La Secretaría de Hacienda deberá devolver a la televisora los impuestos correspondientes a los años 1998, 1999, 2003 y 2004.
Ciudad de México, 2 de marzo (SinEmbargo).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó este lunes un recurso de revisión promovido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por lo que estará obligado a devolverle a Televisa más de 100 millones de pesos.
Durante una sesión celebrada hoy, el Pleno de la Corte aprobó con seis votos a favor y tres en contra el proyecto presentado por el Ministro Irving Espinosa Betanzo, con el cual se mantiene la sentencia emitida por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) que ordena a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) devolver a la televisora los impuestos correspondientes a los años 1998, 1999, 2003 y 2004.
Según lo establecido en el proyecto aprobado por las ministras y ministros, la Secretaría de Hacienda no puede promover recursos de revisión sobre asuntos que no involucran cuestiones de constitucionalidad o derechos humanos.
Hoy la #SCJN fijó jurisprudencia para precisar en qué casos proceden intereses en devoluciones fiscales y confirmó la constitucionalidad de las multas por incumplir con la presentación oportuna de declaraciones fiscales electrónicas.
Además, resolvió otros asuntos relevantes.… pic.twitter.com/0ppNygKisL— Suprema Corte (@SCJN) March 2, 2026
Corte determina que el SAT debe devolver millones a Televisa
En un comunicado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación informó que durante la sesión de este lunes el Pleno fijó la jurisprudencia en relación con el pago de intereses en devoluciones de pagos indebidos en créditos fiscales.
De acuerdo con el criterio establecido por las ministras y los ministros "en términos del párrafo tercero del artículo 22-A del Código Fiscal de la Federación (CFF), no procede el pago de intereses cuando las personas contribuyentes obtienen una sentencia que declara nulo un crédito fiscal previamente pagado sin que la misma ordene de manera expresa y directa la devolución por pago de lo indebido".
El Pleno de la SCJN consideró que "tanto la devolución como los intereses tienen diversa naturaleza, pues mientras la devolución de las cantidades con su respectiva actualización tiene un carácter restitutorio, toda vez que la persona contribuyente recibe su dinero a valor actual, en cambio, los intereses son indemnizatorios y sancionatorios, dado que surgen de un incumplimiento o actuar negligente que, cuando se vincula con una sentencia de nulidad debe relacionarse con un pronunciamiento condenatorio".
SCJN desecha recurso de revisión del SAT contra el pago de más de 103 mdp a Televisa
La mayoría del Pleno coincidió en que SHCP no cuenta con legitimidad para combatir un amparo otorgado a Grupo Televisa. El SAT tendrá que pagarle $103,073,347 adicionales a los $288,671,887 que… pic.twitter.com/jdDMezEUgp
— Lenia Batres (@LeniaBatres) March 2, 2026
Lenia Batres vota contra devolución de impuestos
A través de su cuenta de X, antes Twitter, la Ministra Lenia Batres dio a conocer que la Suprema Corte desechó el recurso de revisión presentado por el SAT, al considerar que la Secretaría de Hacienda no cuenta con legitimidad para combatir el amparo otorgado a Grupo Televisa.
Por lo anterior, la SHCP deberá pagar a la televisora un monto de 103 millones 073 mil 347 pesos, adicionales a los 288 millones 671 mil 887 pesos que le fueron pagados previamente por concepto de devolución derivados del pago indebido de impuestos con intereses y actualizaciones.
La Ministra Batres recalcó que ella votó en contra del proyecto, ya que considera que el SAT sí está legitimado para actuar en defensa del erario.



