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AMLO alista informe

El decreto para crear Fondo de Pensiones podría ser firmado el 1 de mayo: Presidente

29/04/2024 - 11:38 am

El Presidente adelantó que el próximo 1 de mayo se presentará un informe con el recuento de las acciones que ha tenido su Gobierno en la política salarial y laboral.

Ciudad de México, 29 de abril (SinEmbargo).– El Presidente Andrés Manuel López Obrador anunció esta mañana que firmará el decreto del Fondo de Pensiones para el Bienestar el próximo 1 de mayo, fecha en que se conmemora el Día Internacional del Trabajo.

Desde Palacio Nacional, señaló que a la ceremonia oficial asistirán dirigentes sindicales, y adelantó que se presentará un informe con el recuento de las acciones que ha tenido su Gobierno en la política salarial y laboral.

“Es muy probable que el 1 de mayo firme ya la Ley de las Pensiones para el Bienestar, para que se publique en el Diario Oficial de la Federación”, informó el mandatario mexicano.

“Vamos a tener una reunión con los dirigentes de sindicatos. Lo hicimos el año pasado, lo vamos a hacer ahora, se les está invitando. Vamos a hacer también un informe, un recuento, de todo lo que hemos hecho en materia de política salarial, política laboral, prestaciones, todo lo que se ha hecho en beneficio de los trabajadores”, anunció.

“Es muy probable que ese día [1 de mayo] firme ya la Ley de las Pensiones para que se publique, la Ley de las Pensiones para el Bienestar, que es un avance, porque ya los trabajadores van a poder jubilarse, hasta los que tienen ingresos de 17 mil pesos mensuales ahora con el 100 por ciento”, agregó López Obrador.

 

Asimismo, criticó la reducción de la pensión que hubo en el Gobierno de Ernesto Zedillo Ponce de León con la modificación de la Constitución, y aseguró que con el Fondo de Pensiones para el Bienestar se logrará darle el 100 por ciento de la pensión a las y los trabajadores.

“No sucedía porque de manera de manera irresponsable, inhumana, injusta, tanto el Gobierno de [Ernesto] Zedillo como el Gobierno de [Felipe] Calderón modificaron la Constitución para que el trabajador al jubilarse no recibiera todo su sueldo, sino sólo un porcentaje. Eso es lo que estamos corrigiendo, eso es lo que estamos reparando, por eso ese fondo compensatorio para que se jubilen con el 60 por ciento, se le pueda aportar 40 por ciento adicional y tenga el 100 por ciento”, señaló el Jefe del Ejecutivo federal.

¿DE QUÉ TRATA LA REFORMA? 

El Gobierno federal, a través de los titulares de las secretarías de Gobernación, del Trabajo, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), aclararon que la iniciativa para crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar y transferir a éste los ahorros para el retiro y vivienda no reclamados por los trabajadores mayores de 70 años no es una expropiación y explicaron a detalle cómo funciona actualmente el Sistema de Pensiones en México.

Los recursos que financiarán este Fondo saldrían de cinco fuentes, una de ellas de los ahorros para el retiro y la vivienda del IMSS de trabajadores de 70 años de edad o más que no han sido reclamados. Se aclara que sólo serían tomados los fondos de cuentas que ya no están activas.

En el caso de los trabajadores que hayan cotizado en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), la edad a la que se transferirían sus recursos sin reclamar es a los 75 años de edad.

El Fondo de Pensiones será un fideicomiso público en el que el Banco de México (Banxico) actuará como fiduciario y será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), además contará con un comité técnico que deberá emitir las reglas sobre la recepción, administración, inversión, reservas, rendimientos y reversión de los recursos.

Es falso que la iniciativa pretenda confiscar los ahorros de los trabajadores mexicanos, pues aunque los recursos de estas cuentas inactivas que no fueron reclamados se transferirían al Fondo de Pensiones para el Bienestar, seguirán generando intereses y los beneficiarios podrán reclamar la devolución de los recursos en cualquier momento.

La creación de este fondo tampoco implica la eliminación de las Afores (administradoras de fondos para el retiro), ya que éstas seguirán administrando el ahorro de los trabajadores.

En el caso de los trabajadores que cotizan ante el IMSS, garantiza que quienes ganan hasta el salario promedio del Instituto se jubilen con el 100 por ciento mediante un complemento solidario. Es decir, si un trabajador gana 10 mil pesos, se podrá jubilar con la misma cantidad, la cual saldrá de su pensión (seis mil pesos) y del complemento solidario (cuatro mil pesos).

¿CÓMO SE FINANCIARÁ EL FONDO DE PENSIONES PARA EL BIENESTAR?

Marath Bolaños López, Secretario del Trabajo y Previsión Social, explicó la manera en cómo se busca financiar ese fondo, que entre otras fuentes, contempla los recursos de las afores no reclamadas e inactivas.

Los recursos para este Fondo de Pensiones para el Bienestar saldrán de cinco partes:

1. Una parte saldrá del 75 por ciento de los ingresos de los bienes incautados por el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP).

2. Otra parte saldrá de la liquidación de Financiera Rural.

3. Otra parte saldrá del 25 por ciento de las utilidades del Tren Maya, del Tren del Itsmo de Tehuantepec, de Mexicana de Aviación, entre otras empresas operadas por la Secretaría de Marina y la Sedena.

4. De los adeudos de entres públicos al SAT e ISSSTE.

5. Una última parte saldrá de los ahorros para el retiro y vivienda no reclamados por los trabajadores a las Afores, que es lo que ha generado muchas duda porque algunos dicen que se van a expropiar los recursos de los trabajadores, que les van a robar su dinero, cosa que es totalmente falsa.

 

¿QUIÉN ADMINISTRARÁ EL FONDO DE PENSIONES PARA EL BIENESTAR?

El Fondo de Pensiones será un fideicomiso público en el que el Banco de México actuará como fiduciario, y será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Este Fondo contará con un comité técnico que deberá emitir las reglas sobre la recepción, administración, inversión, reservas, rendimientos y reversión de los recursos.

Los recursos del Fondo de Pensiones para el Bienestar no podrán ser usados para el equilibrio presupuestario, es decir, para financiar un déficit público, y tampoco pueden emplearse para gastos que no estén relacionados con las pensiones.

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