México

Tribunal del Edomex multa a Delfina y Morena por “actos anticipados de campaña” denunciados por el PRI

15/06/2017 - 6:33 pm

A la ex candidata se le impuso una multa consistente en cinco mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización (UMA) vigente -con valor aproximado de 75.49 pesos-, así como una multa de diez mil cien días al partido político Morena.

Ciudad de México, 15 de junio (SinEmbargo).- El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) determinó que Delfina Gómez Álvarez y el partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) deben ser sancionados con una multa de 377 mil y 755 mil pesos, respectivamente por actos anticipados de campaña.

Por su parte, la abandera de Morena informó que su representante ante el Instituto Nacional Electoral (INE), Horacio Duarte Olivares, presentó un recurso en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) contra la sentencia del TEEM.

Luego de una denuncia interpuesta por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Tribunal encontró que Morena y su candidata vulneraron el “principio de equidad en la contienda, en perjuicio de los demás contendientes”.

En la sentencia se sostuvo que “al ser designada Delfina Gómez Álvarez como promotora de la soberanía nacional del instituto político denunciado a través de un evento púbico el diez de julio de dos mil dieciséis así como de la realización de eventos posteriores a dicha fecha, en treinta y cinco municipios de la entidad y la difusión de diversos espectaculares, se advirtió que con dicho actuar, se originó un posicionamiento de ésta frente al electorado del Estado de México”.

A la ex candidata se le impuso una multa consistente en cinco mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización (UMA) vigente -con valor aproximado de 75.49 pesos-, así como una multa de diez mil cien días al partido político Morena.

En contraparte, el TEEM desechó el recurso de apelación presentado por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra de Eruviel Ávila Villegas por difundir la inauguración de una clínica geriátrica en plena veda electoral.

“Por lo que hace al recurso de apelación, fue presentado por el Partido Acción Nacional, en contra del acuerdo de fecha treinta de mayo del año en curso, emitido por el Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral del Estado de México, por medio del cual desechó un procedimiento especial sancionador”, informó en un comunicado el Tribunal.

en Sinembargo al Aire

Opinión

Opinión en video