IFAI ordena a Conacyt entregar currículum vitae del investigador Sergio Aguayo

14/03/2014 - 3:53 pm

México, 14 Mar. (Notimex).- El Consejo Nacional para la Ciencia y Tecnología (Conacyt) deberá entregar versión pública del currículum vitae, testando los datos confidenciales del investigador Sergio Aguayo Quezada, ordenó el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).

El IFAI revocó la respuesta que el sujeto obligado ofreció a un particular que solicitó dichos datos, porque la persona de quien se solicita la documentación recibe recursos públicos, al ser integrante del Sistema Nacional de Investigadores (SNI), y resulta conveniente transparentar la información de que se cumple los requisitos para ello.

En un comunicado, señaló que el Conacyt respondió que Sergio Aguayo ingresó por primera ocasión al SNI en 1984, y que la documentación que presentó no consta en su archivo administrativo.

Además de que la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG) se publicó en el año de 2002 y, por lo cual, no tenía la obligación de conservar documentación anterior a dicha fecha.

En el análisis jurídico del caso, el IFAI observó que el Reglamento del Sistema Nacional de Investigadores de 1984 especificaba que un “investigador de tiempo completo” era aquella persona que tuviera un nombramiento en alguna de las instituciones con responsabilidad y funciones de investigación.

Que la persona interesada debía de presentar una “solicitud de ingreso” con los formatos establecidos, acompañada de fotocopias de los documentos que acreditaran su preparación académica y los trabajos realizados.

Agregó que en la página electrónica, específicamente en la sección del SNI, apartado de “Investigadores Vigentes”, se ubica el C. Sergio Aguayo Quezada, quien se encuentra obligado a presentar su informe anual de actividades para continuar en el referido sistema.

Debido a que el sujeto obligado no justificó los motivos del por qué no obran los documentos en su archivo administrativo, y sólo dijo que de acuerdo con la Ley no tenía obligación de conservar documentación anterior a 2002; deberá realizar una nueva búsqueda en la Dirección del Sistema Nacional de Investigadores y entregar lo solicitado.

En el caso de no localizarlos, el Comité de Información del Conacyt deberá emitir la declaración de inexistencia, en donde indique las razones por las que no cuenta con la información requerida.

Redacción/SinEmbargo

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