Sheinbaum vulneró proceso de Revocación de Mandato con difusión de propaganda: TEPJF

18/11/2022 - 1:48 am

La Sala Superior del TEPJF argumentó que la Jefa de Gobierno difundió la realización de un proyecto del Bosque de Chapultepec durante el periodo prohibido a causa de la Revocación de Mandato al Presidente Andrés Manuel López Obrador.

Ciudad de México, 18 de noviembre (SinEmbargo).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México (CdMx), incumplió las reglas del proceso de Revocación de Mandato luego de anunciar en una conferencia de prensa un proyecto a realizarse en el Bosque de Chapultepec.

La Sala Especializada del TEPJF argumentó que la difusión de dicho proyecto durante la conferencia de prensa matutina del 10 de marzo tuvo el propósito de “resaltar logros de Gobierno durante un periodo prohibido por la Constitución”.

Esta difusión tuvo una repercusión al acreditar que diversas concesionarias de medios de comunicación se encargaron de difundir la presentación del proyecto en el Bosque de Chapultepec, por lo que ellos también fueron responsables de vulnerar las reglas del procedimiento de Revocación de Mandato.

Como consecuencia de ello, el TEPJF ordenó dar vista al Congreso de la CdMx para determinar lo que corresponda respecto de la responsabilidad de Sheinbaum y las concesionarias, imponiendo así una multa de 30 UMAs (Unidades de Medida y Actualización), los cuales equivalen a dos mil 887 pesos.

En otro asunto, la Sala Especializado declaró inexistente el incumplimiento a reglas de difusión de informe de labores y difusión de propaganda gubernamental con elementos de promoción personalizada por el Presidente Andrés Manuel López Obrador y otros servidores públicos.

Esa resolución se dio porque el Tribunal consideró que, de los promocionales denunciados, se advirtió que el Presidente López Obrador desempeñó un papel secundario, ya que el mensaje contenido en dichos materiales buscan transmitir las tareas desempeñadas en su cargo, esto por motivo del Cuarto Informe de Gobierno.

Es por ello que la Sala Superior consideró que esto “constituye un ejercicio auténtico, genuino y veraz de comunicación” sobre el Informe.

También señaló que no existen elementos para determinar que, de lo anterior, también hubiera uso indebido de recursos públicos.

Finalmente, de acuerdo al expediente SUP-REP-620/2022, el TEPJF declaró la inexistencia de actos de violencia política e institucional, esto luego del señalamiento por parte de legisladores de Moreno a diputados de oposición de traición a la patria.

“No existe prueba alguna que demuestre que [los diputados de oposición] incurrieron en actos u omisiones que hayan tenido como fin demeritar la imagen o las capacidades de las personas legisladoras, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de sus derechos políticos o el acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia”, explicó el Tribunal.

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