México
La Corte Internacional de Justicia (CIJ) acogió este martes una primera audiencia en el caso de la denuncia de México contra Ecuador por el reciente asalto a la Embajada mexicana en Quito para detener al exvicepresidente ecuatoriano Jorge Glas, un suceso por el que la parte mexicana considera que "se cruzaron líneas que no se deben cruzar".

La SRE refuta a Quito

México responde alegatos en la CIJ: “Ecuador se precipitó al invadir” la Embajada

02/05/2024 - 6:42 pm

La Cancillería mexicana compartió que en el contexto de estas audiencias, Ecuador presentó ante la CIJ una solicitud de inicio de procedimientos contra México por supuestas violaciones al otorgar asilo político a Jorge Glas.

Ciudad de México, 2 de mayo (SinEmbargo).- La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) acusó a Ecuador de querer justificar el asalto a la Embajada mexicana en Quito por presuntamente abusar de la figura de asilo político al otorgarlo ilícitamente al exvicepresidente Jorge Glas y utilizar sus locales diplomáticos de manera indebida.

Ante el argumento de las autoridades ecuatorianas sobre la inexistencia de excepción  alguna a la inviolabilidad de la inmunidad de las embajadas en la Corte Internacional de Justicia (CIJ), México refutó sus declaraciones presentadas el pasado 1 de mayo, con las que cuestionó lo manifestado por la delegación mexicana.

“En particular al señalar que México no había recurrido a la negociación para solucionar la controversia suscitada después de la irrupción por parte de sus fuerzas de seguridad. Caracterizó dicha irrupción como un ‘acto excepcional’, reconociendo que existe una obligación de no ingresar a una Embajada sin permiso”, expresó ayer la Cancillería de Ecuador.

Por lo anterior, la SRE compartió que en el contexto de estas audiencias, Ecuador presentó ante la CIJ una solicitud de inicio de procedimientos contra México por supuestas violaciones al otorgar asilo político a Jorge Glas.

No obstante, México rechazó terminantemente tales alegaciones al afirmar que “el asilo político es una figura de protección a personas cuya vida, integridad personal y libertad se encuentran en riesgo. Es también un derecho humano de la persona que lo solicita y un derecho soberano del Estado que lo concede. Pero, sobre todo, es una institución con una clara vocación humanista y pacífica, que no puede considerarse como inamistosa entre Estados”.

Por lo anterior, reiteró que no existe excepción alguna a la inviolabilidad diplomática, y que Ecuador pudo haber intentado resolver un diferendo sobre asilo político pacíficamente y sin recurrir a la violencia; por ejemplo, presentando una demanda ante la Corte Internacional de Justicia de manera previa, y no una vez violentada la inmunidad de la Embajada mexicana para sustraer a una persona asilada.

Ecuador también reviró que México se precipitó a la CIJ después de la irrupción de su Embajada en Quito, pero las autoridades mexicanas insistieron en que fue ese país quien se precipitó al invadir el local diplomático cuando pudo haber recurrido al diálogo diplomático y a medios pacíficos para solucionar cualquier controversia sobre el otorgamiento de asilo político a Jorge Glas.

“México establece que de ninguna manera el alegado agravio invocado por Ecuador respecto al otorgamiento de asilo a una persona que teme por su vida es equiparable al agravio sufrido por México por la reprobable incursión violenta a su embajada y al atentado contra la integridad física y la dignidad de nuestro personal diplomático, en contravención del derecho internacional y de las normas mínimas de convivencia entre las naciones”, sentenció la SRE.

El entonces Vicepresidente de Ecuador, Jorge Glas, habla durante una entrevista en su oficina el 12 de septiembre de 2017 en Quito, Ecuador.
El entonces Vicepresidente de Ecuador, Jorge Glas, habla durante una entrevista en su oficina el 12 de septiembre de 2017 en Quito, Ecuador. Foto: Dolores Ochoa, Archivo, AP

El pasado 30 de abril, la delegación mexicana presentó los alegatos orales, los cuales versaron sobre los siguientes puntos:

– La existencia de jurisdicción para que la Corte pueda dictar las medidas solicitadas.

– La existencia de derechos a favor de México, reconocidos en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, específicamente sobre el derecho de que los locales diplomáticos, así como sus bienes, archivos y documentos, gocen de inviolabilidad y Ecuador garantice su seguridad y protección.

– La urgencia de dictar las medidas, ya que existe un riesgo inminente de un daño irreparable a los derechos de México, toda vez que Ecuador generó un ambiente de desconfianza en toda la región; ha mostrado una continua falta de buena fe para cumplir con sus obligaciones internacionales; y no ha proporcionado a México garantías suficientes de que cumplirá con sus obligaciones internacionales.

Roberto Canseco, Jefe de la Sección Consular mexicana en Quito, ante la puerta de la Embajada de México en Quito, Ecuador, después de que la policía ecuatoriana irrumpiera a la fuerza el viernes 5 de abril de 2024.
Roberto Canseco, Jefe de la Sección Consular mexicana en Quito, ante la puerta de la Embajada de México en Quito, Ecuador, después de que la policía ecuatoriana irrumpiera a la fuerza el viernes 5 de abril de 2024. Foto: Dolores Ochoa, AP

La delegación mexicana estuvo encabezada por el consultor jurídico Alejandro Celorio Alcántara y conformada por más funcionarios, entre ellos personas del Servicio Exterior Mexicano con amplia experiencia en litigios internacionales, incluidos los entablados en contra de la negligencia comercial que facilita el tráfico ilícito de armas a México.

“Se espera que la Corte Internacional de Justicia conduzca sus deliberaciones para decidir, en las próximas semanas, si impone medidas provisionales obligando a Ecuador a tomar las disposiciones necesarias para proteger a la Embajada de México, sus propiedades y sus archivos”, informó la SRE.

ECUADOR DEFIENDE ASALTO A EMBAJADA EN LA CIJ

Ecuador defendió ayer 1 de mayo su asalto a la Embajada mexicana en Quito del mes pasado y dijo a los jueces en una importante Corte de Naciones Unidas que actuó para detener a un “delincuente común”, en referencia a un exvicepresidente de Ecuador que estaba refugiado en la sede diplomática.

La declaración de los abogados de Ecuador formaba parte de la instrucción de un caso iniciado por México en la CIJ que acusa a Quito de incumplir de forma flagrante los tratados internacionales al asaltar la Embajada para detener al exvicepresidente Jorge Glas.

La policía ecuatoriana irrumpe en la Embajada de México en Quito, Ecuador, el viernes 5 de abril de 2024.
La policía ecuatoriana irrumpe en la Embajada de México en Quito, Ecuador, el viernes 5 de abril de 2024. Foto: David Bustillos, AP

La operación del 5 de abril, ocurrida horas después de que México concediera asilo a Glas, avivó las tensiones que se habían ido acumulando entre los dos países desde que el exvicepresidente, que fue condenado por los tribunales y estaba prófugo, se refugió en la delegación diplomática en diciembre.

Líderes de toda América Latina condenaron la operación como una flagrante violación de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas.

en Sinembargo al Aire

Opinión

Opinión en video

más leídas

más leídas