El doping o dopaje, no es una práctica nueva, se presenta desde tiempos casi prehistóricos pero nunca había estado tan de moda como en estos últimos años. La primera definición del doping lo describiría como “la administración o el uso por parte de un individuo sano… de cualquier agente o sustancia que no está presente normalmente en el cuerpo… y/o de cualquier agente o sustancia fisiológica introducido en cantidades adicionales a las normales… y/o por una ruta anormal y/o de manera anormal… con el propósito y el efecto de un aumento artificial y una manera injusta del funcionamiento de ese individuo durante el periodo de competición” definición acuñada en la década de los 60’s en por el Consejo Europeo para la Educación Extraescolar. De ese momento al actual hemos pasado por infinidad de definiciones, unas más técnicas que otras pero todas reflejando lo mismo en sus líneas; la ayuda ilegal al rendimiento del atleta.
En la actualidad (a partir del 2004) el dopaje es regulado por la Agencia Mundial Anti-dopaje o WADA (por sus siglas en inglés), que cuenta con la colaboración de las autoridades máximas en temas de sustancias ergogénicas, e ilegales del planeta. Este organismo se encarga de publicar anualmente la “lista” o código anti-dopaje en el que figuran las sustancias ilegales que si se llegaran a detectar en las pruebas a algún atleta serían causa de sanciones tales como baja temporal, baja indefinida y retirada de medallas o récords realizados bajo el efecto de uno de estos fármacos prohibidos.
Para que una sustancia pueda ser adherida al código antidopaje debe cumplir por lo menos dos de las siguientes tres condiciones:
1.- que la sustancia tenga el potencial para incrementar el rendimiento deportivo.
2.- que la sustancia o el método dopante representa un riesgo real para la salud del atleta. (punto muy importante)
3.-que la sustancia o el método dopante violen el código deportivo.
También podrán incluirse en la lista las sustancias que puedan enmascarar los efectos de las anteriores.
Como se puede ver, no se trata solamente del incremento en el rendimiento deportivo, sino que también los riesgos a la salud que conlleva la administración de dichas sustancias. Porque la ingestión o inoculación de cualquier sustancia nunca será inocua y siempre son de esperar efectos secundarios que pueden ser menores o mayores dependiendo de la naturaleza del fármaco administrado.
La lista o código anti-dopaje se divide en cuatro grupos:
Sustancias y métodos prohibidos siempre (dentro y fuera de competencia)
S1. Agentes anabólicos
S2. Hormonas y sustancias relacionadas
S3. Beta-2 agonistas
S4. Hormonas antagonistas y moduladores
S5. Diuréticos y otros agentes enmascarantes
M1. Incremento de la transferencia de oxígeno
M2. Manipulación química y física
M3. Dopaje genético
Substancias y métodos prohibidos (dentro de competencia)
S6. Estimulantes
S7. Narcóticos
S8. Canabinoides
S9. Glucocorticoides
Substancias prohibidas en deportes particulares
P1. Alcohol
P2. Beta-bloqueantes
Sustancias especificadas
Dentro de estos cuatro grupos encontramos a todas las sustancias dopantes. Es importante aclarar que no todas federaciones y empresas (por ejemplo las de los deportes estadounidenses) se rigen por la WADA en temas de dopaje, y un ejemplo concreto es que la gira de tenis del ATP ha introducido hasta este año las pruebas antidoping para sus deportistas, otro ejemplo típico es que la MLB (Major League Baseball) no somete a sus deportistas a controles antidoping por lo que existe menos control en los suplementos y sustancias anabolizantes que los peloteros consumen para incrementar masa muscular y mejorar su rendimiento.
Por lo que mi recomendación es que cuando alguien en tu gimnasio o club de entrenamiento te ofrezca un suplemento o sustancia que parezca sospechosa, acudas a tu médico del deporte de confianza antes de empezar a utilizarla y así evitar los riesgos a la salud que ello conlleva.
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