Ciudad de México, 9 de abril (SinEmbargo).- Una mujer demandó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) porque le entregó el cuerpo de su madre fallecida a otra familia.
Aunque el IMSS reconoció su error, sorpresivamente los tribunales fallaron en su contra y rechazaron que hubiera una reparación del daño.
No fue hasta que el caso llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que se tuvo una sentencia definitiva.
El caso fue dado a conocer en el Semanario Judicial de la Federación. Esta es la historia.
Una hija que perdió dos veces a su madre

Una mujer pasó uno de los peores momentos de su vida cuando "perdió" dos veces a su madre y luego la justicia le dio la espalda. Todo comenzó tras la muerte de su madre.
Si el dolor de haberse quedado huérfana y los insufribles que pueden ser los trámites burocráticos en este escenario no fueran suficiente, todo empeoró cuando solicitó el cuerpo para darle sepultura.
Sin embargo, se llevó una sorpresa cuando el IMSS le respondió que ya no lo tenía, sino que se lo había dado por error a otra familia.
El error del Seguro Social significó una segunda pérdida para la mujer, quien no pudo despedirla con un velatorio y funeral, según sus creencias, dificultando aún más su duelo.
Por todo esto, la mujer solicitó al Seguro Social una indemnización por daño moral, sin embargo, ignoró su petición.
"No hubo daño": la justicia le da la espalda
Ante la negativa del IMSS de atender su petición, la mujer promovió un juicio contencioso administrativo en su contra.
El caso quedó en manos de, Tribunal Federal de Justicia Administrativa que falló en contra de la demandante, aún cuando el Seguro Social había aceptado el error.
Claramente inconforme, la mujer promovió un amparo directo en contra la sentencia. Fue ahora un Tribunal Colegiado de Circuito quien falló nuevamente en su contra.
En su sentencia, los magistrados aseguraron que la mujer huérfana no exhibió las pruebas necesarias que demostraran que realmente hubo un daño moral.
El fallo de la Corte

Como última opción, interpuso un recurso de revisión y el caso llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que finalmente falló a favor de la mujer huérfana.
En su sentencia, la Corte explicó primero que fue el IMSS quien reconoció su error y eso era razón suficiente para probar que hubo una violación en los derechos de la demandante.
Los SCJN mencionó que si bien generalmente corresponde al que presenta la demanda presentar las pruebas por daño moral, en este caso se hace una excepción porque la afectación fue extrapatrimonial.
Que el IMSS haya entregado el cuerpo de su madre a otra familia provocó que la víctima no pudiera realizar los rituales religiosos y de duelo necesarios según sus creencias, lo que constituye un daño evidente a sus derechos emocionales y espirituales.
Para los ministros, en este caso el daño sufrido por la mujer demandante es evidente, por lo que es innecesario requerir elementos probatorios.
Con esta decisión, la Corte ordenó que se revocara la sentencia original y se emitiera una nueva en la que debe determinar que sí hubo un daño moral, entonces, se deberá definir la indemnización que el IMSS deberá pagar.



