Un juez federal invalida la revocación de permiso a la empresa Emex, propiedad del zar de los casinos

25/07/2014 - 4:05 pm

Ciudad de México, 25 de julio (SinEmbargo).-El juzgado Décimo Sexto en Materia Administrativa en el Distrito Federal, declaró ilegal la revocación del permiso para operar casinos de la empresa Entretenimiento de México (Emex), propiedad de los hermanos Juan José y Arturo Rojas Cardona.

De acuerdo a un comunicado del Consejo de la Judicatura Federal, el juez Ricardo Gallardo Vara, concedió a Emex un amparo contra la resolución dictada el primero de abril por la Secretaría de Gobernación (Segob), mediante la cual se revocó el permiso otorgado en 2005 para operar hasta 50 casinos durante 25 años.

Indica que la sentencia no es definitiva y por el momento no implica que Emex recupera su permiso, ya que Gobernación puede impugnarla ante un tribunal colegiado de circuito, el cual tendrá la última palabra en este caso.

El amparo señala que la Segob  se basó en un mero tecnicismo para revocar el permiso y que su decisión derivó de la operación irregular de un solo casino, en este caso el “Sportzone” ubicado en el municipio de San Juan del Río, Querétaro.

La Dirección General de Juegos y Sorteos (DGJS) consideró que Emex no tenía permiso municipal para operar el establecimiento, ya que la autorización que exhibió solo fue firmada por el Secretario de Finanzas, un funcionario que, en sentido estricto, no forma parte del ayuntamiento.

Esa sola infracción fue calificada por la DGJS como grave y suficiente para revocar el permiso de Emex, pero el juez Gallardo resolvió que el Secretario de Finanzas sí podía otorgar la autorización de funcionamiento del local.

La sentencia señala que “conforme a los artículos 4 y 10 del Reglamento de Espectáculos y Diversiones Públicas en el Municipio de San Juan del Río, Querétaro, para la operación de centros o instalaciones de diversión, se requiere licencia o permiso municipal que deben ser autorizados por el Ayuntamiento, o expedidos por la dependencia encargada de las Finanzas Públicas Municipales”.

Añade que si la anuencia municipal de 4 de octubre de 2011 dirigida a la empresa Entretenimiento de México, S.A. de C.V., está suscrita por el Secretario de Finanzas Municipal, resulta indudable que cuenta con facultades expresamente establecidas en el artículo 4 del Reglamento para emitir la anuencia para la operación de un establecimiento de juegos con apuestas y sorteos.

 

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