicio para la protección de los derechos políticos de los ciudadanos 51/2013, los magistrados concluyeron que el Comité Directivo Regional panista se excedió en sus facultades al haber designado de manera directa y por voluntad propia a Luna García.
Becerra Castro argumentó en su queja que el Comité Directivo Delegacional no se apegó al procedimiento establecido en el Reglamento de Acción Juvenil del Partido Acción Nacional (PAN).
La elección debe ser realizada por la asamblea juvenil, y sólo puede ser designada por el Comité Directivo bajo circunstancias excepcionales, las cuales en este caso no se acreditaron, abundó.
En sesión pública, el TEDF también resolvió diversos juicios laborales interpuestos por ex servidores públicos del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) y de este tribunal.
La sentencia sobre el juicio laboral 5/2013, ordenó al IEDF pagar la parte proporcional de vacaciones, la prima vacacional y el aguinaldo por el tiempo laborado en 2013 a la demandante; sin embargo, lo eximió de pagar tiempo extraordinario y la prima de antigüedad.
También deberá entregar los comprobantes de pago al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y su Fondo de la Vivienda (Fovissste), así como al Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) correspondientes a todo el periodo que duró la relación laboral.
En tanto, al resolver el juicio laboral 12/2013, ordenó que el IEDF pague la parte proporcional de aguinaldo al actor, pero no lo correspondiente al pago de horas extras, ni a diversas prestaciones por supuesto despido injustificado.
Respecto al proyecto de sentencia del juicio de inconformidad administrativa 2/2013, el órgano jurisdiccional revocó la sanción que el IEDF impuso a uno de sus servidores públicos.
Dicha sanción consistía en la suspensión por 15 días naturales en su puesto, sin goce de sueldo, debido a que fue considerado responsable por la desaparición de diverso equipo bajo su resguardo.
El tribunal local concluyó que hubo falta de exhaustividad en la investigación realizada por la Contraloría Interna del IEDF, por lo que no se le pudo comprobar nada al actor.
En cuanto al juicio TEDF-JLT-002/2013, en el que el demandante pedía la reinstalación en el cargo que desempeñaba en este órgano jurisdiccional, así como el pago de diversas prestaciones, el pleno determinó que se le liquiden partes proporcionales de vacaciones.
También deberán pagar prima vacacional, fondo de ahorro, aguinaldo y estímulo anual correspondiente al 2013.
Empero, respecto a la reinstalación en su cargo y el pago de salarios caídos y horas extras, le fueron negados, pues al ser trabajador de confianza, carece de estabilidad laboral. Asimismo, el pago de horas extras fue realizado oportunamente durante el proceso electoral 2011-2012.
En tanto, sobre al expediente identificado con la clave TEDF-JLDC-011/2013, promovido por María del Refugio Rocha Almaguer, el tribunal desechó la demanda, por lo que ésta quedó sin materia.