Ciudad de México, 31 de marzo (SinEmbargo).-Por falta de pago, la Comisión Federal de Electricidad (CFE) le cortó el suministro de energía a dos adultos mayores que vivían con un respirador eléctrico.
Afectados por la decisión de la empresa productiva del Estado, la pareja pidió que les reinstalaran el servicio argumentando su condición médica.
Ante la negativa, los adultos mayores acudieron ante la justicia desatando una batalla legal que dejó un precedente en materia de derechos de las personas en condición de vulnerabilidad.
El caso fue sentenciado el 7 de junio del 2023, sin embargo, no fue hasta el pasado 20 de marzo que se publicó en el Semanario Judicial de la Federación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Esta es la historia.
Sin luz y sin aire

Todo comenzó cuando dos adultos mayores sufrieron la cancelación del suministro de energía eléctrica por parte de la CFE debido a un adeudo que tenían en el servicio.
Más allá de las dificultades que cualquier persona sufriría por la falta de la electricidad, ambo afectados tenían un atenuante particular: necesitaban utilizar un generador eléctrico de oxigeno.
Durante la pandemia de covid-19, ambos adultos mayores se contagiaron del virus y a causa de las secuelas se vieron obligados a utilizar el respirador.
Ambos afectados acudieron ante la CFE para que les fuera reinstalado el servicio considerando su situación, sin embargo, les fue rechazada la petición.
Ante este escenario, decidieron ir ante la justicia y promovieron un amparo indirecto contra la orden de corte del suministro de energía eléctrica emitida de la CFE.
Los respiradores no son necesarios, no les regresen la luz

Durante el proceso legal, los dos adultos mayores insistieron en su situación de vulnerabilidad y bajo protesta de decir verdad argumentaron que su vida dependía de tener acceso a la energía eléctrica.
Sin embargo, un juez de distrito falló a favor de la CFE y sobreseyó el juicio, es decir, que simplemente desechó el caso en contra de los dos afectados.
En su decisión el juzgador explicó que la pareja de demandantes nunca exhibió la recomendación médica que los obligaba a utilizar ese tipo de generador eléctrico de oxigeno.
Además, en su sentencia argumentó que existen otros métodos para dar oxigeno, que son mecánicos y que no tienen la necesidad de utilizar energía eléctrica para que funcionen.
Por todo lo anterior, para el juez de distrito ninguno de los adultos mayores se encontraba en peligro de muerte si seguían sin energía eléctrica.
Tribunal falla a favor de los adultos mayores

Como una última opción, los adultos mayores presentaron un recurso de revisión contra la decisión del juez de distrito y el caso terminó en manos del Vigésimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, quien finalmente falló a su favor.
En su decisión, el tribunal colegiado explicó que los adultos mayores se encuentran en una vulnerabilidad frente al acceso a la salud, más tras la pandemia de covid-19, cuyas principales víctimas eran precisamente el grupo al que los demandantes forman parte.
Los magistrados señalaron que, en ese contexto, la condición de vulnerabilidad no deriva simplemente de la edad, sino de la condición médica en que se encuentran los adultos mayores.
Para el tribunal, la suspensión del servicio de energía eléctrica podría poner en peligro la salud y en consecuencia la vida de los afectados.
Con esta decisión, el caso regresa al juez de distrito quien tiene considerar lo señalado por el tribunal en su sentencia y debe ayudar a los afectados a corregir cualquier error en su demanda y protegerlos.



