Ciudad de México, 17 de abril (SinEmbargo).- Una trabajadora demandó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por despedirla y no pagarle liquidación tras más de 15 años trabajando.
El pleito legal avanzó hasta las últimas instancias siendo la sentencia final un precedente en materia de derechos laborales y debido proceso.
El caso dado a conocer por el Semanario Judicial de la Federación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Esta es la historia.
Un despido injustificado tras 15 años trabajando

Luego de laborar por más de 15 años en el IMSS, una trabajadora recibió su carta de despido. La sorpresa fue mayor cuando se percató que el Seguro Social había definido su caso como un despido justificado.
Al ser despedida justificadamente, el instituto solamente le pagaría el finiquito, es decir, la parte proporcional de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y de antigüedad, así como salarios devengados.
En cambio, si la hubieran despedido injustificadamente tendría que recibir una liquidación, es decir, además de lo señalado, tres meses de salario como indemnización.
Claramente en desacuerdo con los motivos detrás del despido, la trabajadora demandó al IMSS para que le pague la liquidación argumentando que no había razón detrás de su despido y por lo tanto no era justificado.
La razón del IMSS detrás del despido

Por su parte, el IMSS respondió la demanda rechazando que el despido fuera injustificado asegurando que la trabajadora incurrió en irregularidades durante el desempeño de sus labores.
A causa de esto, el Seguro Social comenzó una investigación administrativa donde se decidió rescindir la relación de trabajo de forma justificada.
Inclusive, el instituto sostuvo que no era la primera vez que esto pasaba, que ya había ocurrido una falla anterior en su trabajo, pero que en esa ocasión solo había sido sancionada.
No la despidieron esa vez, explicó el Seguro Social, porque en el contrato colectivo de trabajo señala que ante una primera falta administrativa los trabajadores que tengan más de 15 años trabajando, como es en este caso, sólo podrán recibir una sanción menor por única ocasión antes de ser separados de su cargo.
La decisión final del tribunal

El caso quedó en manos del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito que finalmente falló a favor de la trabajadora y en contra del IMSS.
El tribunal colegiado señaló que hubo un error en el procedimiento para llegar al despido justificado, el cual anula toda la decisión del Seguro Social respecto al futuro laboral de la empleada.
Resulta que la primera sanción que recibió la trabajadora, como su única medida precautoria antes de ser separada del cargo, estuvo a cargo de la Jefatura de Servicios Jurídicos del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Sur del Distrito Federal (ahora Ciudad de México).
Sin embargo, los magistrados explicaron que, de acuerdo con el contrato colectivo, esta primera advertencia tuvo que ser impuesta por una comisión disciplinaria y no por cualquier órgano interno.
En este caso, al ser una jefatura la que determinó el primer llamado de atención contra la trabajadora, antes de su despido justificado, el IMSS cometió una falla la debido proceso.
Es entonces que el tribunal colegiado determinó que, al no seguirse el correcto procedimiento del despido justificado, éste debe anularse.
Con esta decisión, los magistrados declararon inválida el despido de la trabajadora y abrieron la puerta para que el IMSS tenga que pagarle la liquidación completa o inclusive, si así lo quisiese la demandante, que la reinstalen en su puesto con los salarios caídos.



