¿Por qué no usar la prisión preventiva?

20/08/2014 - 12:03 am

A continuación presento algunos datos que el lector puede utilizar para fijar su criterio en cuanto a la aceptación/rechazo del uso de la prisión preventiva.

-Costo económico:

El costo por preso en detención sin condena anualmente en EE.UU., Australia y la Unión Europea es de 23,000 dólares, 60,000 dólares y 37,000 euros, respectivamente.

En México la prisión preventiva cuesta al estado 15 millones de pesos diarios, lo que equivale a 5,5 billones al año[1].

La prisión preventiva es una carga significativa al estado y por lo tanto a todos los ciudadanos como contribuyentes.

– Salud pública:

a. Entre las personas que están en prisión preventiva existe una mayor tasa de suicidio; tienen10 veces más riesgo de suicidarse que las personas en libertad y 3 veces más que los internos que ya tienen condena.

b. Existe un riesgo alto de contagio de enfermedades como el VIH, epidemias y enfermedades infecciosas, entre otras.

-Salud mental:

a. tensiones personales de los imputados a consecuencia de la pérdida trabajo, separación familiar y laboral.

b. ruptura o debilitamiento de lazos familiares y sociales.

Mayor posibilidad de ser condenados:

Existe evidencia empírica que comprueba que las personas sujetas a detención preventiva son más probables de ser declaradas culpables, que aquellas que enfrentan su proceso en libertad, aún y cuando los antecedentes y los hechos delictivos sean muy similares[2].

-Torturas y malos tratos:

La mayor parte de las torturas y de los tratos inhumanos y degradantes del mundo, acontecen en los lugares preventivos de detención [3].

-Ineficacia:

No existe un solo estudio que compruebe la relación existente entre el uso de prisión preventiva con la criminalidad.

Con todo lo anterior no quiero decir que la prisión preventiva deba de ser erradicada, sino que ésta debe ser utilizada como ultima ratio y únicamente en el caso de los delitos más graves y cuando existan pruebas objetivas de que exista riesgo de fuga o de obstaculización del proceso.

Es completamente inaceptable que el Estado Mexicano por su incapacidad de controlar a su población, alegue que en todos los casos existe posibilidad de fuga. Si la mayoría de las personas que se encuentran presas provienen de una clase social desfavorecida, es evidente que no cuentan con recursos para fugarse ni para obstaculizar la investigación.

@criminologiamex


[1] Cavazos Villanueva, Sánchez Bocanegra, y Tomasini-Joshi, Retos de la Reforma Penal: Equilibrando la Presunción de Inocencia y la Seguridad Pública, 12.

[2] Open Society, Justice Initiatives. Pretrial Detention (Open Society Fundations, 2008), 27.

[3] Martin Schonteich, Pretrial detention and torture. Why Pretrial Detainees Face the Greatest Risk, primera (Nueva York: Open Society Fundations, 2011), 17.

Mercedes Llamas
Doctoranda en Gobierno y Administración Pública por el Instituto Universitario Ortega y Gasset de la Universidad Complutense de Madrid, Maestra en Criminología y Política Criminal por el INACIPE y Licenciada en Educación Especial en Infracción e Inadaptación Social por la Escuela Normal de Especialización.
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