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Gibrán Martiz y sus dos amigos fueron desaparecidos por SSP y Fiscalía de Veracruz: CNDH

12/06/2015 - 8:33 pm
La Fiscalía y la SSP actuaron en complicidad en "la detención arbitraria y la desaparición forzada" del cantante Gibrán Martiz, y dos de sus amigos. Foto: Blog.Expediente.
La Fiscalía y la SSP actuaron en complicidad en “la detención arbitraria y la desaparición forzada” del cantante Gibrán Martiz, y dos de sus amigos. Foto: Blog.Expediente.

Por Ignacio Carvajal, especial para SinEmbargo

Coatzacoalcos,Veracruz 12 de junio (SinEmbargo/Blog.Expediente).– La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) determinó que personal de la Fiscalía de Veracruz, que encabeza Luis Ángel Bravo Contreras, y de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), cuyo titular es Arturo Bermúdez Zurita, actuaron en complicidad en “la detención arbitraria y la desaparición forzada” del cantante Gibrán Martiz, y dos de sus amigos.

El joven resultó asegurado por oficiales de la SSP que viajaban en la patrulla 20-1778 (placas 00-7191), el siete de enero de 2014, en la capital del estado, cuando se encontraba en una camioneta con vidrios polarizados y en la cual encontraron un arma de fuego.

En todo momento los oficiales rechazaron haber detenido a Gibrán y a sus amigos; pero conforme los cargos crecían, y al ser presentados ante el Ministerio Público, reconocieron la detención y acotaron haberlos dejado en libertad sin sanción de por medio.

Los gendarmes, siete en total, quedaron detenidos; pero el juez Florencio Hernández Espinoza, adscrito a Pacho Viejo, determinó que era suficiente que cada uno pagara 5 mil pesos de fianza, pues el delito no era grave: incumplimiento de un deber legal, abuso de autoridad y coacción.

Sin embargo, a poco más de un año de que Gibrán Martiz y su amigo menor de edad fueron encontrados sin vida, en un paraje de Puente Nacional -José Eduardo de la Cruz permanece desaparecido-, después de un presunto enfrentamiento entre policías y maleantes, salen a la luz detalles investigados por la CNDH que dejan como incompetentes y dolosos a los colaboradores de Bravo Contreras, sobre todo en el área de Periciales.

Una de las revelaciones más fuertes la hizo el propio padre del cantante, Efraín Martíz, al contactar al proveedor de telefonía celular del móvil de su hijo y buscar la geolocalización de su última posición.

La investigación fue un tanto “doméstica” pues se valió del ingenio y herramientas al alcance de cualquiera: la aplicación de mapas de Google; aunque el hallazgo terminó siendo escalofriante: el teléfono había estado activo desde el día 8 al 14 de enero y las coordenadas arrojadas por las aplicaciones daban las de la academia policial de El Lencero, ubicada sobre la autopista Veracruz-Xalapa.

Los siete oficiales implicados son: Felipe de Jesús López Domínguez, Uriel Pérez, Manuel Ortiz Alarcón, José Luis Pérez Vela, Iván Cortés Espíritu, Mauricio Rodríguez Santiago y Abel Bruno Martínez.

Los siete asentaron en su declaración ante el Ministerio Público que sí habían detenido a los chicos; pero que tras un severo regaño por haberles encontrado dos pistolas, en una unidad polarizada, los dejaron libres en la calle Ferrocarril Interoceánico.

En la investigación de la CNDH se detalla que al revisar las cámaras de video de la zona señalada por los oficiales, “no se contaron con elementos técnicos objetivos” que confirmaran la versión. En las cámaras aparecieron las unidades oficiales; pero se fueron de largo; en ningún momento bajan a los detenidos, como declararon ante el MP.

La otra irregularidad es que si los habían detenido la policía debía ponerlos a disposición del Ministerio Público y tampoco pasó, de allí que “este Organismo Nacional cuenta con elementos que permiten evidenciar la detención arbitraria y la desaparición forzada” de Gibrán Martiz y sus amigos consumada por los elementos de la patrulla 20-1778″.

El Fiscal de Veracruz Luis Ángel Bravo Contreras junto al Gobernador Javier Duarte de Ochoa. 25 de febrero de 2014. Foto: Cuartoscuro.
El Fiscal de Veracruz Luis Ángel Bravo Contreras junto al Gobernador Javier Duarte de Ochoa. 25 de febrero de 2014. Foto: Cuartoscuro.

En el documento también se expone que no hay registros de algún castigo o sanción administrativa contra los presuntos culpables por sus malos procedimientos:

“Al momento de la elaboración de la presente recomendación, no se tiene conocimiento de que la investigación administrativa número uno y el Cuadernillo Administrativo número uno, se encuentren concluidos; además que no se tienen constancias de que se hubiera iniciado investigación alguna en contra de AR1, AR2, AR3, AR4, AR5, AR6 y AR7 (clave asignada a los oficiales para proteger su identidad) por la desaparición de las víctimas ni de que se hubiera iniciado un procedimiento administrativo en contra de los servidores públicos encargados de las diversas indagatorias por su inadecuada integración”.

El día que fueron dejados en libertad, la familia de Gibrán Martiz declaró a la prensa que sus fianzas habían sido pagadas de inmediato por personeros de la SSP. Hasta el día de hoy, no se ha informado oficialmente si esos policías fueron reinstalados en sus puestos.

Una de las acciones inmediatas demandas por la CNDH es volverlos a llamar a declarar por el asunto del teléfono celular en Lencero y llegar a la verdad de cómo dos de las víctimas terminaron en Puente Nacional, asesinados presuntamente a manos de sicarios que asimismo habrían sido abatidos por la policía veracruzana.

Y este detalle ha sido relegado -determinó la CNDH- por la Fiscalía veracruzana, que en esos días era encabezada por Amadeo Espinoza Flores.

En la queja, la CNDH consigna el mal proceder tanto del Ministerio Público como de los peritos que participaron en el levantamiento y autopsia a los restos de Gibrán Martiz, pues sus indagatorias fueron tan superficiales, que no han logrado establecer la conexión entre la detención arbitraria efectuada por la policía y el evento en la localidad de La Ternera, Puente Nacional, el 19 de enero, donde aparecen los cadáveres del ex integrante de la Voz México y su amigo.

“Las indagatorias relacionadas con el presente caso han sido insuficientes y no reflejan la existencia de un marco mínimo necesario en materia de acceso a la justicia y atención a víctimas”, aún cuando la CNDH “cuenta con elementos que permiten evidenciar la detención arbitraria y la desaparición forzada” de los tres chicos.

Desde que se colocó la denuncia por parte del padre de Gibrán Martiz, el Ministerio Público asignado actuó de forma lenta. No mandó oficios para analizar las cámaras de la zona, tampoco para cuestionar a fondo sobre el aseguramiento de los celulares, menos, la localización. Fue tan indolente, que avisó tardíamente a sus superiores cuando se necesitaba el máximo apoyo para dar con las víctimas.

El MP “retrasó sus actuaciones indebidamente” y hubo diligencias efectuadas siete días después de la denuncia, dejando pasar tiempo vital para encontrarles con vida. Ello hubiera marcado la diferencia -remarcó la CNDH- entre la vida y la muerte de esos chicos.

Los nombres de los policías involucrados, por ejemplo, los obtuvieron cinco días después de presentada la denuncia.

Entre los pendientes recordados por la CNDH a la Fiscalía, destaca requerir al director de la Academia El Lencero, Alejandro López Ferrer, para que hable sobre la presencia del celular de Gibrán Martiz en esas instalaciones. También volver a llamar a declarar a los policías que, según las versiones, ya se dieron a la fuga.

Se anexa que los tres peritos de la Fiscalía que elaboraron la necropsia “omitieron describir minuciosamente las lesiones, así como el trayecto de los proyectiles” en las víctimas.

Del estudio del caso, los especialistas de la CNDH determinaron que Martiz y su amigo, menor de edad fueron ejecutados. Así lo estableció el estudio de la trayectoria de la bala y la relación entre víctima y atacante.

En la recomendación, se determina que al momento de la desaparición y muerte de las víctimas, en el Código Penal del Estado de Veracruz no estaba tipificado el delito de “desaparición forzada”. Pero se hace énfasis que el mismo fue agregado, por medio del artículo 318 Bis, el 18 de junio por una reforma al Código.

Y como una de las víctimas permanece sin ser localizada, el delito no puede ser enviado a la reserva, pues tiene un carácter de “permanente continuo”.

“Resulta necesario que la actual Fiscalía General del Estado de Veracruz, instruya una investigación eficaz y eficiente, para esclarecer y determinar la verdad sobre lo ocurrido con V1, V2 y V3 (nombres claves asignados las víctimas), partiendo del momento en que se denunció su desaparición, concluyéndola hasta ubicar y localizar a V3, para que esa investigación constituya un recurso cierto para asegurar el derecho al acceso a la justicia, la cual deberá cumplirse realmente con los principios constitucionales, y no como una simple formalidad que propicie la impunidad”.

Gibrán Martiz, padre de Gibrán, alega que desde el arranque de la denuncia, y la tramitación de diversos amparos, la Fiscalía “nunca hizo nada, no hizo cruce de oficios ni nada por el estilo. Me di cuenta de que había colusión entre la Fiscalía, la SSP y los mismos investigadores. Nadie quiso tomar la responsabilidad ni hacer las diligencias”.

Concluye que si bien la investigación fue iniciada por Amadeo Flores como procurador, con el actual Fiscal, Luis Ángel Bravo Contreras, tampoco había buenas señales de que el caso avanzada hasta las últimas consecuencias.

“Yo soy el ejemplo de un padre común al que le mataron un hijo, y no iba a permitir que eso quede impune. Y si me tengo que tardar diez o doce años, o el tiempo que se pueda hacerlo, hasta comprobarlo, hasta tener justicia, lo voy a hacer” concluyó.

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